El Real Decreto 527/1992, de 22 de mayo, extiende el coeficiente de caja a las Entidades oficiales de crédito. Para hacer efectiva su aplicación, y en uso de las facultades que le otorgan la Ley 26/1983, de 26 de diciembre, y disposiciones que la desarrollan, el Banco de España dispone:
Norma primera . Las normas de la Circular número 2/1990, de 27 de febrero, quedan modificadas según se indica a continuación:
Norma primera. Se añade el siguiente inciso:
<h) Entidades oficiales de crédito (''Banco de Crédito Agrícola, Sociedad Anónima'', ''Banco Hipotecario de España, Sociedad Anónima'', y ''Banco de Crédito Local de España, Sociedad Anónima'')>.
Norma cuarta. El primer inciso del apartado 1 queda redactado como sigue:
<1. Sin perjuicio de lo dispuesto en los siguientes apartados de esta norma, en Bancos, Cajas de Ahorro, Entidades oficiales de crédito y cooperativas de crédito los recursos de terceros computables se corresponden con los siguientes epígrafes, rúbricas o conceptos del Balance reservado de negocios en España, columna de total:>
En las cabeceras del cuadro incluido en dicho apartado se añade <Entidades oficiales de crédito> a su primera columna.
Norma sexta. El título del apartado 1 se modifica como sigue:
<1. Bancos, Cajas de Ahorro y Entidades oficiales de crédito.> Norma séptima. El título de la letra a) del apartado 1 queda redactado como sigue:
<a) Bancos, Cajas de Ahorros y Entidades oficiales de crédito.>
Norma segunda. 1. Las Entidades oficiales de crédito aplicarán transitoriamente el coeficiente en la forma y plazos establecidos en el Real Decreto 527/1992, de 22 de mayo. Los pasivos de los días 27 a 31 de mayo, y los activos de los días 29 de mayo a 2 de junio se sumarán a los de la primera decena de cómputo del coeficiente de junio, a efectos de su cumplimiento. A la declaración de esa decena adjuntarán la relación de pasivos computables de 31 de diciembre de 1991.
2. La presente Circular entrará en vigor el día de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Madrid, 26 de mayo de 1992. El Gobernador, Mariano Rubio Jiménez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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