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Documento BOE-A-1991-7958

Corrección de errores de la Orden de 27 de febrero de 1991 sobre aplicación de las tarifas por servicios generales y específicos en los puertos dependientes de la Administración del Estado.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 1991, páginas 9873 a 9873 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1991-7958
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1991/02/27/(4)/corrigendum/19910402

TEXTO ORIGINAL

En el texto de esta Orden que ha sido publicada en el número 55 del «Boletín Oficial del Estado», correspondiente al día 5 de marzo de 1991, se han advertido los errores que se exponen a continuación junto con sus rectificaciones:

En la quinta línea, contada a partir del pie de página, de la segunda columna de la página 7409, donde dice: «condicioens», debe decir: «condiciones».

En la página 7410, en la regla sexta de la tarifa «G-2. Atraque», donde dice: «Las cantidades adecuadas serán exigibles...», debe decir: «Las cantidades adeudadas serán exigibles...».

En las mismas página y tarifa, en la regla décima, donde dice: «... plazo para abonar el atraque...», debe decir: «... plazo para abandonar el atraque...».

En la página 7411, en el penúltimo párrafo de la regla cuarta de la tarifa «G-3. Mercancías y pasajeros», donde dice: «... de las modadlidades.,», debe decir: «.. de las modalidades..».

En la misma página, en el penúltimo párrafo de la regla décima, donde dice: «... un mismo conocimiento del embarque», debe decir: «... un mismo conocimiento de embarque».

En la primera columna de la página 7412, en la sexta línea del segundo párrafo de la regla decimoctava. donde dice: «... en el que se incluyan los contenedores...», debe decir: «... en el que se incluyen los contenedores..».

En la segunda columna de la misma página, al final de la regla vigésima primera, donde dice: «... la autoriadad portuaria», debe decir: «... la autoridad portuaria».

En la primera columna de la página 7413, en la regla undécima, donde dice: «La tarifa aplicable a los productos de la pesca serán dobles de las señaladas...», debe decir: «La tarifa aplicable a los productos de la pesca será doble de las señaladas...».

En el antepenúltimo párrafo de esta misma columna, donde figura: «... la disponibilidad de espacios...», debe figurar: «.. la disponibilidad de espacio.».

En la segunda columna de esta página, en la regla cuarta, donde se dice: «Las cantidades adecuadas serán..», debe decir: «Las cantidades adeudadas serán...».

En la segunda columna de la página 7414. en la regla undécima, el párrafo que comienza por «Salvo en el caso..». debe estar unido a lo que le precede y comenzar, sin margen alguno a su izquierda, con «salvo en el caso...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 02/04/1991
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orden de 17 de marzo de 1992 (Ref. BOE-A-1992-8300).
  • Fecha de derogación: 15/04/1992
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 27 de febrero de 1991 (Ref. BOE-A-1991-6084).
Materias
  • Precios
  • Puertos
  • Tarifas

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