Advertidos errores en el texto de la Orden de 27 de diciembre de 1990, sobre delegación de atribuciones en el Ministerio de Trabajo Seguridad Social, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 313, de 29 de diciembre, se transcribe a continuación las oportunas reclamaciones:
En el artículo 2.°, apartado b), donde dice: «Cooperativas y Sociedades laborales», debe decir: «Cooperativas y Sociedades Laborales».
En el artículo 3.°, apartado a), párrafo primero, donde dice: «Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social», debe decir: «Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social».
En el mismo artículo, apartado a), número 1, donde dice: «Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social», debe decir: «Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social».
En el mismo artículo, apartado a), número 2, donde dice: «así como la autorización de aplazamientos extraordinarios con excepción de garantía», debe decir: «así como la autorización de aplazamientos extraordinarios con exención de garantía».
En el mismo artículo, apartado b), donde dice: «Las competencias que el ordenamiento jurídico atribuya ...», debe decir: «Las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye ...».
En el artículo 5.°, número 2, apartado a), donde dice: «Tesorería Territorial», debe decir: «Dirección Provincial».
En el mismo artículo, número 2, apartado b), donde dice: «Entidades gestoras y Servicios comúnes de la Seguridad Social», debe decir: «Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social».
En el artículo 6.°, apanado b), donde dice: «Cooperativas y Sociedades laborales», debe decir: «Cooperativas y Sociedades Laborales».
En el artículo 8.°, apartado b), donde dice: «servicios centrales», debe decir: «Servicios Centrales».
En el artículo 10, apartado b), donde dice: «servicios centrales», debe decir: «Servicios Centrales».
En el artículo 11, apartado b), donde dice: «La autorización de gastos», debe decir: «La aprobación de gastos».
En el artículo 12, número 5, donde dice: «los Directores pronvinciales», debe decir «los Directores Provinciales».
En el artículo 13, apartado b), donde dice: «Autorización de gastos», debe decir: «Aprobación de gastos».
En el artículo 15, número 2, donde dice: «Subdirección General para la Negociación Colectiva y Condiciones de Trabajo», debe decir: «Subdirección General para la Negociación Colectiva y Condiciones de Trabajo».
En el mismo artículo, número 3, apartado e), dende dice: «la autorización», debe decir: «La autorización».
En el artículo 19, donde dice: «en vía de recursos», debe decir: «en vía de recurso».
En el artículo 21, número 1, letra a), donde dice: «cualesquiera contrato», debe decir: «cualesquiera contratos», y donde dice «esta facultad para celebrar contratos llevará implícita», debe decir: «esta facultad para celebrar contratos llevará implícitas».
En el mismo artículo, número 3, apartado c), donde dice: «de acuerdo con lo previsto por la disposición adicional quinta de la Orden de 4 de abril de 1989 (Boletín Oficial del Estado de 7), debe decir: «de acuerdo con le previsto en la disposición adicional quinta de la Orden de 4 de abril de 1989 («Boletín Oficial del Estado» del 7) y del Real Decreto 1618/1990, de 14 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 19), por el que se regula el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional».
En el mismo artículo, número 4, apartado a), donde dice: «Esta facultad para celebrar contratos lleva implícita», debe decir: «Esta facultad para celebrar contratos lleva implícitas».
En el mismo artículo, número 4, apartado b), donde dice: «donaciones de biens inmuebles», debe decir: «donaciones de bienes inmuebles».
En el artículo 24, número 2, apartado b), donde dice: «Tesoreros Territoriales», debe decir: «Directores Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social».
Disposición derogatoria, donde dice: «25 de marzo de 1987, 27 de julio de 1988 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de abril y 28 de julio de 1988, respectivamente)», debe decir: «25 de marzo de 1987 («Boletín Oficial del Estado» del 3 de abril), 28 de julio de 1988 («Boletín Oficial del Estado» del 28 de julio)».
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