RESULTANDO QUE EL CONSEJO DE UNIVERSIDADES, A PROPUESTA DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA Y POR ACUERDO DE LA COMISION ACADEMICA DE 19 DE SEPTIEMBRE DE 1991, HA RESUELTO HOMOLOGAR, CON CARACTER PROVISIONAL, LA MODIFICACION DEL PLAN DE ESTUDIOS DE SEGUNDO CICLO DE LA ESCUELA TECNICA SUPERIOR DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA (RESOLUCION DE 15 DE NOVIEMBRE DE 1988, <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 21 DE DICIEMBRE), EN CUANTO A LAS NORMAS DE ACCESO AL MISMO, EN EL SENTIDO DE QUE PUEDAN ACCEDER, ADEMAS DE QUIENES ACTUALMENTE PUEDAN HACERLO, LOS INGENIEROS TECNICOS EN QUIMICA INDUSTRIAL QUE SUPEREN LOS CREDITOS DE FORMACION QUE SE ESTABLECEN EN EL PLAN DE ESTUDIOS VIGENTE, HASTA TANTO NO SEAN APROBADAS LAS DIRECTRICES ESPECIFICAS DEL TITULO DE INGENIERO INDUSTRIAL;
CONSIDERANDO QUE ES COMPETENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA ORDENAR LA PUBLICACION DE LOS PLANES DE ESTUDIOS HOMOLOGADOS Y SUS MODIFICACIONES EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
VISTOS LOS ESTATUTOS DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA, APROBADOS POR EL REAL DECRETO 1282/1985, DE 19 DE JUNIO, Y COMPLETADOS POR REAL DECRETO 275/1986, DE 10 DE ENERO, ASI COMO EL REAL DECRETO 1497/1987, DE 27 DE NOVIEMBRE, SOBRE DIRECTRICES GENERALES COMUNES DE LOS PLANES DE ESTUDIOS DE LOS TITULOS DE CARACTER OFICIAL Y VALIDOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL,
ESTE RECTORADO ACUERDA ORDENAR LA PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE LA MODIFICACION PROVISIONAL DEL PLAN DE ESTUDIOS DE SEGUNDO CICLO DE LA ESCUELA TECNICA SUPERIOR DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA, CONSISTENTE EN REDACTAR EL EPIGRAFE A) DE LAS NORMAS DE ACCESO EN EL SENTIDO SIGUIENTE: <A) LOS TITULADOS POR UNA ESCUELA DE INGENIERIA TECNICA INDUSTRIAL EN LA ESPECIALIDAD ''MECANICA'', ''ELECTRICIDAD'' O ''QUIMICA INDUSTRIAL'' Y QUE SUPEREN LOS CREDITOS DE FORMACION QUE SE RECOGEN EN EL ANEXO I>.
MURCIA, 25 DE SEPTIEMBRE DE 1991. EL RECTOR, JUAN ROCA GUILLAMON.
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