ACUERDO
EN VIRTUD DE LOS MARGINALES 2010 Y 10602 DEL ADR RELATIVO AL TRANSPORTE DE MATERIAS DE LA CLASE 3
I. EN DEROGACION DE LAS PRESCRIPCIONES CONTENIDAS EN EL ADR Y EN PARTICULAR EN EL MARGINAL 2301 A), LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES SERAN DE APLICACION AL TRANSPORTE DE CIERTAS MATERIAS DE LA CLASE 3.
A) LAS MATERIAS INCLUIDAS EN 1. A 6. , 21 A 26 Y 31 A 34 NO ESTARAN SOMETIDAS A LAS PRESCRIPCIONES DE LOS ANEXOS A Y B DEL ADR SI SON TRANSPORTADAS EN LAS CONDICIONES SIGUIENTES:
1. LAS MATERIAS CLASIFICADAS EN LA LETRA B) DE CADA CIFRA, CON EXCLUSION DEL 5. B), HASTA TRES LITROS POR ENVASE Y HASTA DOCE LITROS POR BULTO.
2. LAS MATERIAS CLASIFICADAS EN 5. B), HASTA CINCO LITROS POR ENVASE Y HASTA VEINTE LITROS POR BULTO.
3. LAS MATERIAS CLASIFICADAS EN LA LETRA C) DE CADA CIFRA, HASTA CINCO LITROS POR ENVASE Y HASTA CUARENTA Y CINCO LITROS POR BULTO.
ESTAS CANTIDADES DE MATERIA DEBERAN TRANSPORTARSE EN ENVASES COMBINADOS QUE CUMPLIRAN COMO MINIMO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL MARGINAL 3538.
LAS <CONDICIONES GENERALES DE LOS ENVASES Y EMBALAJES> DEL MARGINAL 3500 1) Y 2), ASI COMO 5) A 7), DEBERAN SER RESPETADAS.
B) LAS MATERIAS INCLUIDAS EN 5. B) Y C) PODRAN TRANSPORTARSE IGUALMENTE EN ENVASES METALICOS O DE PLASTICO, EN CANTIDAD QUE NO SOBREPASE LOS CINCO LITROS POR ENVASE, ESTANDO SOMETIDOS UNICAMENTE A LAS PRESCRIPCIONES DEL MARGINAL 3500 1), 2) Y 5) A 7), SI ESTOS ENVASES VAN SUJETOS EN PALETAS, MEDIANTE ABRAZADERAS, FUNDAS RETRACTILES O EXTENSIBLES, O POR CUALQUIER OTRO METODO ADECUADO.
EN ESTE CASO, ADEMAS DE LAS INDICACIONES, QUE PRESCRIBE EL ADR, EL EXPEDIDOR DEBERA CONSIGNAR EN LA CARTA DE PORTE LA INDICACION SIGUIENTE: <TRANSPORTE ACORDADO SEGUN LOS MARGINALES 2010 Y 10602 DEL ADR>.
2. EL PRESENTE ACUERDO SE APLICARA A LOS TRANSPORTES EFECTUADOS ENTRE LOS PAISES QUE HAYAN FIRMADO ESTE ACUERDO ESPECIFICO. EXPIRARA EN LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DE LAS ENMIENDAS DEL ADR RELATIVAS A LOS MARGINALES 2301 Y 2308.
MADRID, 28 DE FEBRERO DE 1991. LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA EL ADR EN ESPAÑA.
EL PRESENTE ACUERDO FUE SUSCRITO ENTRE ESPAÑA, FRANCIA, LUXEMBURGO, POLONIA Y SUIZA.
LO QUE SE HACE PUBLICO PARA CONOCIMIENTO GENERAL.
MADRID, 17 DE SEPTIEMBRE DE 1991. EL SECRETARIO GENERAL TECNICO, AURELIO PEREZ GIRALDA.
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