DE CONFORMIDAD CON LA HABILITACION CONFERIDA POR EL ARTICULO 38.1 DEL REGLAMENTO DEL CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIALES, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1924/1986, DE 29 DE AGOSTO, PREVIO INFORME DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, HA DISPUESTO:
I. CONVOCATORIA
PRIMERO. EL ACCESO AL CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIALES DE LOS ASPIRANTES A INGRESO EN LA CARRERA JUDICIAL POR LA CATEGORIA DE JUEZ SE REGIRA POR LAS NORMAS CONTENIDAS EN LA PRESENTE ORDEN, A LAS QUE SE AJUSTARAN LAS SUCESIVAS CONVOCATORIAS.
SEGUNDO. LA OPOSICION SERA CONVOCADA POR EL MINISTRO DE JUSTICIA CUANDO EL NUMERO DE VACANTES EXISTENTES O PREVISIBLES ASI LO ACONSEJE.
LA CONVOCATORIA PODRA INCLUIR UN NUMERO ADICIONAL DE PLAZAS, CON EL FIN DE ASEGURAR LA ATENCION DE LAS VACANTES QUE SE PRODUZCAN HASTA LA CONVOCATORIA SIGUIENTE.
EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL COMUNICARA AL MINISTERIO DE JUSTICIA EL NUMERO DE VACANTES EXISTENTES Y PREVISIBLES A LOS EFECTOS DE DICHA CONVOCATORIA.
TERCERO.
SIMULTANEAMENTE CON LA OPOSICION LIBRE SE CONVOCARA UN CONCURSO DE MERITOS ENTRE JURISTAS DE RECONOCIDA COMPETENCIA QUE CUENTEN CON SEIS AÑOS, AL MENOS, DE EJERCICIO PROFESIONAL, PARA CUBRIR UNA TERCERA PARTE DE LAS PLAZAS CONVOCADAS.
EN PRIMER LUGAR SE CELEBRARA EL CONCURSO DE MERITOS Y A CONTINUACION LAS PRUEBAS DEL TURNO DE OPOSICION. LAS PLAZAS QUE QUEDEN VACANTES EN EL CONCURSO ACRECERAN A LAS CORRESPONDIENTES AL TURNO DE OPOSICION.
II. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
CUARTO. PODRAN TOMAR PARTE EN LA OPOSICION QUIENES, EN LA FECHA EN QUE EXPIRE EL PLAZO SEÑALADO PARA LA PRESENTACION DE SOLICITUDES, CUMPLAN LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
A) SER ESPAÑOL.
B) SER MAYOR DE EDAD.
C) SER LICENCIADO EN DERECHO.
D) NO HALLARSE COMPRENDIDO EN NINGUNA DE LAS CAUSAS DE INCAPACIDAD ESTABLECIDAS EN LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL.
QUINTO. PARA TOMAR PARTE EN EL CONCURSO, ADEMAS DE REUNIR LOS REQUISITOS ANTERIORES, SE DEBERA CONTAR CON SEIS AÑOS, AL MENOS, DE EJERCICIO PROFESIONAL COMO JURISTA.
EL TIEMPO DE EJERCICIO PROFESIONAL SE COMPUTARA PARA LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS DESDE SU NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIOS EN PRACTICAS O DESDE LA TOMA DE POSESION EN SU PRIMER DESTINO; PARA LOS ABOGADOS DESDE LA PRIMERA ALTA, COMO EJERCIENTE EN CUALQUIER COLEGIO.
LOS CONCURSANTES QUE EJERZAN LA ABOGACIA ACREDITARAN EL TIEMPO DE EJERCICIO MEDIANTE CERTIFICACION DEL COLEGIO DE ABOGADOS CORRESPONDIENTE O, EN SU CASO, DEL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACIA, EN LA QUE SE CONSIGNARAN, SI PROCEDE, LAS INCIDENCIAS DE CARACTER DISCIPLINARIO QUE HAYAN AFECTADO AL INTERESADO DURANTE SU TRAYECTORIA PROFESIONAL.
SEXTO. LAS SOLICITUDES PARA TOMAR PARTE EN EL CONCURSO DE MERITOS O EN LA OPOSICION SE PRESENTARAN EN EL MINISTERIO DE JUSTICIA, DIRECTAMENTE EN EL REGISTRO GENERAL O POR LOS MEDIOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 66 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, DENTRO DE LOS VEINTE DIAS NATURALES SIGUIENTES A LA PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
LOS IMPRESOS OFICIALES DE INSTANCIAS SE FACILITARAN GRATUITAMENTE EN LOS SERVICIOS CENTRALES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, EN LAS GERENCIAS DEL DEPARTAMENTO Y EN LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA Y AUDIENCIAS PROVINCIALES.
SEPTIMO. LOS DERECHOS DE EXAMEN SERAN LOS QUE SE ESTABLEZCAN EN CADA CONVOCATORIA.
SOLO PROCEDERA LA DEVOLUCION DE LAS CANTIDADES ABONADAS POR TAL CONCEPTO A AQUELLOS SOLICITANTES QUE NO FUERAN ADMITIDOS A LA OPOSICION POR INCUMPLIR ALGUNO DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN LA CONVOCATORIA.
OCTAVO. 1. CONCLUIDO EL PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES, LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA APROBARA LAS LISTAS DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.
EN LA RESOLUCION, QUE DEBERA PUBLICARSE EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>, SE INDICARAN LA RELACION DE ASPIRANTES EXCLUIDOS, CON EXPRESION DE LAS CAUSAS DE EXCLUSION, Y LOS LUGARES EN QUE SE ENCUENTRAN EXPUESTAS AL PUBLICO LAS LISTAS DE ASPIRANTES ADMITIDOS Y EXCLUIDOS. ESTOS ULTIMOS DISPONDRAN DE UN PLAZO DE DIEZ DIAS HABILES, CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE PUBLICACION DE LA RESOLUCION, PARA SUBSANAR LOS DEFECTOS ADVERTIDOS.
2. LAS LISTAS DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS DEBERAN EXPONERSE, EN TODO CASO, EN LAS DEPENDENCIAS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y EN LOS TABLONES DE ANUNCIOS DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA Y DE LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES.
III.
CONCURSO DE MERITOS
NOVENO. A LAS SOLICITUDES DE PARTICIPACION EN EL CONCURSO DE MERITOS SE ACOMPAÑARA LA SIGUIENTE DOCUMENTACION:
A) MANIFESTACION EXPRESA DE QUE REUNEN LOS REQUISITOS EXIGIDOS, CON REFERENCIA A LA FECHA EN QUE EXPIRE EL PLAZO ESTABLECIDO PARA LA PRESENTACION DE SOLICITUDES, Y DEL COMPROMISO DE PRESTAR EL JURAMENTO O PROMESA PREVISTOS EN EL ARTICULO 318 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL, Y A OBSERVAR EL REGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES FIJADO EN LOS ARTICULOS 389 Y SIGUIENTES DE DICHA LEY.
B) RELACION DE MERITOS ALEGADOS, CLASIFICADOS DE ACUERDO CON EL BAREMO QUE FIGURA EN EL PUNTO DECIMO, Y DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE LOS MISMOS. DECIMO. 1. LA EVALUACION DE LOS MERITOS ALEGADOS POR LOS CANDIDATOS SE EFECTUARA CON ARREGLO AL BAREMO SIGUIENTE:
A) TITULOS Y GRADOS ACADEMICOS: HASTA 12 PUNTOS.
A ESTOS EFECTOS SE PONDERARAN LAS SIGUIENTES CIRCUNSTANCIAS:
1. DOCTORADO EN DERECHO Y CALIFICACION OBTENIDA: HASTA CINCO PUNTOS.
2. EXPEDIENTE ACADEMICO EN LA CARRERA DE DERECHO: HASTA SEIS PUNTOS.
3. OTROS TITULOS O GRADOS ACADEMICOS OBTENIDOS EN RELACION CON DISCIPLINAS JURIDICAS: HASTA UN PUNTO.
B) AÑOS DE SERVICIO, EN RELACION CON DISCIPLINAS JURIDICAS, COMO FUNCIONARIOS DE CARRERA (EN EL CUERPO DE ORIGEN O EN EL QUE DESEMPEÑASEN EN CUALQUIERA DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS), INTERINOS O CONTRATADOS EN CUERPOS, ESCALAS O PUESTOS DE TRABAJO A LOS QUE SE HUBIERA ACCEDIDO POR ESTAR EN POSESION DEL TITULO DE LICENCIADO EN DERECHO: UN PUNTO POR CADA AÑO DE SERVICIO, SIENDO COMPUTABLE UN MAXIMO DE 12 PUNTOS.
LA EVALUACION DE QUIENES HUBIERAN PRESTADO SERVICIO COMO MAGISTRADO SUPLENTE, JUEZ O FISCAL DE PROVISION TEMPORAL O SUSTITUTOS SE PONDERARA EN FUNCION DE LAS ACTUACIONES EFECTIVAMENTE ACREDITADAS MEDIANTE LAS CERTIFICACIONES CORRESPONDIENTES, HASTA UN MAXIMO DE 12 PUNTOS. A TAL EFECTO, EL TRIBUNAL PODRA RECABAR INFORMES DEL PRESIDENTE Y DEL FISCAL JEFE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL QUE DEPENDAN LOS ORGANOS DONDE AQUELLOS HUBIERAN PRESTADO SERVICIO COMO SUSTITUTOS.
C) REALIZACION DE CURSOS DE ESPECIALIZACION JURIDICA: HASTA SEIS PUNTOS.
SE VALORARAN UNICAMENTE LOS REALIZADOS EN CENTROS O INSTITUCIONES NACIONALES, EXTRANJEROS O INTERNACIONALES RECONOCIDOS OFICIALMENTE, SIENDO DE VALORACION PRIORITARIA, DE ACUERDO CON SU CONTENIDO Y DURACION, LOS IMPARTIDOS EN EL CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIALES U OTROS ANALOGOS CREADOS EN LAS COMUNIDADES AUTONOMAS.
D) PRESENTACION DE PONENCIAS, COMUNICACIONES, MEMORIAS O TRABAJOS SIMILARES EN CURSOS Y CONGRESOS DE INTERES JURIDICO: HASTA SEIS PUNTOS.
SE VALORARAN UNICAMENTE LOS PRESENTADOS EN CENTROS O INSTITUCIONES NACIONALES, EXTRANJEROS O INTERNACIONALES RECONOCIDOS OFICIALMENTE.
E) PUBLICACIONES CIENTIFICO-JURIDICAS: HASTA 10 PUNTOS.
SE VALORARAN TANTO LAS PUBLICACIONES SOBRE TEMAS ESTRICTAMENTE JURIDICOS COMO SOBRE CIENCIAS POLITICAS, SOCIALES, HISTORICAS Y FILOSOFICAS, SIEMPRE QUE TENGAN PROYECCION EN EL AMBITO DEL DERECHO.
SE INCLUIRAN EN ESTE APARTADO LAS CONFERENCIAS O INTERVENCIONES PUBLICAS NO INCLUIBLES EN EL APARTADO D), SIEMPRE QUE SE PRESENTE UNA COPIA POR ESCRITO Y SE ACREDITE SU CELEBRACION.
F) NUMERO Y NATURALEZA DE LOS ASUNTOS QUE HUBIERA DIRIGIDO ANTE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES, DICTAMENES EMITIDOS, ASESORAMIENTO Y SERVICIOS JURIDICOS PRESTADOS EN EL EJERCICIO DE LA ABOGACIA: HASTA 12 PUNTOS.
2. LOS ASPIRANTES QUE SUPEREN LA PUNTUACION MINIMA FIJADA POR EL TRIBUNAL SERAN CONVOCADOS POR ESTE PARA MANTENER UNA ENTREVISTA, DE UNA DURACION MAXIMA DE UNA HORA, CON OBJETO DE VALORAR ADECUADAMENTE LOS MERITOS ALEGADOS Y, EN FUNCION DE LOS MISMOS, SU APTITUD PARA ACCEDER A LA CARRERA JUDICIAL.
UNDECIMO.
FINALIZADA LA CALIFICACION DE LOS ASPIRANTES Y REALIZADAS, EN SU CASO, LAS ENTREVISTAS PREVISTAS EN EL APARTADO 2 DEL PUNTO ANTERIOR, EL TRIBUNAL APROBARA LA RELACION DE AQUELLOS QUE HAYAN SUPERADO EL CONCURSO DE MERITOS. DICHA RELACION SE ORDENARA EN FUNCION DE LA PUNTUACION FINAL OBTENIDA.
EN NINGUN CASO LA PROPUESTA DEL TRIBUNAL PODRA SUPERAR EL NUMERO TOTAL DE PLAZAS RESERVADAS AL CONCURSO.
DUODECIMO. LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA PUBLICARA EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> LA RELACION DE LOS ASPIRANTES QUE HAYAN SUPERADO EL CONCURSO. ESTOS DISPONDRAN DE UN PLAZO DE VEINTE DIAS NATURALES PARA APORTAR LOS DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LAS CONDICIONES DE CAPACIDAD Y DEMAS REQUISITOS EXIGIDOS EN LA CONVOCATORIA.
QUIENES DENTRO DEL PLAZO INDICADO, SALVO CASOS DE FUERZA MAYOR, NO PRESENTARAN TAL DOCUMENTACION, QUEDARAN EXCLUIDOS DE LA RELACION DEFINITIVA.
DECIMOTERCERO. CUMPLIDOS LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA NORMA ANTERIOR, LOS CANDIDATOS INGRESARAN EN EL CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIALES, COMO FUNCIONARIOS EN PRACTICAS, PARA REALIZAR UN CURSO TEORICO-PRACTICO DE SELECCION, CON SUJECION AL CONTENIDO Y DURACION QUE SE DETERMINEN EN EL PLAN DE ACTIVIDADES DEL CENTRO.
LOS CANDIDATOS QUE NO SUPEREN EL CURSO EN EL CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIALES PODRAN REPETIRLO EN EL INMEDIATO SIGUIENTE, Y SI TAMPOCO OBTUVIEREN RESULTADO SATISFACTORIO QUEDARAN DEFINITIVAMENTE EXCLUIDOS Y DECAIDOS EN LAS ESPECTATIVAS DE INGRESO EN LA CARRERA JUDICIAL DERIVADAS DE LAS PRUEBAS DE ACCESO QUE HUBIESEN APROBADO.
LA RELACION DE CANDIDATOS QUE NO SUPEREN EL CURSO SERA COMUNICADA A LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA POR EL CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIALES.
FINALIZADO EL CURSO, SE CONFECCIONARA POR EL CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIALES LA RELACION DE CANDIDATOS QUE LO HAYAN SUPERADO Y, ORDENADA CONFORME LA MEDIA OBTENIDA EN EL CONCURSO Y EN EL CURSO DE SELECCION, SERA ELEVADA AL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL PARA QUE DISPONGA LOS NOMBRAMIENTOS DE INGRESO A LA CARRERA JUDICIAL POR LA CATEGORIA DE JUEZ.
IV. EJERCICIOS DE LA OPOSICION
DECIMOCUARTO. LA OPOSICION CONSTA DE TRES EJERCICIOS, DE CARACTER ELIMINATORIO, LOS DOS PRIMEROS TEORICOS Y EL TERCERO PRACTICO. LOS EJERCICIOS TEORICOS SE DESARROLLARAN SOBRE LOS TEMAS INDICADOS EN EL PROGRAMA QUE COMO ANEXO SE PUBLICA CON LA PRESENTE ORDEN.
1. PRIMER EJERCICIO. CONSISTE EN DESARROLLAR POR ESCRITO, SIN LIBROS DE CONSULTA NI TEXTOS LEGALES, UN TEMA ESPECIFICO EXTRAIDO A LA SUERTE DE CADA UNA DE LAS SIGUIENTES MATERIAS DEL PROGRAMA:
TEORIA GENERAL DEL DERECHO.
DERECHO CONSTITUCIONAL.
DERECHO MERCANTIL.
Y DOS TEMAS ESPECIFICOS DEL PROGRAMA DE DERECHO CIVIL.
LOS OPOSITORES DISPONDRAN DE SEIS HORAS PARA LA REALIZACION DE ESTE EJERCICIO.
2. SEGUNDO EJERCICIO. CONSISTE EN DESARROLLAR POR ESCRITO, SIN LIBROS DE CONSULTA NI TEXTOS LEGALES, UN TEMA ESPECIFICO EXTRAIDO A LA SUERTE DE CADA UNA DE LAS SIGUIENTES MATERIAS DEL PROGRAMA:
DERECHO PENAL.
DERECHO ADMINISTRATIVO.
DERECHO LABORAL.
Y DOS TEMAS DE DERECHO PROCESAL, CORRESPONDIENTES UNO A LOS PRIMEROS 40 Y EL OTRO A LOS RESTANTES DEL PROGRAMA DE DICHA MATERIA.
LOS OPOSITORES DISPONDRAN DE SEIS HORAS PARA LA REALIZACION DE ESTE EJERCICIO.
3. TERCER EJERCICIO. CONSISTE EN LA EMISION POR ESCRITO DE DOS DICTAMENES, ELABORADOS SOBRE CASOS CONCRETOS PREVIAMENTE FORMULADOS POR EL TRIBUNAL, CORRESPONDIENTES A LAS SIGUIENTES MATERIAS:
DERECHO CIVIL Y DERECHO MERCANTIL.
DERECHO PENAL.
LA FORMULACION DE LOS CASOS PRACTICOS SE HARA POR EL TRIBUNAL, DE MANERA QUE PARA SU RESOLUCION LOS OPOSITORES HAYAN DE ACREDITAR TAMBIEN SUS CONOCIMIENTOS EN MATERIA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y DERECHO PROCESAL.
PARA LA REALIZACION DE ESTE EJERCICIO SE DISPONDRA DE UN TIEMPO MAXIMO DE DOS HORAS PARA CADA CASO Y PODRAN UTILIZARSE TEXTOS LEGALES, SIN COMENTARIOS NI JURISPRUDENCIA.
DECIMOQUINTO. EN CADA CONVOCATORIA, EL ORDEN DE ACTUACION DE LOS OPOSITORES SE DETERMINARA CONFORME A LO PREVISTO EN EL ARTICULO 16 DEL REAL DECRETO 2223/1984, DE 19 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 21).
V. TRIBUNAL DE SELECCION
DECIMOSEXTO. EL TRIBUNAL CALIFICADOR DE LAS OPOSICIONES Y DEL CONCURSO DE MERITOS SERA NOMBRADO POR EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, EN EL PLAZO MAXIMO DE UN MES CONTADO A PARTIR DE LA PUBLICACION DE LAS LISTAS DEFINITIVAS DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS, CON SUJECION A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 304 Y 305 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL, Y TENDRA LA PRIMERA CATEGORIA DE LAS PREVISTAS EN EL ANEXO IV DEL REAL DECRETO 236/1988, DE 4 DE MARZO, SOBRE INDEMNIZACIONES POR RAZON DEL SERVICIO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 19).
DECIMOSEPTIMO. EL TRIBUNAL NO PODRA ACTUAR SIN LA PRESENCIA, AL MENOS, DE CINCO DE SUS MIEMBROS.
DECIMOCTAVO.
1. DENTRO DE LOS DIEZ DIAS SIGUIENTES A LA PUBLICACION DE SU NOMBRAMIENTO, EL TRIBUNAL, A INSTANCIA DE SU PRESIDENTE, PROCEDERA A SU CONSTITUCION.
2. EN DICHA SESION LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL EN LOS QUE CONCURRA ALGUNA CAUSA DE ABSTENCION DEBERAN MANIFESTARLO EXPRESAMENTE, PROCEDIENDO EL PRESIDENTE A COMUNICAR TAL CIRCUNSTANCIA AL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, CON EL FIN DE PROCEDER A SU SUSTITUCION.
POR LOS MISMOS MOTIVOS PODRAN LOS OPOSITORES PROMOVER LA RECUSACION DE LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL.
DECIMONOVENO. LAS DECISIONES DEL TRIBUNAL SE ADOPTARAN POR MAYORIA DE VOTOS, SIENDO DE CALIDAD, EN CASO DE EMPATE EL DEL PRESIDENTE. EL TRIBUNAL RESOLVERA CUANTAS INCIDENCIAS SE PLANTEEN EN EL DESARROLLO DE LA OPOSICION, QUE NO ESTEN ESPECIALMENTE PREVISTAS EN ESTA ORDEN O EN LA CONVOCATORIA.
LAS SESIONES SE DOCUMENTARAN POR EL SECRETARIO, QUE LEVANTARA ACTA DE LAS MISMAS, SUSCRIBIENDOLAS CON EL VISTO BUENO DEL PRESIDENTE.
VIGESIMO.
LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA PRESTARA AL TRIBUNAL EL SOPORTE ADMINISTRATIVO PRECISO, MEDIANTE LA PROGRAMACION, CONTRATACION Y PREVISION DE LOS MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCION.
VIGESIMO PRIMERO.
REALIZADOS LOS DOS PRIMEROS EJERCICIOS, SI EL ELEVADO NUMERO DE OPOSITORES QUE LOS HAYAN EFECTUADO ASI LO CONSEJA, PODRAN NOMBRARSE MAS TRIBUNALES, DISTRIBUYENDOSE EN ESE CASO LOS OPOSITORES Y EL NUMERO DE PLAZAS CONVOCADAS ENTRE LOS MISMOS. NO SIENDO POSIBLE LA DISTRIBUCION EXACTA, SE COMENZARA POR EL TRIBUNAL NUMERO 1, HASTA DONDE LLEGUE EL RESTO NO DIVISIBLE.
A FIN DE CONSEGUIR LA NECESARIA COORDINACION ENTRE LOS TRIBUNALES CALIFICADORES, TODOS ELLOS ACTUARAN CONJUNTAMENTE BAJO LA DIRECCION DEL NUMERO 1, QUE RESOLVERA CUANTAS CONSULTAS, INTERPRETACIONES O CRITERIOS DE VALORACION Y DE UNIFICACION PUEDAN PLANTEARSE POR LOS RESTANTES TRIBUNALES. NO OBSTANTE, ESTOS FUNCIONARAN CON AUTONOMIA EN CUANTO A LA SELECCION DE LOS ASPIRANTES.
VI. DESARROLLO DE LA OPOSICION
VIGESIMO SEGUNDO. LOS TRES EJERCICIOS DE QUE CONSTA LA OPOSICION SE REALIZARAN EN LOS MISMOS DIAS PARA TODOS LOS OPOSITORES, CELEBRANDOSE UN UNICO SORTEO PARA LOS TEMAS TEORICOS Y CONFECCIONANDOSE LOS MISMOS SUPUESTOS PRACTICOS PARA TODOS ELLOS.
VIGESIMO TERCERO. SE EFECTUARA UN SOLO LLAMAMIENTO PARA CADA EJERCICIO Y PARA LAS SESIONES DE LECTURA, QUEDANDO DECAIDOS EN SU DERECHO LOS OPOSITORES QUE NO COMPAREZCAN A REALIZARLO, A MENOS QUE CON ANTERIORIDAD A DICHO ACTO JUSTIFIQUEN LA CAUSA DE LA INCOMPARECENCIA, QUE SERA LIBREMENTE APRECIADA POR EL TRIBUNAL, EN CUYO SUPUESTO SERA OBJETO DE UNA NUEVA CONVOCATORIA.
VIGESIMO CUARTO. LOS TRES EJERCICIOS SE REALIZARAN A PUERTA CERRADA Y LAS SESIONES DE LECTURA EN AUDIENCIA PUBLICA, SI BIEN, PARA EL ADECUADO DESARROLLO DE SU FUNCION, EL TRIBUNAL PODRA DISPONER DEL PERSONAL NECESARIO QUE LE ASISTA EN LAS LABORES DE VIGILANCIA Y ORDEN.
VIGESIMO QUINTO. LA LECTURA DE LOS EJERCICIOS SE EFECTUARA POR SU AUTOR.
EXCEPCIONALMENTE, SI A JUICIO DEL TRIBUNAL CONCURRE UNA CAUSA QUE ASI LO JUSTIFIQUE, PODRA ACORDARSE QUE SEAN LEIDOS POR UN TERCERO O POR UN MIEMBRO DEL TRIBUNAL.
VIGESIMO SEXTO. LA CELEBRACION DE LOS DOS PRIMEROS EJERCICIOS TENDRA LUGAR DE FORMA SUCESIVA, NO PUDIENDOSE CONVOCAR A LOS OPOSITORES PARA SU LECTURA HASTA QUE AQUELLOS NO SE HAYAN REALIZADO. ENTRE LA CELEBRACION DEL PRIMER Y DEL SEGUNDO EJERCICIO NO PODRAN TRANSCURRIR MAS DE CUATRO SEMANAS.
VIGESIMO SEPTIMO. LA FECHA, HORA Y LUGAR DE REALIZACION DE LOS DOS PRIMEROS EJERCICIOS ESCRITOS SE ANUNCIARA CON, AL MENOS, VEINTE DIAS DE ANTELACION A LA CELEBRACION DEL PRIMERO. ESTE DEBERA TENER LUGAR, EN TODO CASO, DENTRO DE SEIS MESES SIGUIENTES A LA PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA.
VIGESIMO OCTAVO. CUANDO EL ELEVADO NUMERO DE PLAZAS A CONVOCAR ASI LO ACONSEJE, LOS DOS PRIMEROS EJERCICIOS PODRAN REALIZARSE DESCENTRALIZADAMENTE EN LA SEDE DE TODOS O ALGUNOS DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA.
EN TAL CASO, EL TRIBUNAL PRESIDIRA LOS EJERCICIOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID; EN EL RESTO DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS LO HARA, POR DELEGACION DEL TRIBUNAL, EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA O EL MAGISTRADO QUE ESTE DESIGNE. LAS GERENCIAS TERRITORIALES DEL DEPARTAMENTO PRESTARAN EL SOPORTE ADMINISTRATIVO PRECISO Y LA PROVISION DE LOS MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES NECESARIOS.
EL TRIBUNAL COMUNICARA POR EL MEDIO MAS IDONEO EL RESULTADO DEL SORTEO DE LOS TEMAS Y ARBITRARA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA QUE LOS EJERCICIOS SE CELEBREN SIMULTANEAMENTE EN TODAS LAS SEDES.
VIGESIMO NOVENO. LAS SESIONES DE LECTURA TENDRAN LUGAR, EN TODO CASO, EN MADRID. LA FECHA, HORA Y LUGAR DE SU COMIENZO SE ANUNCIARAN EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
LOS RESTANTES ANUNCIOS Y CONVOCATORIAS DEL TRIBUNAL SE EXPONDRAN EN EL LOCAL EN DONDE SE CELEBREN LAS SESIONES DE LECTURA.
TRIGESIMO. DESDE LA FINALIZACION DEL SEGUNDO EJERCICIO HASTA EL COMIENZO DE LAS SESIONES DE LECTURA DEBERA TRANSCURRIR UN PLAZO MINIMO DE SETENTA Y DOS HORAS Y UN MAXIMO DE TREINTA DIAS.
TRIGESIMO PRIMERO. FINALIZADA LA LECTURA DE LOS DOS PRIMEROS EJERCICIOS POR LOS OPOSITORES, SE CONVOCARA A QUIENES LOS HUBIEREN APROBADO PARA LA REALIZACION DEL TERCER EJERCICIO.
TRIGESIMO SEGUNDO. LOS EJERCICIOS SE LEERAN EN DOS SESIONES. EN LA PRIMERA, SE LEERAN POR SU ORDEN EL PRIMER Y SEGUNDO EJERCICIO, QUE SERAN OBJETO DE CALIFICACION INDEPENDIENTE. EN LA SEGUNDA, SE LEERA Y CALIFICARA EL EJERCICIO PRACTICO.
CUANDO A JUICIO DEL TRIBUNAL, EN EL TRANSCURSO DE LA LECTURA DE CUALQUIERA DE LOS EJERCICIOS, SE APRECIARA UNA MANIFIESTA DEFICIENCIA EN LA EXPOSICION SE PONDRA EN CONOCIMIENTO DEL OPOSITOR, INVITANDOLE A RETIRARSE.
TRIGESIMO TERCERO. FINALIZADA LA LECTURA DE LOS DOS PRIMEROS EJERCICIOS, EL TRIBUNAL PODRA MANTENER UNA ENTREVISTA CON EL OPOSITOR, DE UNA DURACION MAXIMA DE QUINCE MINUTOS, CON EL FIN DE ACLARAR LOS EXTREMOS QUE INTERESEN SOBRE EL CONTENIDO DE AQUELLOS.
TRIGESIMO CUARTO. AL TERMINAR LA LECTURA DE LOS EJERCICIOS EN CADA SESION, EL TRIBUNAL DECIDIRA POR MAYORIA DE VOTOS EMITIDOS ABIERTAMENTE, SIENDO DE CALIDAD EL DEL PRESIDENTE, LA APROBACION O DESAPROBACION DE CADA OPOSITOR EXAMINADO.
EN EL TABLON DE ANUNCIOS SE HARA PUBLICO DIARIAMENTE EL RESULTADO OBTENIDO POR LOS OPOSITORES ACTUANTES, SIN INCLUIR EN LA RELACION LOS QUE RESULTAREN DESAPROBADOS.
NO PODRA ENTRARSE EN LA DELIBERACION SOBRE LOS EJERCICIOS DE AQUELLOS OPOSITORES QUE HUBIEREN DEJADO DE CONTESTAR EN ABSOLUTO ALGUNO DE LOS TEMAS O DE LOS CASOS PRACTICOS.
EL NUMERO DE PUNTOS QUE PODRA CONCEDER CADA MIEMBRO DEL TRIBUNAL A LOS OPOSITORES SERA DE UNO A CINCO POR CADA TEMA O DICTAMEN. LAS PUNTUACIONES SERAN SUMADAS, EXCLUYENDO LA MAS ALTA Y LA MAS BAJA, DIVIDIENDOSE EL TOTAL QUE RESULTE POR EL NUMERO DE MIEMBROS DEL TRIBUNAL ASISTENTES CUYA CALIFICACION SE HUBIERA COMPUTADO, Y LA CIFRA DEL COCIENTE CONSTITUIRA LA CALIFICACION DE CADA EJERCICIO.
LA SUMA DE LAS CALIFICACIONES OBTENIDAS EN CADA UNO DE LOS TRES EJERCICIOS CONSTITUIRA LA PUNTUACION GLOBAL OBTENIDA POR CADA OPOSITOR.
TRIGESIMO QUINTO. TERMINADA LA OPOSICION Y PARA EL CASO DE QUE EXISTAN DIVERSOS TRIBUNALES, ESTOS REMITIRAN AL TRIBUNAL NUMERO 1, LOS EXPEDIENTES ORIGINALES DE LAS PRUEBAS Y LA LISTA DE LOS OPOSITORES APROBADOS POR ORDEN DE PUNTUACION, CON INDICACION DE LA MISMA, SIN QUE EL NUMERO DE AQUELLOS PUEDA SUPERAR EL NUMERO DE PLAZAS ADJUDICADAS A CADA TRIBUNAL.
PROCEDERA ENTONCES EL TRIBUAL NUMERO 1 A LA CONFECCION DE LA LISTA GENERAL DE LOS APROBADOS DE LA SIGUIENTE FORMA:
SE COLOCARAN EN PRIMER LUGAR LOS OPOSITORES NUMEROS 1 DE CADA TRIBUNAL, ORDENADOS SEGUN LA PUNTUACION OBTENIDA; LOS EMPATES SE DECIDIRAN A FAVOR DEL OPOSITOR DE MAS EDAD; A CONTINUACION SE COLOCARAN LOS OPOSITORES SITUADOS EN SEGUNDO LUGAR EN LAS LISTAS DE CADA TRIBUNAL, ORDENADOS POR EL MISMO CRITERIO ANTERIOR, Y ASI SUCESIVAMENTE HASTA LA FORMACION COMPLETA DE LA LISTA.
PARA AJUSTAR LAS PUNTUACIONES A LOS PUESTOS OBTENIDOS, CORRIGIENDO ASI LAS DIFERENCIAS DE CRITERIO EN EL CASO DE QUE LA LISTA ORDENADA DE LA FORMA DICHA NO COINCIDA CON EL ORDEN DE PUNTUACION OBTENIDA, SE ADECUARAN LAS PUNTUACIONES, OTORGANDO AL OPOSITOR SITUADO EN PRIMER LUGAR LA MISMA PUNTUACION QUE LA OBTENIDA POR EL INMEDIATO INFERIOR.
TRIGESIMO SEXTO. EL TRIBUNAL HARA PUBLICA EN EL CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIALES LA LISTA DEFINITIVA DE LOS OPOSITORES APROBADOS, Y LA REMITIRA A LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, EN UNION DEL EXPEDIENTE COMPLETO DE LA OPOSICION. ESTE COMPRENDERA LAS ACTAS ORIGINALES DE LAS SESIONES Y LA CORRESPONDIENTE DOCUMENTACION, UNIENDOSE AL MISMO UN INFORME FINAL VALORATIVO DEL DESARROLLO DE LAS PRUEBAS.
TRIGESIMO SEPTIMO. RECIBIDA LA PROPUESTA SE ORDENARA SU INSERCION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>, REQUIRIENDO A LOS COMPRENDIDOS EN ELLA PARA QUE, DENTRO DEL PLAZO DE VEINTE DIAS NATURALES, PRESENTEN EN EL REGISTRO GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA LOS DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LAS CONDICIONES Y REQUISITOS DE CAPACIDAD ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA.
QUIENES DENTRO DEL PLAZO INDICADO, SALVO CASOS DE FUERZA MAYOR, NO PRESENTARAN TAL DOCUMENTACION QUEDARAN EXCLUIDOS DE LA RELACION DEFINITIVA.
LOS QUE TUVIEREN LA CONDICION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS ESTARAN EXENTOS DE JUSTIFICAR DOCUMENTALMENTE LAS CONDICIONES Y REQUISITOS YA DEMOSTRADOS PARA OBTENER SU ANTERIOR NOMBRAMIENTO, DEBIENDO PRESENTAR CERTIFICACION DEL MINISTERIO U ORGANISMO DEL QUE DEPENDAN, ACREDITATIVA DE SU CONDICION Y CUANTAS CIRCUNSTANCIAS CONSTEN EN SU HOJA DE SERVICIOS.
TRIGESIMO OCTAVO. CUMPLIDOS LOS TRAMITES PREVISTOS EN LA NORMA ANTERIOR, QUIENES HUBIERAN SUPERADO LA FASE DE OPOSICION INGRESARAN EN EL CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIALES COMO FUNCIONARIOS EN PRACTICAS, PARA REALIZAR UN CURSO TEORICO-PRACTICO DE SELECCION, CON SUJECION AL CONTENIDO Y DURACION QUE SE DETERMINEN EN EL PLAN DE ACTIVIDADES DEL CENTRO.
FINALIZADO EL CURSO, SE CONFECCIONARA POR EL CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIALES LA RELACION DE ALUMNOS QUE LO HAYAN SUPERADO Y, ORDENADA CONFORME A LA MEDIA OBTENIDA EN LA OPOSICION Y EN EL CURSO DE SELECCION, SERA ELEVADA AL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL PARA QUE DISPONGA LOS OPORTUNOS NOMBRAMIENTOS DE INGRESO EN LA CARRERA JUDICIAL.
LOS ALUMNOS QUE NO SUPEREN EL CURSO EN EL CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIALES PODRAN REPETIRLO EN EL INMEDIATO SIGUIENTE, Y SI TAMPOCO OBTUVIEREN RESULTADO SATISFACTORIO QUEDARAN DEFINITIVAMENTE EXCLUIDOS Y DECAIDOS EN LAS EXPECTATIVAS DE INGRESO EN LA CARRERA JUDICIAL DERIVADAS DE LAS PRUEBAS DE ACCESO QUE HUBIERAN APROBADO.
TRIGESIMO NOVENO. EN LO NO PREVISTO EN LA PRESENTE ORDEN SE ESTARA A LO DISPUESTO EN LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL Y EN EL REAL DECRETO 2223/1984, DE 19 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO.
CUADRAGESIMO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>, EN CUYO MOMENTO QUEDARAN SIN EFECTO LAS ORDENES DE 28 DE ENERO DE 1987 Y 16 DE JULIO DE 1990.
MADRID, 1 DE AGOSTO DE 1991.
DE LA QUADRA SALCEDO
Y FERNANDEZ DEL CASTILLO
ILMOS. SRES.
DIRECTOR GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA Y DIRECTOR DEL CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIALES.
ANEXO
PROGRAMA PARA LAS OPOSICIONES DE INGRESO AL CENTRO DE ESTUDIOS JUDICIALES Y POSTERIOR ACCESO A LA CARRERA JUDICIAL
I.
TEORIA GENERAL DEL DERECHO
TEMA 1. LAS DISTINTAS CONCEPCIONES ACERCA DEL DERECHO: IUSNATURALISMO, NORMATIVISMO, REALISMO SOCIOLOGICO, REALISMO JUDICIAL. TEORIA MARXISTA DEL DERECHO Y ESTRUCTURALISMO. EL DERECHO Y LA JUSTICIA.
TEMA 2. EL ORDENAMIENTO JURIDICO; CONCEPCIONES NORMATIVISTA E INSTITUCIONALISTA DEL ORDENAMIENTO.
TEMA 3. LA NORMA JURIDICA, SU ESTRUCTURA Y CARACTERES (IMPERATIVIDAD, GENERALIDAD, COERCIBILIDAD).
CLASES DE NORMAS. DERECHO PUBLICO Y DERECHO PRIVADO.
TEMA 4. TEORIA DE LAS FUENTES DEL DERECHO. FUENTES PRIMARIAS Y SECUNDARIAS. ARTICULACION DEL SISTEMA DE FUENTES: PRINCIPIOS DE JERARQUIA Y COMPETENCIA. OTROS PRINCIPIOS.
TEMA 5. LA JURISPRUDENCIA. LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y SU FUERZA VINCULANTE PARA LOS TRIBUNALES.
TEMA 6. LA LEY: CONCEPTO. LAS NORMAS CON RANGO DE LEY. LAS LEYES ORGANICAS. LAS LEYES DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS.
TEMA 7. LOS TRATADOS INTERNACIONALES Y SU VALOR, SEGUN LAS DISTINTAS DOCTRINAS. CRITERIO MANTENIDO POR LA CONSTITUCION ESPAÑOLA.
TEMA 8.
EL DERECHO COMUNITARIO EUROPEO Y SUS FUENTES. EL ORDENAMIENTO COMUNITARIO, LOS PRINCIPIOS DEL EFECTO DIRECTO Y LA PRIMACIA. SU RELACION CON LOS ORDENAMIENTOS INTERNOS.
TEMA 9. APLICACION E INTERPRETACION DE LAS NORMAS JURIDICAS. LA INTEGRACION ANALOGICA. LA EQUIDAD.
TEMA 10. LA RELACION JURIDICA. EL DERECHO SUBJETIVO Y EL DEBER JURIDICO. EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS. BUENA FE, ABUSO DEL DERECHO Y FRAUDE DE LEY.
TEMA 11. LA PERSONA Y SU PROTECCION JURIDICA. LOS DERECHOS DE LA PERSONALIDAD. CAPACIDAD JURIDICA Y CAPACIDAD DE OBRAR. LA RESTRICCION DE LA CAPACIDAD.
TEMA 12. LAS PERSONAS JURIDICAS: CONCEPTO Y TEORIAS EXPLICATIVAS.
CAPACIDAD DE LAS PERSONAS JURIDICAS. REGIMEN LEGAL DE LAS ASOCIACIONES, FUNDACIONES Y CORPORACIONES.
TEMA 13. EL OBJETO DEL DERECHO. LAS COSAS Y SUS CLASES. LOS FRUTOS. EL PATRIMONIO. LOS PATRIMONIOS SEPARADOS.
TEMA 14. HECHO, ACTO Y NEGOCIO JURIDICO. ELEMENTOS ESENCIALES DEL NEGOCIO JURIDICO. SUS CLASES. INEFICACIA, NULIDAD Y ANULABILIDAD.
TEMA 15. REPRESENTACION LEGAL Y REPRESENTACION VOLUNTARIA. LA RATIFICACION. LA AUTOCONTRATACION.
TEMA 16. EL TIEMPO EN EL DERECHO OBJETIVO: AMBITO TEMPORAL DE LAS NORMAS. EL TIEMPO EN RELACION CON LOS DERECHOS SUBJETIVOS Y LAS ACCIONES; PRESCRIPCION Y CADUCIDAD. COMPUTO DEL TIEMPO. EFICACIA ESPACIAL DE LAS NORMAS.
II. DERECHO CONSTITUCIONAL
TEMA 1. EL CONSTITUCIONALISMO. RESUMEN DE LA HISTORIA CONSTITUCIONAL ESPAÑOLA.
TEMA 2. LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. SU GENESIS Y ESTRUCTURA. EL VALOR NORMATIVO DE LA CONSTITUCION.
SU EFICACIA DIRECTA. EL PRINCIPIO DE INTERPRETACION DE LAS NORMAS CONFORME A LA CONSTITUCION.
TEMA 3. LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES. EL ESTADO SOCIAL Y DEMOCRATICO DE DERECHO.
TEMA 4. LA JURISDICCION CONSTITUCIONAL. EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL: ORGANIZACION Y ATRIBUCIONES. LAS PARTES PROCESALES ANTE LA JURISDICCION CONSTITUCIONAL.
TEMA 5. LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES.
TEMA 6. EL RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL. OTROS PROCEDIMIENTOS ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.
TEMA 7. LA CORONA. LAS CORTES GENERALES: COMPOSICION Y FUNCIONAMIENTO.
TEMA 8.
EL GOBIERNO. RELACIONES ENTRE EL GOBIERNO Y LAS CORTES GENERALES.
TEMA 9. LAS COMUNIDADES AUTONOMAS. ORGANIZACION Y COMPETENCIAS. LOS ESTATUTOS DE AUTONOMIA.
TEMA 10. LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y LAS LIBERTADES PUBLICAS EN LA CONSTITUCION. ESTRUCTURA Y VALOR NORMATIVO DEL TITULO PRIMERO.
TEMA 11. SISTEMAS DE PROTECCION Y GARANTIAS DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y LAS LIBERTADES PUBLICAS. LA INTERVENCION DEL DEFENSOR DEL PUEBLO Y DEL MINISTERIO FISCAL. LEGISLACION DE EXTRANJERIA.
TEMA 12. LA PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL MARCO DEL CONSEJO DE EUROPA.
TEMA 13.
EL SISTEMA ELECTORAL. LAS ELECCIONES GENERALES. CONVOCATORIA, PRESENTACION Y PROCLAMACION DE CANDIDATOS. EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL Y LAS RECLAMACIONES ELECTORALES. ORDENACION DE LAS ELECCIONES LOCALES.
TEMA 14. EL PODER JUDICIAL EN EL ESTADO SOCIAL Y DEMOCRATICO DE DERECHO. SU CONCEPCION COMO ORGANIZACION Y SU CONCEPCION COMO FUNCION.
TEMA 15. LA SUMISION DEL JUEZ A LA LEY Y LA INDEPENDENCIA JUDICIAL.
TEMA 16. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES QUE INFORMAN LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES: UNIDAD Y EXCLUSIVIDAD DE LA JURISDICCION. EL PRINCIPIO DE PREDETERMINACION LEGAL DEL JUEZ.
TEMA 17. EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL COMO ORGANO CONSTITUCIONAL.
TEMA 18. EL GOBIERNO INTERNO DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES. REGIMEN JURIDICO Y SISTEMAS DE CONTROL.
TEMA 19. EL DEFENSOR DEL PUEBLO. EL TRIBUNAL DE CUENTAS.
TEMA 20. EL MINISTERIO FISCAL.
TEMA 21. EL DERECHO A LA TUTELA EFECTIVA DE LOS JUECES Y TRIBUNALES.
LA LEGITIMACION PROCESAL.
TEMA 22. EL PRINCIPIO GENERAL DE RESPONSABILIDAD. RESPONSABILIDAD POLITICA POR EL FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA. RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO POR ERROR JUDICIAL O FUNCIONAMIENTO ANORMAL DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA.
TEMA 23. EL PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD DEL JUEZ. INDEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD. LA RESPONSABILIDAD PENAL, CIVIL Y DISCIPLINARIA DE LOS JUECES.
TEMA 24. LAS INSTITUCIONES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. EL CONSEJO DE MINISTROS. LA COMISION.
RELACIONES ENTRE AMBAS INSTITUCIONES. EL PARLAMENTO. EL TRIBUNAL DE JUSTICIA. OTRAS INSTITUCIONES.
III.
DERECHO CIVIL
TEMA 1. EL DERECHO CIVIL.
SU SIGNIFICACION EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO Y EN LA CIENCIA DEL DERECHO.
TEMA 2. LA CODIFICACION. EL CODIGO CIVIL ESPAÑOL: ESTRUCTURA, CONTENIDO Y CRITICA. PRINCIPALES MODIFICACIONES LEGISLATIVAS DEL CODIGO.
TEMA 3. LOS DERECHOS CIVILES, FORALES O ESPECIALES. SU RELACION CON LA CONSTITUCION DE 1978.
TEMA 4. RESIDENCIA Y DOMICILIO. LA AUSENCIA.
TEMA 5.
LA NACIONALIDAD. LA VECINDAD CIVIL.
TEMA 6. EL REGISTRO CIVIL. CONCEPTO.
HECHOS INSCRIBIBLES. ORGANIZACION. COMPETENCIA.
TEMA 7. LOS ASIENTOS REGISTRALES. SU MODIFICACION. LA PUBLICIDAD DEL REGISTRO CIVIL.
TEMA 8. LA OBLIGACION Y SUS ELEMENTOS ESENCIALES. LAS OBLIGACIONES NATURALES.
TEMA 9.
FUENTES DE LAS OBLIGACIONES. LA VOLUNTAD UNILATERAL.
TEMA 10. LA PRESTACION. LAS PRESTACIONES PECUNIARIAS Y SUS PROBLEMAS.
TEMA 11. CLASES DE OBLIGACIONES (1). DIVISIBLES E INDIVISIBLES, FACULTATIVAS Y ALTERNATIVAS, ESPECIFICAS Y GENERICAS.
TEMA 12. CLASES DE OBLIGACIONES (2). MANCOMUNADAS Y SOLIDARIAS, CONDICIONALES Y A PLAZO, OBLIGACIONES CON CLAUSULA PENAL.
TEMA 13. EL PAGO O CUMPLIMIENTO NORMAL DE LAS OBLIGACIONES. LOS SUBROGADOS AL CUMPLIMIENTO.
TEMA 14. EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES. EL INCUMPLIMIENTO IMPUTABLE AL DEUDOR. LA EJECUCION EN FORMA ESPECIFICA Y LA INDEMNIZACION.
TEMA 15. PROTECCION DEL CREDITO. LAS ACCIONES SUBROGATORIA Y REVOCATORIA.
TEMA 16. TRANSMISION DE OBLIGACIONES Y ASUNCION DE DEUDAS. LA CESION DE CREDITOS. EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES.
TEMA 17. EL CONTRATO: SU CONCEPTO Y ELEMENTOS. EL PRINCIPIO DE AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD.
TEMA 18. LOS LIMITES A LA AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD. LOS CONTRATOS DE ADHESION. LAS CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACION. EL CONTROL DE LAS CONDICIONES GENERALES.
TEMA 19. LA INTERPRETACION DE LOS CONTRATOS.
CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS.
TEMA 20. INEFICACIA DE LOS CONTRATOS. LA CONFIRMACION DE LOS CONTRATOS.
TEMA 21. EL CONTRATO DE COMPRAVENTA (1). CONCEPTO, ELEMENTOS Y CONTENIDO.
TEMA 22. EL CONTRATO DE COMPRAVENTA (2).
REFERENCIA A LA VENTA CON PACTO DE RETRO Y AL PACTO DE RESERVA DE DOMINIO.
TEMA 23. LA DONACION. CONCEPTO Y CLASES. TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LAS DONACIONES.
TEMA 24. ARRENDAMIENTOS URBANOS (1). ARRENDAMIENTOS DE FINCAS URBANAS EN EL DERECHO COMUN Y EN LA LEGISLACION ESPECIAL: AMBITO DE APLICACION. DURACION DE LOS CONTRATOS, PRORROGA FORZOSA Y EXCEPCIONES. LA RENTA.
TEMA 25. ARRENDAMIENTOS URBANOS (2). SUBARRIENDO, CESION DE VIVIENDAS Y TRASPASOS DE LOCALES DE NEGOCIO.
CAUSAS DE RESOLUCION.
TEMA 26. LOS ARRENDAMIENTOS RUSTICOS. LA APARCERIA.
TEMA 27. LOS ARRENDAMIENTOS DE SERVICIOS. EL CONTRATO DE OBRA.
TEMA 28. EL CONTRATO DE MANDATO. EL CONTRATO DE SOCIEDAD.
TEMA 29. EL CONTRATO DE PRESTAMO. EL CONTRATO DE FIANZA.
TEMA 30. EL CONTRATO DE DEPOSITO. LA TRANSACCION. LOS CONTRATOS ALEATORIOS.
TEMA 31. LOS CUASI CONTRATOS. EL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA.
TEMA 32. EL HECHO ILICITO COMO FUENTE DE OBLIGACIONES. CONCURRENCIA DE CULPAS. LA RESPONSABILIDAD OBJETIVA.
TEMA 33. LOS DERECHOS REALES: SUS DISTINTAS CONCEPCIONES. REGULACION EN DERECHO ESPAÑOL.
TEMA 34. CONCEPTO DE LA POSESION.
TEORIAS POSESORIAS Y REGULACION LEGAL. EXAMEN E INTERPRETACION DEL ARTICULO 464 DEL CODIGO CIVIL.
TEMA 35. EL DERECHO DE PROPIEDAD:
CONCEPTO, CONTENIDO Y PROTECCION. LA FUNCION SOCIAL DE LA PROPIEDAD.
TEMA 36.
LIMITACIONES DEL DERECHO DE PROPIEDAD. CONTENIDO, SEGUN LA LEGISLACION URBANISTICA. TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LA PROPIEDAD.
TEMA 37. SISTEMAS DE ADQUISICION DE DOMINIO. ANALISIS DE LA TEORIA DEL TITULO Y EL MODO. LA ACCESION.
TEMA 38. LA USUCAPION COMO EFECTO DE LA POSESION Y COMO MODO DE ADQUIRIR EL DOMINIO.
TEMA 39. LA COMUNIDAD DE BIENES Y DERECHOS. LA COPROPIEDAD.
TEMA 40. LA COPROPIEDAD. LA PROPIEDAD HORIZONTAL. PROPIEDADES ESPECIALES: REFERENCIA A LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
TEMA 41. EL USUFRUCTO. LAS SERVIDUMBRES. LOS CENSOS. SU SIGNIFICADO EN LOS DERECHOS CIVILES, FORALES O ESPECIALES.
TEMA 42. LOS RETRACTOS LEGALES Y EL DERECHO DE OPCION.
TEMA 43. LOS DERECHOS REALES DE GARANTIA. LA PRENDA. LA HIPOTECA INMOBILIARIA; SU RELACION CON EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD.
TEMA 44. LA HIPOTECA MOBILIARIA Y LA PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO DE LA POSESION.
TEMA 45.
LOS PRINCIPIOS HIPOTECARIOS EN DERECHO ESPAÑOL. TITULOS Y ACTOS INSCRIBIBLES EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD.
TEMA 46. LA FE PUBLICA REGISTRAL. EL TERCERO HIPOTECARIO: SU SITUACION EN DERECHO ESPAÑOL.
TEMA 47. LA ANOTACION PREVENTIVA. LA CANCELACION.
TEMA 48. EL DERECHO DE FAMILIA. EL MATRIMONIO. EL SISTEMA VIGENTE EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO ESPAÑOL. UNIONES FAMILIARES DE HECHO.
TEMA 49. LOS REGIMENES ECONOMICO-MATRIMONIALES. LAS CAPITULACIONES MATRIMONIALES. PECULIARIDADES DE LOS DERECHOS CIVILES, FORALES O ESPECIALES.
TEMA 50. LAS COMUNIDADES DE BIENES EN EL MATRIMONIO.
PECULIARIDADES DE LOS DERECHOS CIVILES, FORALES O ESPECIALES. EL REGIMEN DE PARTICIPACION.
TEMA 51. LA SOCIEDAD DE GANANCIALES.
TEMA 52. EL REGIMEN DE SEPARACION DE BIENES. ESPECIALIDADES EN LOS DERECHOS CIVILES, FORALES O ESPECIALES.
TEMA 53. LA INEFICACIA DEL MATRIMONIO. NULIDAD, SEPARACION Y DIVORCIO.
TEMA 54. LA FILIACION, REGIMEN GENERAL. LA INVESTIGACION DE LA PATERNIDAD. REPRODUCCION ASISTIDA.
TEMA 55. LA ADOPCION.
ACOGIMIENTO DE MENORES.
TEMA 56. LA PATRIA POTESTAD. ESPECIALIDADES EN LOS DERECHOS CIVILES, FORALES O ESPECIALES.
TEMA 57. LA TUTELA. SU REGULACION CON EL CODIGO CIVIL.
TEMA 58. LA SUCESION MORTIS CAUSA. LA HERENCIA. HEREDERO Y LEGATARIO. LA HERENCIA YACENTE. TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LA SUCESION MORTIS CAUSA.
TEMA 59. APERTURA, VOCACION, DELACION Y ACEPTACION DE LA HERENCIA. LAS RESERVAS.
TEMA 60. LA PARTICIPACION DE LA HERENCIA. LA COLACION.
TEMA 61. EL TESTAMENTO. TESTAMENTO ABIERTO Y CERRADO.
TEMA 62.
TESTAMENTO OLOGRAFO. TESTAMENTOS ESPECIALES. ESPECIALIDADES EN LOS DERECHOS CIVILES, FORALES O ESPECIALES. INEFICACIA DE LOS TESTAMENTOS.
TEMA 63. LA INSTITUCION DE HEREDERO. SUSTITUCIONES HEREDITARIAS EN EL DERECHO COMUN Y EN LOS DERECHOS CIVILES, FORALES O ESPECIALES. EL LEGADO.
TEMA 64.
INTERPRETACION Y EJECUCION DE LAS DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS.
TEMA 65. LA SUCESION FORZOSA. LEGITIMA Y MEJORA. DERECHOS FORALES.
TEMA 66. DESHEREDACION Y PRETERICION.
TEMA 67. LA SUCESION INTESTADA. ESPECIALIDADES EN LOS DERECHOS CIVILES, FORALES O ESPECIALES.
TEMA 68. LA SUCESION CONTRACTUAL. ESPECIALIDADES EN LOS DERECHOS CIVILES, FORALES O ESPECIALES.
IV.
DERECHO MERCANTIL
TEMA 1. CONCEPTO DE DERECHO MERCANTIL. SUS FUENTES.
LA EMPRESA MERCANTIL.
TEMA 2. EL MARCO CONSTITUCIONAL DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA. LA REGULACION DE LA COMPETENCIA CON REFERENCIA AL DERECHO COMUNITARIO.
TEMA 3. DOCTRINA GENERAL DE LAS COSAS MERCANTILES. LA PROPIEDAD INDUSTRIAL: MODALIDADES, REGIMEN VIGENTE.
TEMA 4. EL REGISTRO MERCANTIL.
TEMA 5. EL ESTATUTO DEL EMPRESARIO. EL EMPRESARIO EXTRANJERO. TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LA EMPRESA MERCANTIL.
TEMA 6. LOS EMPRESARIOS SOCIALES.
CONCEPTOS GENERALES.
TEMA 7. LAS SOCIEDADES MERCANTILES DE PERSONAS. LA SOCIEDAD COMANDITARIA POR ACCIONES. REFERENCIA A LA ASOCIACION DE CUENTAS EN PARTICIPACION.
TEMA 8. LA SOCIEDAD ANONIMA. CONCEPTO. FUNDACION. ESCRITURA SOCIAL Y ESTATUTOS.
TEMA 9. EL CAPITAL SOCIAL Y LAS ACCIONES DE LA SOCIEDAD ANONIMA. REDUCCION Y AUMENTO DEL CAPITAL.
TEMA 10. LOS ORGANOS DE LA SOCIEDAD ANONIMA.
TEMA 11. LAS CUENTAS ANUALES DE LA SOCIEDAD ANONIMA. EMISION DE OBLIGACIONES.
TEMA 12. LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
TEMA 13. TRANSFORMACION, FUSION Y ESCISION DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES. DISOLUCION Y LIQUIDACION.
TEMA 14. LOS GRUPOS DE SOCIEDADES.
LAS AGRUPACIONES DE INTERES ECONOMICO. SOCIEDADES ANONIMAS ESPECIALES.
TEMA 15. LAS OBLIGACIONES Y LOS CONTRATOS MERCANTILES. TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS NEGOCIOS MERCANTILES. EL DEPOSITO MERCANTIL.
TEMA 16. EL CONTRATO DE COMPRAVENTA MERCANTIL. COMPRAVENTAS ESPECIALES.
TEMA 17. CONTRATOS DE COLABORACION Y FINANCIACION: COMISION, AGENCIA, CONCESION COMERCIAL, <LEASING> Y <FACTORING>.
TEMA 18. EL CONTRATO DE TRANSPORTE.
TEMA 19.
CONTRATOS BANCARIOS (1). APERTURA DE CREDITO. PRESTAMO Y DESCUENTO.
TEMA 20.
CONTRATOS BANCARIOS (2). DEPOSITO, CREDITO DOCUMENTARIO Y GARANTIA A PRIMERA SOLICITUD. OTRAS OPERACIONES BANCARIAS.
TEMA 21. CONTRATO DE SEGURO (1).
SUS CARACTERISTICAS. SEGUROS CONTRA DAÑOS.
TEMA 22. CONTRATO DE SEGURO (2). SEGUROS DE PERSONAS. REASEGURO.
TEMA 23. LOS TITULOS VALORES.
TEMA 24. LA LETRA DE CAMBIO (1). EMISION. DECLARACIONES CAMBIARIAS:
CAPACIDAD Y REPRESENTACION. LA CAUSA DE LA LETRA: CESION DE LA PROVISION.
TEMA 25. LA LETRA DE CAMBIO (2). ACEPTACION, ENDOSO Y AVAL.
TEMA 26. LA LETRA DE CAMBIO (3). PAGO. FALTA DE PAGO: PROTESTO Y DECLARACIONES EQUIVALENTES. ACCIONES Y EXCEPCIONES CAMBIARIAS.
TEMA 27. EL CHEQUE. EL PAGARE.
OTROS TITULOS-VALORES.
TEMA 28. DERECHO CONCURSAL (1). LA QUIEBRA.
PRESUPUESTOS. CLASES Y EFECTOS.
TEMA 29. DERECHO CONCURSAL (2). LA MASA DE LA QUIEBRA. ORGANOS Y OPERACIONES DE LA QUIEBRA. QUIEBRA DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES. DERECHO COMUNITARIO DE LA QUIEBRA.
TEMA 30. LA SUSPENSION DE PAGOS. MEDIDAS ESPECIALES DE SALVAMENTO DE EMPRESAS EN CRISIS.
TEMA 31. EL DERECHO MARITIMO (1). ESTATUTO JURIDICO DEL BUQUE. EL NAVIERO. PERSONAL DE LA NAVEGACION.
TEMA 32. EL DERECHO MARITIMO (2). LOS CONTRATOS DE UTILIZACION DEL BUQUE.
TEMA 33. EL DERECHO MARITIMO (3). EL SEGURO MARITIMO. LOS PRIVILEGIOS MARITIMOS. ASISTENCIA Y SALVAMENTO. EXTRACCIONES Y HALLAZGOS. AVERIAS. EL ABORDAJE.
V. DERECHO PROCESAL
TEMA 1. EL DERECHO PROCESAL. LA JURISDICCION.
TEMA 2. PLANTA Y ORGANIZACION DE LOS TRIBUNALES. PERSONAL DE LOS ORGANOS JURISDICCIONALES Y FUNCIONAMIENTO.
TEMA 3. EXTENSION Y LIMITES DE LA JURISDICCION ESPAÑOLA. EL CONVENIO DE BRUSELAS SOBRE RECONOCIMIENTO Y EJECUCION DE SENTENCIAS EN MATERIA CIVIL Y MERCANTIL.
TEMA 4. PROMOCION DE LA JUSTICIA Y DEFENSA Y REPRESENTACION DE LOS CIUDADANOS. EL ABOGADO Y EL PROCURADOR. DEFENSA Y REPRESENTACION DE LA ADMINISTRACION.
TEMA 5. EL PROCESO. LOS ACTOS PROCESALES. ACTOS DE COMUNICACION Y AUXILIO JUDICIAL.
TEMA 6. EL DERECHO PROCESAL CIVIL. LA COMPETENCIA.
TEMA 7. LAS PARTES EN EL PROCESO CIVIL.
TEMA 8. EL OBJETO DEL PROCESO CIVIL.
TEMA 9. PRINCIPIOS DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO CIVILES.
TEMA 10. ACTOS PREVIOS AL PROCESO.
TEMA 11. LA DEMANDA. REBELDIA Y FALTA DE CONTESTACION.
TEMA 12. LA CONTESTACION A LA DEMANDA. OTROS ACTOS DE ALEGACION.
TEMA 13. LA PRUEBA. PROCEDIMIENTO PROBATORIO.
TEMA 14.
MEDIOS DE PRUEBA (1). DOCUMENTOS. CONFESION EN JUICIO Y JURAMENTO.
TEMA 15.
MEDIOS DE PRUEBA (2). TESTIGOS. PERITOS. RECONOCIMIENTO JUDICIAL.
TEMA 16. CONCLUSIONES. LAS DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER. LA SENTENCIA Y LA COSA JUZGADA.
TEMA 17. LOS PROCESOS DECLARATIVOS ORDINARIOS (1). JUICIO DE MAYOR CUANTIA. JUICIO DE MENOR CUANTIA.
TEMA 18. LOS PROCESOS DECLARATIVOS ORDINARIOS (2). JUICIO DE COGNICION. JUICIO VERBAL. LOS INCIDENTES.
TEMA 19. LAS CRISIS PROCESALES.
TEMA 20. LOS MEDIOS DE IMPUGNACION EN EL PROCESO CIVIL. LOS RECURSOS ORDINARIOS.
TEMA 21. EL RECURSO DE CASACION CIVIL.
TEMA 22. LA REVISION CIVIL. LA AUDIENCIA AL REBELDE.
TEMA 23.
PROCESOS CIVILES SUMARIOS Y ESPECIALES. EL JUICIO DE ALIMENTOS PROVISIONALES. LOS JUICIOS POSESORIOS. MEDIOS DE PROTECCION CONTRA LAS VIAS DE HECHO DE LA ADMINISTRACION.
TEMA 24. INTERDICTOS DE OBRA NUEVA Y OBRA RUINOSA. LA PROTECCION DE LOS DERECHOS REALES INSCRITOS.
TEMA 25. EL JUICIO EJECUTIVO.
TEMA 26. TUTELA PROCESAL CIVIL DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES.
PROCESOS SOBRE INCAPACITACION Y PRODIGALIDAD.
TEMA 27. PROCESOS MATRIMONIALES. PROCESO DE FILIACION.
TEMA 28.
EL JUICIO DE RETRACTO. PROCEDIMIENTO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL. PROCEDIMIENTOS DE LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL.
TEMA 29. PROCESO DE IMPUGNACION DE ACUERDOS DE SOCIEDADES ANONIMAS Y COOPERATIVAS. PROCEDIMIENTO PARA LA NULIDAD DE PRESTAMOS USUARIOS. PROCESOS ESPECIALES PARA EXIGIR RESPONSABILIDAD CIVIL.
TEMA 30. JUICIO DE DESAHUCIO Y ARRENDATICIO.
TEMA 31. LA EJECUCION FORZOSA EN EL ORDEN JURISDICCIONAL CIVIL.
TEMA 32. LA EJECUCION DINERARIA.
TEMA 33. LAS EJECUCIONES DE HACER, NO HACER O ENTREGAR ALGUNA COSA. PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE EJECUCION; EN ESPECIAL LAS EJECUCIONES HIPOTECARIAS.
TEMA 34. PROCEDIMIENTOS SUCESORIOS.
TEMA 35. PROCEDIMIENTOS CONCURSALES (1). PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS. LA QUITA Y ESPERA Y LA SUSPENSION DE PAGOS.
TEMA 36. PROCEDIMIENTOS CONCURSALES (2). EL CONCURSO DE ACREEDORES Y LA QUIEBRA.
TEMA 37. MEDIDAS CAUTELARES.
TEMA 38. LA JURISDICCION VOLUNTARIA.
TEMA 39.
LAS COSTAS JUDICIALES Y LA GRATUIDAD DE LA JUSTICIA EN EL ORDEN JURISDICCIONAL CIVIL.
TEMA 40. EL ARBITRAJE.
TEMA 41. DERECHO A LA LIBERTAD, SEGURIDAD PUBLICA E <IUS PUNIENDI>. LOS SISTEMAS PROCESALES PENALES.
TEMA 42.
LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO PENALES. EL SISTEMA DE ENJUICIAMIENTO POR JURADO.
TEMA 43. LA COMPETENCIA. LAS PERSONAS AFORADAS.
TEMA 44. LAS PARTES ACUSADORAS EN EL PROCESO PENAL.
TEMA 45. LAS PARTES ACUSADAS. EL DERECHO DE DEFENSA. LA REBELDIA.
TEMA 46. OBJETO DEL PROCESO PENAL.
TEMA 47. CUESTIONES PREJUDICIALES.
TEMA 48. LA INVESTIGACION OFICIAL. CONCEPTOS GENERALES. DENUNCIA Y QUERELLA.
TEMA 49. DILIGENCIAS DE INVESTIGACION Y ASEGURAMIENTO EN EL PROCESO PENAL.
TEMA 50. FORMALIZACION DE LA IMPUTACION. DECLARACIONES DEL INCULPADO.
TEMA 51. LAS MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCESO PENAL.
TEMA 52. FASE INTERMEDIA Y JUICIO ORAL.
TEMA 53.
SENTENCIA. LA COSA JUZGADA PENAL. LAS COSTAS EN EL PROCESO PENAL.
TEMA 54. PROCESO PENAL ABREVIADO (1). PRINCIPIOS, DISPOSICIONES GENERALES Y PREPARACION DEL JUICIO ORAL.
TEMA 55. PROCESO PENAL ABREVIADO (2).
EL JUICIO ORAL. SENTENCIA Y SEGUNDA INSTANCIA. EL JUICIO DE FALTAS EN AMBAS INSTANCIAS.
TEMA 56. PROCESOS PENALES ESPECIALES.
TEMA 57. LOS MEDIOS DE IMPUGNACION EN EL PROCESO PENAL. LOS RECURSOS DE REFORMA, QUEJA, APELACION Y SUPLICA.
TEMA 58. EL RECURSO DE CASACION PENAL. LA REVISION PENAL.
EL RECURSO DE ANULACION.
TEMA 59. LA EJECUCION DE SENTENCIAS PENALES.
LOS RECURSOS CONTRA LAS DECISIONES DEL JUEZ DE VIGILANCIA PENITENCIARIA.
TEMA 60. LA EXTRADICION. OTROS INSTRUMENTOS DE COOPERACION JURIDICA INTERNACIONAL EN MATERIA PENAL. LOS CONVENIOS DEL CONSEJO DE EUROPA.
TEMA 61. EL PROCESO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO: NATURALEZA, EXTENSION. ELEMENTOS SUBJETIVOS Y OBJETIVOS.
TEMA 62. EL PROCESO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ORDINARIO.
TEMA 63. PROCESOS CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVOS ESPECIALES. LOS RECURSOS.
TEMA 64. EL ORDEN JURISDICCIONAL SOCIAL; EVOLUCION.
PRINCIPIOS INSPIRADORES DEL PROCESO LABORAL. COMPETENCIA.
TEMA 65. LAS PARTES Y EL OBJETO DEL PROCESO. ACTOS PREVIOS.
TEMA 66. EL PROCESO ORDINARIO.
TEMA 67. LAS DISTINTAS MODALIDADES PROCESALES EN MATERIA LABORAL, DE SEGURIDAD SOCIAL Y SINDICAL.
TEMA 68. LOS MEDIOS DE IMPUGNACION EN EL PROCESO LABORAL.
TEMA 69. LA EJECUCION PROVISIONAL Y DEFINITIVA DE SENTENCIAS.
TEMA 70. EL JUEZ NACIONAL COMO JUEZ COMUNITARIO: EL MECANISMO DE LAS CUESTIONES PREJUDICIALES. OTROS PROCEDIMIENTOS ANTE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LAS COMUNIDADES.
VI. DERECHO PENAL
TEMA 1. CONCEPTO DEL DERECHO PENAL.
LAS ESCUELAS PENALES. LAS CIENCIAS PENALES, EN ESPECIAL, LA CRIMINOLOGIA.
TEMA 2. EVOLUCION DEL DERECHO PENAL ESPAÑOL. EL CODIGO PENAL VIGENTE. LAS REFORMAS PENALES DEL ESTADO DEMOCRATICO, EN ESPECIAL, LAS REFORMAS DE 1983 Y 1989.
TEMA 3. LOS PRINCIPIOS INFORMADORES DEL DERECHO PENAL, EN ESPECIAL, LOS PRINCIPIOS DE INTERVENCION MINIMA Y DE LEGALIDAD.
TEMA 4. LA TEORIA JURIDICA DEL DELITO. SISTEMA CAUSALISTA Y SISTEMA FINALISTA. EL CONCEPTO JURIDICO DE DELITO EN EL DERECHO PENAL ESPAÑOL. CLASES DE DELITO. SUJETOS, TIEMPO Y LUGAR DE LOS DELITOS.
TEMA 5. ACCION. CAUSALIDAD E IMPUTACION OBJETIVA. LOS SUPUESTOS DE AUSENCIA DE ACCION. TEMA 6. LA RESPONSABILIDAD POR EL RESULTADO Y EL PRINCIPIO DE CULPABILIDAD.
TEMA 7. EL DOLO. LOS ELEMENTOS SUBJETIVOS DEL TIPO.
TEMA 8. TEORIA DEL ERROR EN DERECHO PENAL.
TEMA 9. CAUSAS DE EXCLUSION DE LA ANTIJURIDICIDAD.
TEMA 10.
CULPABILIDAD , IMPUTABILIDAD, PUNIBILIDAD Y CAUSAS QUE LAS EXCLUYEN.
TEMA 11. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATIVAS DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL (1).
CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES.
TEMA 12. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATIVAS DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL (2). CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES Y CIRCUNSTANCIA MIXTA.
EL PROBLEMA DE LA COMUNICABILIDAD A LOS PARTICIPES.
TEMA 13. FORMAS DE APARICION DEL DELITO: EL <ITER CRIMINIS>. ESPECIAL CONSIDERACION DEL DELITO IMPOSIBLE.
TEMA 14. EL DELITO IMPRUDENTE.
TEMA 15. EL DELITO DE OMISION.
TEMA 16. LA PARTICIPACION CRIMINAL: AUTORIA, COMPLICIDAD, ENCUBRIMIENTO, CON ESPECIAL CONSIDERACION DE LA AUTORIA MEDIATA Y DE LA ACTUACION EN NOMBRE DE OTRO. TEMA 17. TEORIA DEL CONCURSO: CONCURSO DE LEYES Y CONCURSO DE DELITOS. EL DELITO CONTINUADO Y EL DELITO MASA.
TEMA 18. LA
PENA Y LA MEDIDA DE SEGURIDAD: CONCEPTO, CLASES Y FINES. LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD. ALTERNATIVAS A LA PRISION.
TEMA 19. INDIVIDUALIZACION DE LA PENA. REGLAS DE APLICACION DE LA PENA.
TEMA 20. LA RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DEL DELITO. EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL. LA REHABILITACION.
TEMA 21. DERECHO PENITENCIARIO. CONCEPTO Y SISTEMA. LA RELACION JURIDICA PENITENCIARIA. EL JUEZ DE VIGILANCIA.
TEMA 22. EL REGIMEN PENITENCIARIO. LOS ESTABLECIMIENTOS COMO SU MARCO REAL. ELEMENTOS REGIMENTALES. ESPECIAL CONSIDERACION DEL TRABAJO EN LAS PRISIONES.
TEMA 23. EL TRATAMIENTO PENITENCIARIO. ASISTENCIA POSPENITENCIARIA.
TEMA 24. EL HOMICIDIO. EL PARRICIDIO.
TEMA 25. EL ASESINATO.
TEMA 26. AUXILIO E INDUCCION AL SUICIDIO. INFANTICIDIO. PROBLEMATICA SOBRE LA MUERTE Y LAS LESIONES CAUSADAS COMO CONSECUENCIA DE LA PARTICIPACION EN LA RIÑA DEL ARTICULO 424 DEL CODIGO PENAL.
TEMA 27. EL ABORTO.
TEMA 28. LOS DELITOS DE LESIONES. ESPECIAL CONSIDERACION DEL CONSENTIMIENTO EN LAS LESIONES.
TEMA 29.
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL.
TEMA 30. DELITOS CONTRA EL HONOR.
TEMA 31. DELITOS CONTRA EL ESTADO CIVIL, LA FAMILIA Y LOS MENORES.
TEMA 32.
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y SEGURIDAD (1): COACCIONES. DETENCIONES ILEGALES. ALLANAMIENTO DE MORADA.
TEMA 33.
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y SEGURIDAD (2): DESCUBRIMIENTO Y REVELACION DE SECRETOS. LAS AMENAZAS. LA OMISION DEL DEBER DE SOCORRO. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO.
TEMA 34. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO. EL HURTO. UTILIZACION ILEGITIMA DE VEHICULOS DE MOTOR AJENOS.
TEMA 35. EL ROBO. LA USURPACION.
TEMA 36.
DELITO DE ESTAFA Y OTROS ENGAÑOS.
TEMA 37. EL CHEQUE EN DESCUBIERTO. LA APROPIACION INDEBIDA. INFRACCIONES DE DERECHO DE AUTOR Y DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. DEFRAUDACION DEL FLUIDO ELECTRICO Y ANALOGAS.
TEMA 38. INSOLVENCIA PUNIBLE. MAQUINACIONES PARA ALTERAR EL PRECIO DE LAS COSAS.
USURA. RECEPTACION.
TEMA 39. DAÑOS, INCENDIOS Y ESTRAGOS.
TEMA 40.
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE CONCIENCIA Y LOS SENTIMIENTOS RELIGIOSOS.
VIOLACION DE SEPULTURAS E INHUMACIONES ILEGALES. DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA Y EL MEDIO AMBIENTE. OTROS DELITOS DE PELIGRO COMUN.
TEMA 41.
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS. OTRAS FALSEDADES REALES. FALSEDADES PERSONALES.
TEMA 42. DELITOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS EN EL EJERCICIO DE SUS CARGOS.
TEMA 43. DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD EXTERIOR DEL ESTADO. DELITOS CONTRA LAS INSTITUCIONES POLITICAS FUNDAMENTALES.
TEMA 44. DELITOS CONTRA LA CONSTITUCION. REBELION. SEDICION. DELITOS COMETIDOS POR LOS PARTICULARES CON OCASION DEL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS RECONOCIDOS POR LAS LEYES.
TEMA 45. LOS DELITOS COMETIDOS POR LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS CONTRA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LA PERSONA RECONOCIDOS POR LA LEY. ESPECIAL REFERENCIA AL DELITO DE TORTURA.
TEMA 46. DELITOS CONTRA EL ORDEN PUBLICO. OTROS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD INTERIOR DEL ESTADO.
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA.
TEMA 47. DELITOS CONTRA LA HACIENDA PUBLICA. LEGISLACION PENAL ESPECIAL (1). LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE CONTROL DE CAMBIOS. LA LEY DE CONTRABANDO.
TEMA 48. LEGISLACION PENAL ESPECIAL (2). EL TRATAMIENTO DE LAS BANDAS ARMADAS Y ELEMENTOS TERRORISTAS O REBELDES. REFERENCIA A LA LEY ORGANICA 3/1988, DE 25 DE MAYO. LOS DELITOS ELECTORALES. EL DERECHO PENAL MILITAR. REFERENCIA A OTRA LEGISLACION ESPECIAL.
TEMA 49. LAS FALTAS.
VII. DERECHO ADMINISTRATIVO
TEMA 1. LA ADMINISTRACION PUBLICA. SU POSICION JURIDICA FRENTE AL DERECHO.
TEMA 2. EL ORDENAMIENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO: ESPECIALIDADES, FUENTES Y TECNICAS DE ARTICULACION.
TEMA 3. LA POTESTAD REGLAMENTARIA Y SU CONTROL JURISDICCIONAL. EL REGLAMENTO.
TEMA 4. ORGANOS ADMINISTRATIVOS. PRINCIPIOS DE ORGANIZACION.
TEMA 5. LA ADMINISTRACION DEL ESTADO. GOBIERNO Y ADMINISTRACION.
TEMA 6. EL ORDENAMIENTO JURIDICO DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS. ESPECIAL REFERENCIA A SU ORGANIZACION.
TEMA 7. LA ADMINISTRACION LOCAL.
TEMA 8. LA ADMINISTRACION INSTITUCIONAL Y CORPORATIVA.
TEMA 9. LA FUNCION PUBLICA. LA RELACION FUNCIONARIAL.
TEMA 10. EL ACTO ADMINISTRATIVO.
TEMA 11. EFICACIA Y VALIDEZ DEL ACTO ADMINISTRATIVO. ESPECIAL REFERENCIA A SU EJECUCION.
TEMA 12. EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. ESPECIAL REFERENCIA A LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS.
TEMA 13. LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS. SU CONTROL JURISDICCIONAL.
TEMA 14. DOMINIO PUBLICO: SU REGIMEN JURIDICO.
TEMA 15. EXPROPIACION FORZOSA. GARANTIAS JURISDICCIONALES.
TEMA 16.
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACION.
TEMA 17. LA INTERVENCION ADMINISTRATIVA: REGIMEN JURIDICO.
ESPECIAL REFERENCIA A LAS TECNICAS DE AUTORIZACION Y SU CONTROL.
TEMA 18. DERECHO URBANISTICO (1). EL REGIMEN JURIDICO DEL SUELO.
TEMA 19. DERECHO URBANISTICO (2). INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO, SISTEMAS DE EJECUCION Y SU CONTROL.
VIII. DERECHO LABORAL
TEMA 1. DERECHO DEL TRABAJO. CONCEPTO Y FINES.
TEMA 2. LAS FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO. LAS RELACIONES LABORALES EN LA CONSTITUCION ESPAÑOLA. LA APLICACION DE LAS NORMAS EN EL AMBITO LABORAL; EN ESPECIAL, LOS PRINCIPIOS PRO OPERARIO, DE NORMA MINIMA Y NORMA MAS FAVORABLE.
TEMA 3. LOS CONVENIOS COLECTIVOS.
TEMA 4. EL CONTRATO DE TRABAJO. NOTAS CARACTERISTICAS. TIPOLOGIA. CONTRATOS POR TIEMPO INDEFINIDO Y TEMPORALES. EL TRABAJO EN PRECARIO O ECONOMIA SUMERGIDA.
TEMA 5. EL OBJETO, LA CAUSA Y LOS SUJETOS DEL CONTRATO DE TRABAJO.
TEMA 6. LAS PRESTACIONES DEL TRABAJADOR. EL LUGAR Y EL MODO DE LA PRESTACION. LA JORNADA SEMANAL Y ANUAL.
DESCANSOS Y PERMISOS; EN ESPECIAL, LAS VACACIONES.
TEMA 7. LAS PRESTACIONES DEL EMPRESARIO. EL PODER DE DIRECCION DEL EMPRESARIO Y SUS DERIVACIONES. EL SALARIO, CLASES Y GARANTIAS.
TEMA 8. LA SUCESION DE EMPRESA. LAS MODIFICACIONES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO.
LA SUSPENSION DEL CONTRATO DE TRABAJO.
TEMA 9. LA EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO. EN ESPECIAL, EL DESPIDO DISCIPLINARIO.
TEMA 10. DERECHO SINDICAL. LA LIBERTAD SINDICAL.
CONTENIDO. LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA.
REPRESENTACION SINDICAL DE LOS TRABAJADORES Y DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS: REGIMEN ELECTORAL.
TEMA 11. LOS CONFLICTOS COLECTIVOS DE TRABAJO. ESPECIAL REFERENCIA A LA HUELGA.
TEMA 12. DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. NORMATIVA APLICABLE.
TEMA 13. LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA ESPAÑOL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
EL AMBITO SUBJETIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. LA GESTION DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
TEMA 14. EL REGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (1). REQUISITOS DE INTEGRACION. LA FINANCIACION. ESPECIAL REFERENCIA A LA COTIZACION.
TEMA 15. EL REGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (2). LA ACCION PROTECTORA.
EN ESPECIAL, LA INVALIDEZ Y LA JUBILACION.
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