EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 15 DE JULIO ACTUAL,
HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 1516/1991, PROMOVIDA POR EL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 21 DE BARCELONA, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 23.3 DEL TEXTO ARTICULADO DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO LABORAL, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 521/1990, DE 27 DE ABRIL Y POR ENDE DEL PUNTO CUATRO DE LA BASE OCTAVA DE LA LEY 7/1989, DE 12 DE ABRIL, DE BASES DE PROCEDIMIENTO LABORAL, POR PODER VULNERAR LOS ARTICULOS 14 Y 118 DE LA CONSTITUCION.
MADRID, 15 DE JULIO DE 1991. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.
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