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Documento BOE-A-1991-1396

Convenio sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres, hecho en Washington el 3 de marzo de 1973 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 30 de julio de 1986). Apéndices I, II y III, válidos a partir del 18 de enero de 1990.

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 18 de enero de 1991, páginas 1824 a 1849 (26 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1991-1396
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1991/01/14/(1)

TEXTO ORIGINAL

CONVENCION SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL-C DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES

APENDICES I Y II

ADOPTADOS POR LA CONFERENCIA DE LAS PARTES Y VALIDOS A PARTIR DEL 18 DE ENERO DE 1990

INTERPRETACION

1. LAS ESPECIES QUE FIGURAN EN ESTOS APENDICES ESTAN INDICADAS:

A) CONFORME AL NOMBRE DE LAS ESPECIES; O

B) COMO SI TODAS LAS ESPECIES ESTUVIESEN INCLUIDAS EN UN TAXON SUPERIOR O EN UNA PARTE DE EL DESIGNADA.

2. LA ABREVIATURA <SPP.> SE UTILIZA PARA DENOTAR TODAS LAS ESPECIES DE UN TAXON SUPERIOR.

3. OTRAS REFERENCIAS A LOS TAXA SUPERIORES A LA ESPECIE TIENEN EL UNICO FIN DE SERVIR DE INFORMACION O CLASIFICACION.

4. LA ABREVIATURA <P.E.> SE UTILIZA PARA DENOTAR ESPECIES POSIBLEMENTE EXTINGUIDAS.

5. UN ASTERISCO () COLOCADO JUNTO AL NOMBRE DE UNA ESPECIE O DE UN TAXON SUPERIOR INDICA QUE UNA O MAS DE LAS POBLACIONES GEOGRAFICAMENTE SEPARADAS, SUBESPECIES O ESPECIES DE DICHA ESPECIE O DE DICHO TAXON SE ENCUENTRAN INCLUIDAS EN EL APENDICE I Y QUE ESAS POBLACIONES, SUBESPECIES O ESPECIES ESTAN EXCLUIDAS DEL APENDICE II.

6. DOS ASTERISCOS () COLOCADOS JUNTO AL NOMBRE DE UNA ESPECIE O DE UN TAXON SUPERIOR INDICAN QUE UNA O MAS DE LAS POBLACIONES GEOGRAFICAMENTE SEPARADADAS, SUBESPECIES O ESPECIES DE DICHA ESPECIE O DE DICHO TAXON SE ENCUENTRAN INCLUIDAS EN EL APENDICE II Y QUE ESAS POBLACIONES, SUBESPECIES O ESPECIES ESTAN EXCLUIDAS DEL APENDICE I.

7. EL SIMBOLO ( ) SEGUIDO DE UN NUMERO COLOCADO JUNTO AL NOMBRE DE UNA ESPECIE O DE UN TAXON SUPERIOR SIGNIFICA QUE ALGUNAS POBLACIONES GEOGRAFICAMENTE SEPARADAS, ESPECIES, GRUPOS DE ESPECIES O FAMILIAS DE DICHA ESPECIE O DE DICHO TAXON SE EXCLUYEN DEL APENDICE RESPECTIVO, COMO SIGUE:

101 POBLACION DE GROENLANDIA OCCIDENTAL.

102 POBLACIONES DE BHUTAN, INDIA, NEPAL Y PAKISTAN.

103 POBLACION DE LA UNION DE REPUBLICAS SOCIALISTAS SOVIETICAS.

104 POBLACION DE CHINA.

105 POBLACION DE AUSTRALIA.

106 POBLACION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

107 CHILE: UNA PARTE DE LA POBLACION DE LA PROVINCIA DE PARINACOTA, IA. REGION DE TARAPACA.

PERU: LAS POBLACIONES DE LA RESERVA NACIONAL DE PAMPA GALERAS Y ZONA NUCLEAR, PEDREGAL, OSCCONTA Y SAWACOCHA (PROVINCIA DE LUCANAS), SAIS PICOTANI (PROVINCIA DE AZANGARO), SAIS TUPAC AMARU (PROVINCIA DE JUNIN) Y DE LA RESERVA NACIONAL SALINAS AGUADA BLANCA (PROVINCIAS DE AREQUIPA Y CAILLOMA).

108 POBLACIONES DE AFGHANISTAN, BHUTAN, BIRMANIA, INDIA, NEPAL Y PAKISTAN.

109 CATHARTIDAE.

110 POBLACION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

111 MELOPSITTACUS UNDULATUS , NYMPHICUS HOLLANDICUS Y PSITTACULA KRAMERI .

112 POBLACION DEL CONGO SUJETA A UN CUPO ANUAL DE EXPORTACION DE 600 (EN 1990, 1991 Y 1992).

113 POBLACIONES DE BOTSWANA, MALAWI, MOZAMBIQUE, ZAMBIA Y ZIMBABWE Y LAS POBLACIONES DE LOS SIGUIENTES PAISES SUJETAS A CUPOS ANUALES DE EXPORTACION QUE SE ESPECIFICAN A CONTINUACION:

EL DETALLE TIENE EL ORDEN SIGUIENTE:

/1990/1991/1992

CAMERUN 100/100/100

ETHIOPIA 9.370/8.870/8.870

PIELES CRIADAS EN GRANJAS 6.500/6.000/6.000

CRIAS RECIEN SALIDAS DEL CASCARON 2.500/2.500/2.500

TROFEOS DE CAZA 50/50/50

ADULTOS VIVOS 20/20/20

CURIOSIDADES DE ANIMALES CRIADOS EN GRANJA 300/300/300

KENYA /5.000/6.000/8.000

(SOLAMENTE PIELES Y DERIVADOS)

MADAGASCAR /0/2.000/4.000

(SOLAMENTE ESPECIMENES CRIADOS EN GRANJA) SOMALIA 500/500/500

SUDAN /5.040/0/0

REPUBLICA UNIDA DE TANZANIA /1.100/5.100/6.100

ESPECIMENES CRIADOS EN GRANJA/0/4.000/6.000

ESPECIMENES CAPTURADAS EN LA NATURALEZA /1.000/1.000/0

TROFEOS DE CAZA/100/100/100

114 POBLACIONES DE AUSTRALIA Y DE PAPUA NUEVA GUINEA, Y POBLACION DE INDONESIA SUJETA A CUPOS ANUALES DE EXPORTACION QUE SE ESPECIFICAN A CONTINUACION:

EL DETALLE TIENE EL ORDEN SIGUIENTE:

/1990/1991/1992

TOTAL/5.000/6.000/7.500

ESPECIMENES CRIADOS EN GRANJA /2.000/3.000/5.000

PIELES DE ANIMALES SALVAJES CON UN ANCHO DE PANZA DE 10-18''/3.000/3.000/2.500

115 POBLACION DEL CONGO PERO CON UN CUPO ANUAL DE EXPORTACION DE 0.

116 POBLACION DE INDONESIA SUJETA A UN CUPO ANUAL DE EXPORTACION DE (1990: 1.250; 1991: 1.500; 1992: 2.500 INCLUYENDO 50 POR 100 DE ESPECIMENES CRIADOS EN GRANJA).

117 POBLACION DE CHILE.

118 TODAS LAS ESPECIES NO SUCULENTAS.

8. EL SIMBOLO (+) SEGUIDO DE UN NUMERO COLOCADO JUNTO AL NOMBRE DE UNA ESPECIE O DE UN TAXON SUPERIOR SIGNIFICA QUE SOLAMENTE ALGUNAS POBLACIONES GEOGRAFICAMENTE SEPARADAS, SUBESPECIES O ESPECIES DE DICHA ESPECIE O DE DICHO TAXON SE INCLUYEN EN EL APENDICE RESPECTIVO, COMO SIGUE:

+201 POBLACION DE AMERICA DEL SUR (LAS POBLACIONES FUERA DE AMERICA DEL SUR NO ESTAN INCLUIDAS EN LOS APENDICES).

+202 POBLACIONES DE BHUTAN, INDIA, NEPAL Y PAKISTAN.

+203 POBLACION DE MEXICO.

+204 POBLACIONES DE CAMERUN Y NIGERIA.

+205 POBLACION DE ASIA.

+206 POBLACION DE INDIA.

+207 POBLACIONES DE AMERICA CENTRAL Y DEL NORTE.

+208 POBLACION DE AUSTRALIA.

+209 CHILE: UNA PARTE DE LA POBLACION DE LA PROVINCIA DE PARINACOTA, IA. REGION DE TARAPACA.

PERU: LAS POBLACIONES DE LA RESERVA NACIONAL DE PAMPA GALERAS Y ZONA NUCLEAR, PEDREGAL, OSCCONTA Y SAWACOCHA (PROVINCIA DE LUCANAS), SAIS PICOTANI (PROVINCIA DE AZANGARO), SAIS TUPAC AMARU (PROVINCIA DE JUNIN) Y DE LA RESERVA NACIONAL SALINAS AGUADA BLANCA (PROVINCIAS DE AREQUIPA Y CAILLOMA).

+210 POBLACIONES DE AFGHANISTAN, BHUTAN, BIRMANIA, INDIA, NEPAL Y PAKISTAN.

+211 POBLACION DE MEXICO.

+212 POBLACIONES DE ARGELIA, BURKINA FASO, CAMERUN, REPUBLICA CENTROAFRICANA, CHAD, MALI, MAURITANIA, MARRUECOS, NIGER, NIGERIA, SENEGAL Y SUDAN.

+213 POBLACION DE EUROPA, EXCEPTO LA UNION DE REPUBLICAS SOCIALISTAS SOVIETICAS.

+214 POBLACION DE INDONESIA SUJETA A UN CUPO ANUAL DE EXPORTACION DE (1990: 1.250; 1991: 1.500; 1992: 2.500, INCLUYENDO 50 POR 100 DE ESPECIMENES CRIADOS EN GRANJA).

+215 TODAS LAS ESPECIES DE NUEVA ZELANDIA.

+216 POBLACION DE CHILE.

9. EL SIMBOLO (=) SEGUIDO DE UN NUMERO COLOCADO JUNTO AL NOMBRE DE UN ESPECIE O DE UN TAXON SUPERIOR SIGNIFICA QUE LA DENOMINACION DE DICHA ESPECIE O DE DICHO TAXON DEBE SER INTERPRETADA COMO SIGUE:

=301 INCLUYE LA FAMILIA TUPAIIDAE .

=302 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO LEONTIDEUS .

=303 INCLUYE EL SINONIMO SAGUINUS GEOFFROYI .

=304 INCLUYE EL SINONIMO CERCOPITHECUS ROLOWAY .

=305 INCLUYE EL SINONIMO COLOBUS BADIUS KIRKI .

=306 INCLUYE EL SINONIMO COLOBUS BADIUS RUFOMITRATUS .

=307 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO SIMIAS .

=308 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO MANDRILLUS .

=309 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO RHINOPITHECUS .

=310 INCLUYE LOS SINONIMOS BRADYPUS BOLIVIENSIS Y BRADYPUS GRISEUS .

=311 INCLUYE EL SINONIMO PRIODONTES GIGANTEUS .

=312 INCLUYE EL SINONIMO PHYSETER CATODON .

=313 INCLUYE EL SINONIMO ESCHRICHTIUS GLAUCUS .

=314 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO EUBALAENA .

=315 INCLUYE EL SINONIMO DUSICYON FULVIPES .

=316 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO FENNECUS .

=317 TAMBIEN LLAMADA URSUS THIBETANUS .

=318 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO THALARCTOS .

=319 TAMBIEN LLAMADA AONYX MICRODON O PARAONYX MICRODON .

=320 INCLUYE LOS SINONIMOS LUTRA ANNECTENS , LUTRA ENUDRIS , LUTRA INCARUM Y LUTRA PLATENSIS .

=321 INCLUYE EL SINONIMO EUPLERES MAJOR .

=322 TAMBIEN LLAMADA LYNX CARACAL ; INCLUYE EL SINONIMO GENERICO CARACAL .

=323 TAMBIEN LLAMADA LYNX PARDINUS O FELIX LYNX PARDINA .

=324 TAMBIEN LLAMADA LYNX RUFUS ESCUINAPAE .

=325 INCLUYE LOS SINONIMOS EQUUS KIANG Y EQUUS ONAGER .

=326 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO DAMA .

=327 INCLUYE LOS SINONIMOS GENERICOS AXIS Y HYELAPHUS .

=328 INCLUYE EL SINONIMO BOS FRONTALIS .

=329 INCLUYE EL SINONIMO BOS GRUNNIENS .

=330 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO NOVIBOS .

=331 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO ANOA .

=332 INCLUYE EL SINONIMO ORYX TAO .

=333 INCLUYE EL SINONIMO OVIS ARIES OPHION .

=334 TAMBIEN LLAMADA ANAS PLATYRHYNCHOS LAYSANENSIS .

=335 INCLUYE EL SINONIMO CYGNUS BEWICKII JANKOWSKII .

=336 INCLUYE LOS SINONIMOS FALCO PELEGRINOIDES Y FALCO BABYLONICUS .

=337 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO PIPILE .

=338 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO MITU .

=339 INCLUYE EL SINONIMO RHEINARTIA NIGRESCENS .

=340 TAMBIEN LLAMADA EUPODOTIS BENGALENSIS .

=341 A MENUDO COMERCIALIZADA BAJO EL NOMBRE INCORRECTO DE ARA CANINDE .

=342 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO CYCLOPSITTA .

=343 ANTIGUAMENTE INCLUIDA EN EL GENERO GALLIREX .

=344 TAMBIEN LLAMADA MIMIZUKU GURNEYI .

=345 ANTIGUAMENTE INCLUIDA EN EL GENERO RAMPHODON .

=346 TAMBIEN LLAMADA MUSCICAPA RUECKI .

=347 ANTIGUAMENTE INCLUIDA EN EL GENERO SPINUS .

=348 INCLUYE LOS SINONIMOS GENERICOS NICORIA Y GEOEMYDA (EN PARTE).

=349 TAMBIEN MENCIONADA EN EL GENERO TESTUDO .

=350 ANTIGUAMENTE INCLUIDA EN PODOCNEMIS SPP.

=351 INCLUYE ALLIGATORIDAE, CROCODYLIDAE Y GAVIALIDAE.

=352 ANTIGUAMENTE INCLUIDA EN CHAMAELEO SPP.

=353 TAMBIEN LLAMADA CONSTRICTOR CONSTRICTOR OCCIDENTALIS .

=354 INCLUYE EL SINONIMO PSEUDOBOA CLOELIA .

=355 TAMBIEN LLAMADA HYDRODYNASTES GIGAS .

=356 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO MEGALOBATRACHUS .

=357 SENSU D'ABRERA.

=358 TAMBIEN MENCIONADA EN EL GENERO DYSNOMIA .

=359 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO PROPTERA .

=360 TAMBIEN MENCIONADA EN EL GENERO CARUNCULINA .

=361 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO MICROMYA .

=362 INCLUYE EL SINONIMO GENERICO PAPUINA .

=363 TAMBIEN LLAMADA PODOPHYLLUM EMODI .

=364 TAMBIEN MENCIONADA EN EL GENERO SCLEROCACTUS .

=365 TAMBIEN MENCIONADA EN EL GENERO ECHINOCACTUS .

=366 TAMBIEN MENCIONADA EN EL GENERO PACHYCEREUS .

=367 TAMBIEN MENCIONADA EN EL GENERO ESCOBARIA .

=368 TAMBIEN LLAMADA ECHINOCEREUS LINDSAYI .

=369 TAMBIEN LLAMADA WILCOXIA SCHMOLLII .

=370 TAMBIEN MENCIONADA EN EL GENERO NEOLLOYDIA .

=371 TAMBIEN LLAMADA SOLISIA PECTINATA .

=372 TAMBIEN LLAMADA LOBEIRA MACDOUGALLII .

=373 TAMBIEN MENCIONADA EN EL GENERO NEOLLOYDIA .

=374 TAMBIEN LLAMADA SAUSSUREA LAPPA .

=375 TAMBIEN LLAMADA ENGELHARDIA PTEROCARPA .

=376 INCLUYE LAS FAMILIAS APOSTASIACEAE Y CYPRIPEDIACEAE COMO LAS SUBFAMILIAS APOSTASIOIDEAE Y CYPRIPEDIOIDEAE .

=377 TAMBIEN LLAMADA LYCASTE VIRGINALIS VAR. ALBA .

=378 TAMBIEN LLAMADA SARRACENIA RUBRA ALABAMENSIS .

=379 TAMBIEN LLAMADA SARRACENIA RUBRA JONESII .

=380 INCLUYE EL SINONIMO STANGERIA PARADOXA .

=381 INCLUYE EL SINONIMO WELWITSCHIA BAINESII .

10. EL SIMBOLO ( ) SEGUIDO DE UN NUMERO COLOCADO JUNTO AL NOMBRE DE UNA ESPECIE O DE UN TAXON SUPERIOR DEBE SER INTERPRETADO COMO SIGUE:

501 CON EL EXCLUSIVO PROPOSITO DE PERMITIR EL COMERCIO INTERNACIONAL DE TELAS FABRICADAS CON LANA DE VICUÑA ESQUILADA DE ANIMALES VIVOS, PROVENIENTES DE LAS POBLACIONES INCLUIDAS EN EL APENDICE II (VER +209), Y DE ARTICULOS DERIVADOS DE LAS MISMAS. EL REVERSO DE LAS TELAS DEBEN LLEVAR EL LOGOTIPO ADOPTADO POR LOS ESTADOS DEL AREA DE DISTRIBUCION DE LA ESPECIE, SIGNATARIOS DEL CONVENIO PARA LA CONSERVACION Y MANEJO DE LA VICUÑA, Y EN LOS ORILLOS LA EXPRESION <VICU ANDES-CHILE> O <VICU ANDES-PERU> DEPENDIENDO DEL PAIS DE ORIGEN.

502 LOS FOSILES NO ESTAN SUJETOS A LAS DISPOSICIONES DE CITES.

11. DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DEL ARTICULO I, PARRAFO B III), DE LA CONVENCION, EL SIGNO () SEGUIDO DE UN NUMERO COLOCADO JUNTO AL NOMBRE DE UNA ESPECIE O DE UN TAXON SUPERIOR INCLUIDO EN EL APENDICE II DESIGNA LAS PARTES O DERIVADOS PROVENIENTES DE ESA ESPECIE O DE ESE TAXON Y SE INDICAN COMO SIGUE PARA LOS FINES DE LA CONVENCION:

1 DESIGNA TODAS LAS PARTES Y DERIVADOS, EXCEPTO:

A) LAS SEMILLAS, LAS ESPORAS Y EL POLEN (INCLUSO LAS POLINIAS); Y

B) LOS CULTIVOS DE TEJIDO Y LOS CULTIVOS DE PLANTULAS EN FRANCOS.

2 DESIGNA TODAS LAS PARTES Y DERIVADOS, EXCEPTO:

A) LAS SEMILLAS Y EL POLEN;

B) LOS CULTIVOS DE TEJIDO Y LOS CULTIVOS DE PLANTULAS EN FRASCOS; Y

C) LOS DERIVADOS QUIMICOS.

3 DESIGNA LAS RAICES Y A SUS PARTES FACILMENTE INDENTIFICABLES.

4 DESIGNA TODAS PARTES Y DERIVADOS, EXCEPTO:

A) LAS SEMILLAS Y EL POLEN;

B) LOS CULTIVOS DE TEJIDO Y LOS CULTIVOS DE PLANTULAS EN FRASCOS;

C) LOS FRUTOS, Y SUS PARTES Y DERIVADOS, DE EJEMPLARES ACLIMATADOS O REPRODUCIDOS ARTIFICIALMENTE, Y

D) LOS ELEMENTOS DEL TALLO (RAMIFICACIONES), Y SUS PARTES Y DERIVADOS, DE OPUNTIA SUBGENERO OPUNTIA SPP. ACLIMATADAS O REPRODUCIDAS ARTIFICIALMENTE.

5 DESIGNA TODAS LAS PARTES Y DERIVADOS, EXCEPTO:

A) LAS SEMILLAS Y EL POLEN;

B) LOS CULTIVOS DE TEJIDO Y LOS CULTIVOS DE PLANTULAS EN FRASCOS, Y

C) LAS HOJAS SUELTAS, Y SUS PARTES Y DERIVADOS, DE ALOE VERA ACLIMATADAS O REPRODUCIDAS ARTIFICIALMENTE.

6 DESIGNA TODAS LAS PARTES Y DERIVADOS, EXCEPTO:

A) LAS SEMILLAS Y EL POLEN (INCLUSO LAS POLINIAS);

B) LOS CULTIVOS DE TEJIDO Y LOS CULTIVOS DE PLANTULAS EN FRASCOS;

C) LAS FLORES CORTADAS DE EJEMPLARES REPRODUCIDOS ARTIFICIALMENTE, Y

D) LOS FRUTOS, Y SUS PARTES Y DERIVADOS, DE VANILLA SPP.

REPRODUCIDAS ARTIFICIALMENTE.

12. AL NO ANOTARSE NINGUNA DE LAS ESPECIES O TAXA SUPERIORES DE FLORA EN EL APENDICE I, SIGNIFICA QUE LOS HIBRIDOS REPRODUCIDOS ARTIFICIALMENTE DE UNA O MAS DE ESTAS ESPECIES O TAXA PUEDEN SER COMERCIALIZADOS CON UN CERTIFICADO DE REPRODUCCION ARTIFICIAL, DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCION CONF. 6.19, PARRAFO A), ADOPTADA EN LA SEXTA REUNION DE LA CONFERENCIA DE LAS PARTES. (ANEXOS OMITIDOS).

LO QUE SE HACE PUBLICO PARA CONOCIMIENTO GENERAL.

MADRID, 14 DE ENERO DE 1991. EL SECRETARIO GENERAL TECNICO, JAVIER JIMENEZ-UGARTE HERNANDEZ.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 14/01/1991
  • Fecha de publicación: 18/01/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 18/01/1990
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 14 de enero de 1991.
Referencias anteriores
  • ENMIENDAS a los apéndices I, II y III del Convenio de 3 de marzo de 1973 (Ref. BOE-A-1986-20403).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Animales
  • Aves
  • Comercio exterior
  • Exportaciones
  • Fauna
  • Flora
  • Plantas

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