EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 26 DE MARZO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 701/1990, PLANTEADA POR EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 1 DE VALLS, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL PENULTIMO PARRAFO (INCISO FINAL EXCLUIDO) DEL ARTICULO 1.435 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 26 DE MARZO DE 1990. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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