EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 12 DE MARZO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 41/1990, PLANTEADA POR EL QUE FUE JUZGADO DE DISTRITO DE RENTERIA, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ARTICULOS 14 Y 15 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL, POR PODER VULNERAR LOS ARTICULOS 119, 24, 14 Y 39 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 12 DE MARZO DE 1990. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.
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