EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 12 DE FEBRERO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 186/1990, PROMOVIDA POR EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 6 DE VALENCIA, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 9.1, C), DEL DECRETO-LEY 18/1964, DE 3 DE OCTUBRE, DE ORGANIZACION DEL FONDO NACIONAL DE GARANTIA DE RIESGOS DE LA CIRCULACION, Y DEL ARTICULO 41.3, DEL REAL DECRETO 731/1987, DE 15 DE MAYO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, POR PODER SER CONTRARIOS AL ARTICULO 14 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 12 DE FEBRERO DE 1990. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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