POR ORDEN DE 13 DE ENERO DE 1988 FUE MODIFICADA LA INSTRUCCION COMPLEMENTARIA DEL REGLAMENTO ELECTROTECNICO PARA BAJA TENSION MI BT 026, INCORPORANDO LAS PRESCRIPCIONES DE LAS DIRECTIVAS 76/117/CEE, 79/196/CEE Y 84/47/CEE, RELATIVAS A LA APROXIMACION DE LAS LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS MIEMBROS SOBRE EL MATERIAL ELECTRICO UTILIZABLE EN ATMOSFERA POTENCIALMENTE EXPLOSIVA.
LA DIRECTIVA DE LA COMISION 88/571/CEE, DE 10 DE NOVIEMBRE DE 1988 (<DIARIO OFICIAL DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS> NUMERO L 311/46, DE 17 DE NOVIEMBRE), ADAPTA AL PROGRESO TECNICO LA DIRECTIVA 79/196/CEE RELATIVA A LA APROXIMACION DE LAS LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS MIEMBROS SOBRE EL MATERIAL ELECTRICO UTILIZABLE EN ATMOSFERA POTENCIALMENTE EXPLOSIVA, DOTADO DE DETERMINADOS SISTEMAS DE PROTECCION, MODIFICADA POR LA DIRECTIVA 84/47/CEE.
POR LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION (AENOR) SE HAN EDITADO NUEVAS NORMAS UNE REFERENTES A LOS MODOS DE PROTECCION DEL MATERIAL, EN CORRESPONDENCIA CON LAS EUROPEAS.
SE HACE NECESARIO, POR CONSIGUIENTE, ACTUALIZAR LA INSTRUCCION MI BT 026, INCLUYENDO LAS REFERENCIAS DE LAS NUEVAS NORMAS UNE Y DE LAS ENMIENDAS REALIZADAS A LAS NORMAS EUROPEAS, Y ESTABLECIENDO UN NUEVO PLAZO DE VALIDEZ PARA LOS CERTIFICADOS DE PRODUCTOS EMITIDOS EN BASE A LAS VERSIONES ANTERIORES DE ESTAS ULTIMAS.
EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO. SE MODIFICA EL APARTADO 4, A), DE LA INSTRUCCION COMPLEMENTARIA MI BT 026 DEL REGLAMENTO ELECTROTECNICO PARA BAJA TENSION, RELATIVO A LOS MODOS DE PROTECCION RESPALDADOS POR CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD, QUE QUEDARA REDACTADO COMO SIGUE:
<4. MODOS DE PROTECCION.
CONTRA EL RIESGO DE EXPLOSION O INFLAMACION QUE SUPONEN LOS MATERIALES ELECTRICOS PODRAN APLICARSE LOS SIGUIENTES MODOS DE PROTECCION:
A) RESPALDADOS POR CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD (VEASE APARTADO 4.2):
INMERSION EN ACEITE ''O'': NORMAS UNE 20326-70 Y UNE 21-815-89 Y ALTERNATIVAMENTE EN 50015, PRIMERA EDICION DE MARZO DE 1977, CON ENMIENDA DE JULIO DE 1979, O CEI 79-6, PRIMERA EDICION DE 1968.
SOBREPRESION INTERNA ''P'': NORMAS UNE 20319-78 1R Y UNE 21-816-89 Y ALTERNATIVAMENTE EN 50016, PRIMERA EDICION DE MARZO DE 1977, CON ENMIENDA DE JULIO DE 1979, O CEI 79-2, TERCERA EDICION DE 1983.
RELLENO PULVERULENTO ''Q'': NORMAS UNE 20321-71 Y UNE 21-817-89 Y ALTERNATIVAMENTE EN 50017, PRIMERA EDICION DE MARZO DE 1977, CON ENMIENDA DE JULIO DE 1979, O CEI 79-5, PRIMERA EDICION DE 1967, CON COMPLEMENTO DE 1969.
ENVOLVENTE ANTIDEFLAGRANTE ''D'':
NORMAS UNE 20320-80 Y UNE 21-818-89 Y ALTERNATIVAMENTE EN 50018, PRIMERA EDICION DE MARZO DE 1977, CON ENMIENDAS DE JULIO DE 1979, DICIEMBRE DE 1982 Y NOVIEMBRE DE 1985, O CEI 79-1, SEGUNDA EDICION DE 1971, CON ENMIENDA DE SEPTIEMBRE DE 1979.
SEGURIDAD AUMENTADA ''E'': NORMA UNE 20328-72 Y ALTERNATIVAMENTE EN 50019, PRIMERA EDICION DE MARZO DE 1977, CON ENMIENDAS DE JULIO DE 1979, SEPTIEMBRE DE 1983 Y DICIEMBRE DE 1985, O CEI 79-7, PRIMERA EDICION DE 1969.
SEGURIDAD INTRINSEC ''I'': NORMA UNE 21-820-89 Y ALTERNATIVAMENTE EN 50020, PRIMERA EDICION DE MARZO DE 1977, CON ENMIENDAS DE JULIO DE 1979 Y DICIEMBRE DE 1985, O CEI 79-11, SEGUNDA EDICION DE 1984.
ENCAPSULADO ''M'': NORMA EN 50028, PRIMERA EDICION DE DE FEBRERO DE 1987.
TODAS LAS NORMAS UNE Y CEI CITADAS ESTARAN COMPLEMENTADAS, EN LAS CONDICIONES QUE EN ELLAS SE ESPECIFICAN, POR UNE 20318-69 Y CEI 79-0, SEGUN EDICION DE 1983, RESPECTIVAMENTE.
TODAS LAS NORMAS EN ANTERIORMENTE CITADAS ESTARAN COMPLEMENTADAS, EN LAS CONDICIONES QUE EN ELLAS SE ESPECIFICAN, POR EN 50014, PRIMERA EDICION DE MARZO DE 1977, CON SUS ENMIENDAS DE JULIO DE 1979, JUNIO DE 1982, DICIEMBRE DE 1982 Y FEBRERO DE 1986.
HASTA EL 1 DE ENERO DE 2005 SE PODRAN APLICAR LAS NORMAS EN 50014 A 50020, EN SU PRIMERA EDICION DE MARZO DE 1977, SIEMPRE Y CUANDO EL CERTIFICADO DE CONFORMIDAD SE HAYA EMITIDO ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1987.
HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 SE PODRAN APLICAR LAS NORMAS
EN 50014 A 50020, A QUE SE REFIERE EL PARRAFO ANTERIOR, CON SUS ENMIENDAS REALIZADAS HASTA EL AÑO 1983, SIEMPRE Y CUANDO EL CERTIFICADO DE CONFORMIDAD SE HAYA EMITIDO ANTES DEL 1 DE ENERO DE 1993.>
LOS SUBAPARTADOS 4 B), 4.1, 4.2 Y 4.3 MANTIENEN SU REDACCION.
SEGUNDO. EL ANEXO 2 A LA ORDEN DE 13 DE ENERO DE 1988 SE SUSTITUYE POR EL ANEXO DE LA PRESENTE ORDEN.
TERCERO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 26 DE ENERO DE 1990.
ARANZADI MARTINEZ
ILMA. SRA. DIRECTORA GENERAL DE POLITICA TECNOLOGICA.
(ANEXO OMITIDO)
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