EL REAL DECRETO 236/1988, DE 4 DE MARZO, SOBRE INDEMNIZACIONES POR RAZON DEL SERVICIO EN EL ARTICULO 4.
1 ATRIBUYE A LA AUTORIDAD SUPERIOR DE LOS ORGANISMOS AUTONOMOS LA FACULTAD PARA DESIGNAR LAS COMISIONES DE SERVICIO CON DERECHO A INDEMNIZACION.
RAZONES DE EFICACIA Y AGILIDAD HACEN ACONSEJABLE DELEGAR, CON LOS LIMITES QUE SE SEÑALAN, LA CITADA COMPETENCIA. POR TODO ELLO, ESTA PRESIDENCIA DISPONE:
PRIMERO. SE DELEGAN EN LOS DELEGADOS PROVINCIALES Y LOCALES DE ESTADISTICA LA FACULTAD PARA DESIGNAR LAS COMISIONES DE SERVICIO CON DERECHO A INDEMNIZACION QUE FUERAN NECESARIAS PARA EL FUNCIONAMIENTO ORDINARIO DE LA RESPECTIVA UNIDAD PERIFERICA, CON LOS LIMITES PRESUPUESTARIOS QUE A CADA UNIDAD SE ASIGNE.
SEGUNDO. LA PRESENTE DELEGACION SE ENTIENDE SIN PERJUICIO DE QUE, EN CUALQUIER MOMENTO, ESTA PRESIDENCIA PUEDA RECABAR EL CONOCIMIENTO Y RESOLUCION DE CUANTOS ASUNTOS CONSIDERE OPORTUNOS.
TERCERO. SIEMPRE QUE SE HAGA USO DE LA PRESENTE DELEGACION DEBERA HACERSE CONSTAR ASI EN LA RESOLUCION CORRESPONDIENTE.
MADRID, 26 DE JULIO DE 1990.
EL PRESIDENTE, JOSE QUEVEDO QUEVEDO.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid