Está Vd. en

Documento BOE-A-1990-18520

Ley 6/1990, de 6 de junio, de modificación de la Ley 12/1988, de 17 de noviembre, de Campos de Golf.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 1990, páginas 22619 a 22619 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Referencia:
BOE-A-1990-18520
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ib/l/1990/06/06/6

TEXTO ORIGINAL

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA

DE LA ISLAS BALEARES

SEA NOTORIO A TODOS LOS CIUDADANOS QUE EL PARLAMENTO DE LAS ISLAS BALEARES HA APROBADO Y YO, EN NOMBRE DEL REY, Y DE ACUERDO CON LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 27.2 DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA, TENGO A BIEN PROMULGAR LA SIGUIENTE LEY.

EXPOSICION DE MOTIVOS

EL ARTICULO 5 DE LA LEY 12/1988, SOBRE CAMPOS DE GOLF, ESTABLECE LAS NECESARIAS LIMITACIONES A LA UBICACION DE DICHAS INSTALACIONES EN ORDEN A LA PRESERVACION DE NUESTROS ESPACIOS NATURALES.

DICHA PRESERVACION ESTA ENCOMENDADA, EN GENERAL, A DIVERSAS FIGURAS LEGALES O DE PLANEAMIENTO QUE PUEDEN DIFERIR NO SOLO EN EL RANGO, SINO EN EL CONTENIDO DE LA PROPIA PROTECCION, QUE DEBE SER ACORDE PRECISAMENTE CON LOS OBJETIVOS QUE SE PRETENDEN Y QUE PUEDEN SER DISTINTOS EN CADA UNO DE LOS ESPACIOS NATURALES. ASI, VEMOS QUE EN EL INVENTARIO ABIERTO DE ICONA, QUE JUNTO CON EL ESTUDIO DEL INESE SIRVIO DE BASE A LA <PROPUESTA DE ACTUACION RELATIVA A LAS AREAS NATURALES DE BALEARES> FORMULADA POR EL GOVERN DE LA COMUNIDAD AUTONOMA ACTUALMENTE EN ESTUDIO POR EL PARLAMENTO, SE INCLUYEN TANTO ESPACIOS SINGULARES DE ALCANCE TERRITORIAL LIMITADO COMO ESPACIOS COMPLEJOS SIERRA DE TRAMONTANA, EN MALLORCA, Y ELS AMUNTS, EN EIVISSA, CUYA PROTECCION NO PUEDE PASAR POR UNA LIMITACION ABSOLUTA DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA, YA QUE EN ELLOS SE ENGLOBAN MUNICIPIOS COMPLETOS. CONSECUENTEMENTE, PARECE PROCEDENTE ADECUAR LAS DETERMINACIONES QUE REGULAN LA PROTECCION A LOS OBJETIVOS CONCRETOS QUE CON ELLO SE PERSIGUEN, OBVIANDO GENERALIZACIONES NO PRETENDIDAS EN LA DEFINICION DE LAS FORMULAS GENERICAS DE PLANEAMIENTO UTILIZADAS PARA LA PROTECCION.

ARTICULO 1. EL ARTICULO 5 DE LA LEY 12/1988, DE 17 DE NOVIEMBRE, DE CAMPOS DE GOLF, TENDRA LA SIGUIENTE REDACCION:

<1. NO PODRAN PROMOVERSE LA CONSTRUCCION DE CAMPOS DE GOLF EN AQUELLAS ZONAS DONDE LAS FORMULAS LEGALES DE PROTECCION O EL PLANEAMIENTO TERRITORIAL O URBANISTICO DE CUALQUIER CLASE NO LO PERMITAN.

2. EN LAS AREAS CLASIFICADAS COMO PARAJES PRESERVADOS O CON GRADO DE PROTECCION SIMILAR, UNICAMENTE SE PERMITIRA LA CONSTRUCCION DEL CAMPO, Y EN NINGUN CASO DE LA OFERTA COMPLEMENTARIA.

3. EN EL CASO DE TALA, INCENDIO O DESTRUCCION DE LA ZONA FORESTAL, EL TITULAR O TITULARES DE LA EXPLOTACION ESTARAN OBLIGADOS A SU RECUPERACION Y REFORESTACION.>

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA. QUEDAN DEROGADAS TODAS LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS QUE SE OPONGAN A LO QUE SE DISPONE EN ESTA LEY.

SEGUNDA. SE FACULTA AL GOVERN PARA QUE DICTE LAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS QUE CONSIDERE OPORTUNAS PARA DESARROLLAR ESTA LEY.

TERCERA. ESTA LEY ENTRARA EN VIGOR A LOS VEINTE DIAS DE HABERSE PUBLICADO EN EL <BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES>.

POR TANTO, ORDENO A TODOS LOS CIUDADANOS GUARDEN ESTE LEY Y QUE LOS TRIBUNALES Y LAS AUTORIDADES A LOS QUE CORRESPONDA LA HAGAN GUARDAR.

PALMA DE MALLORCA, 6 DE JUNIO DE 1990.

JERONIMO SAIZ GOMILA,

CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS Y ORDENACION DEL TERRITORIO

GABRIEL CAÑELLAS FONS,

PRESIDENTE

(PUBLICADA EN EL <BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES> NUMERO 78, DE 28 DE JUNIO DE 1990.)

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 06/06/1990
  • Fecha de publicación: 02/08/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 18/07/1990
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Ley 4/2008, de 14 de mayo, (Ref. BOE-A-2008-9686).
  • Publicada en el BOIB núm. 78, de 28 de junio de 1990.
  • Fecha de derogación: 18/05/2008
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 5 de la Ley 12/1988, de 17 de noviembre (Ref. BOE-A-1988-29379).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 27.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero (Ref. BOE-A-1983-6316).
Materias
  • Baleares
  • Comunidades Autónomas
  • Deporte
  • Golf
  • Instalaciones deportivas
  • Suelo
  • Urbanismo

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid