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Documento BOE-A-1990-15275

Corrección de errores a la Resolución de 17 de abril de 1990, de la Dirección General de Medios de Comunicación Social, por la que se hacen públicas las normas de admisión de publicidad, aprobadas por el Consejo de Administración del Ente público Radio-Televisión Española.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 29 de junio de 1990, páginas 18556 a 18556 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1990-15275
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1990/04/17/(1)/corrigendum/19900629

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de 17 de abril de 1990, de la Dirección General de Medios de Comunicación Social, por la que se hacen públicas las normas de admisión de publicidad, aprobadas por el Consejo de Administración del Ente público Radio-Televisión Española, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 95, de 20 de abril de 1990, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

l. En el párrafo último del preámbulo, línea 4, donde dice:

«Directiva del Consejo de las Comisiones Europeas, de 3 de abril de 1989», debe decir: "Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas, de 3 de octubre de 1989".

2. En la norma séptima, relativa a uso correcto del lenguaje, párrafo primero, línea 4, donde dice: «... puedan atentar contra el mal gusto ...», debe decir: «... puedan atentar contra el buen gusto ...».

3. En la norma octava, relativa a ofertas de regalos, premios y otros incentivos, línea última, donde dice: «deberán ser aprobadas», debe decir: «deberán ser probadas».

4. En la norma décima, relativa a la mención de distinciones y términos relevantes, línea 6, donde dice: «cuando se analicen términos...», debe decir: "cuando se utilicen términos".

5. En la norma undécima, sobre referencias a programas de televisión, linea 8, donde dice: «que inmediatamente procedan...», debe decir: «que inmediatamente precedan...».

6. En la norma décimoctava, relativa a publicidad financiera y de seguros, línea segunda, donde dice: ". .. y actividades financieras e inversiones a regulación especial. ..», debe decir: "... y actividades financieras e inversiones sometidas a regulación especial...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 29/06/1990
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Resolución de 22 de enero de 2001 (Ref. BOE-A-2001-1665).
  • Fecha de derogación: 13/02/2001
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 17 de abril de 1990 (Ref. BOE-A-1990-9253).
Materias
  • Publicidad
  • Radiotelevisión Española
  • Televisión

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