ILUSTRISIMOS SEÑORES:
POR ORDEN DE 21 DE JUNIO DE 1965 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 17 DE SEPTIEMBRE) SE APROBO LA INSTRUCCION DE CARRETERAS 5.1-IC <DRENAJE>. A LA VISTA DE LOS AVANCES TECNICOS HABIDOS EN ESTE CAMPO DE LA TECNICA VIAL DURANTE EL TIEMPO TRANSCURRIDO, LA DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS HA PROCEDIDO A LA REVISION DEL TEXTO DE DICHA INSTRUCCION, EN LO RELATIVO AL DRENAJE SUPERFICIAL DE LAS CARRETERAS, LA CUAL HA RECIBIDO LA DENOMINACION DE INSTRUCCION DE CARRETERAS 5.2-IC <DRENAJE SUPERFICIAL>.
LA PARTE DE LA INSTRUCCION 5.1-IC, RELATIVA AL DRENAJE PROFUNDO DE LAS CARRETERAS SE ENCUENTRA ACTUALMENTE EN FASE DE ESTUDIO, POR LO QUE SU REGULACION NO ES OBJETO DE LA PRESENTE DISPOSICION.
EN VIRTUD DE CUANTO ANTECEDE, DISPONGO:
PRIMERO. SE APRUEBA LA INSTRUCCION DE CARRETERAS 5.2.-IC <DRENAJE SUPERFICIAL>, EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS EN EL ANEXO A LA PRESENTE ORDEN.
SEGUNDO. LA INSTRUCCION QUE SE APRUEBA SE TENDRA EN CUENTA EN LOS ESTUDIOS Y PROYECTOS DE CARRETERAS QUE SE REDACTEN A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA PRESENTE DISPOSICION. LAS OBRAS DE CARRETERAS EN FASE DE REALIZACION A LA CITADA ENTRADA EN VIGOR SE SEGUIRAN RIGIENDO, EN LO RELATIVO A DRENAJE SUPERFICIAL, POR LO ESTABLECIDO AL EFECTO EN LA INSTRUCCION 5.1-IC <DRENAJE> APROBADA POR ORDEN DE 21 DE JUNIO DE 1965.
TERCERO. SIN PERJUICIO DE LO DISPUESTO EN EL APARTADO SEGUNDO DE ESTA ORDEN, QUEDAN DEROGADOS LOS EPIGRAFES Y FIGURAS RELATIVOS A DRENAJE SUPERFICIAL DE LA INSTRUCCION 5.1.-IC <DRENAJE>, APROBADA POR ORDEN
DE 21 DE JUNIO DE 1965, Y CUANTAS DISPOSICIONES DE IGUAL O INFERIOR RANGO SE OPONGAN A LO ESTABLECIDO EN LA PRESENTE ORDEN.
CUARTO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
LO QUE COMUNICO A VV. II. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 14 DE MAYO DE 1990.
SAENZ COSCULLUELA
ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO Y DIRECTOR GENERAL DE CARRETERAS.
(ANEXO OMITIDO)
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