EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 23 DE ABRIL ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NUMERO 902/1990, PROMOVIDO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DE LAS ISLAS BALEARES EN RELACION CON LOS ARTICULOS 41, 42, 43, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51.2, 51.4, 52.2, 52.3, 52.4, 56, 57, 58.1, 58.3, 64.3, 64.4, 65, 67, 68, 71, 72, 73, 74, 81, 103, 104, 105, 106, 107, 109.1, 109.2, 111, 112, 114.2, 203.1.B), 203.1.C), 203.1.D), 203.1.F), 203.1.H), 205.1.A), 205.1.B), 205.1.C), 205.1.D), 205.2, 208, 211 Y LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS SEPTIMA, OCTAVA, NOVENA, DECIMA, UNDECIMA, DECIMOTERCERA, PUNTO 1, APARTADO C), Y DECIMOCUARTA, APARTADO 1; DEL REGLAMENTO GENERAL PARA EL DESARROLLO Y EJECUCION DE LA LEY 22/1988, DE 28 DE JULIO, DE COSTAS, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1471/1989, DE 1 DE DICIEMBRE.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 23 DE ABRIL DE 1990. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.
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