EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 17 DE ABRIL ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 570/1989, PROMOVIDA POR LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ARTICULOS 57, PARRAFO SEGUNDO, Y 60, C), DE LA LEY DE 20 DE FEBRERO DE 1942, POR LA QUE SE REGULA EL FOMENTO Y CONSERVACION DE LA PESCA FLUVIAL, POR PODER VULNERAR LOS ARTICULOS 9.3, 25.1, 25.3, 1 Y 10 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 17 DE ABRIL DE 1989. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.
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