Advertidos errores en el texto de la Orden de 21 de enero de 1989 sobre contabilidad y seguimiento presupuestarios de la Seguridad Social,publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 34 de 9 de febrero de 1989, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el artículo 2.°, apartado 2.2.1, donde dice: «... y corresponda al Presupuesto aprobado», debe decir: «... y corresponde al Presupuesto aprobado.».
En el, artículo 11, punto 11.3, donde dice: «... a la aprobación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ...», debe decir: «... a la aprobación del Ministro de Trabajo y Seguridad Social ...».
En el artículo 11, penúltimo párrafo del punto 11.12.2, donde empieza: «Asimismo, podrán transmitirse ...», debe decir. «Asimismo podrán tramitarse ...».
En el artículo 12, punto 12.7, segundo párrafo, donde dice: «... partidas económicas del Presupuesto a que afecta el importe ...», debe decir: «... partidas económicas del Presupuesto a que afecta e importe ...».
En el artículo 12, último párrafo del punto 12.9, donde dice: «.... atender obligaciones reglamentarias reconocidas ...», debe decir: «... atender obligaciones reglamentariamente reconocidas ...».
En el artículo 12, punto 12.12, donde dice: «... pueda demorarse y hasta el ejercicio siguiente ...», debe decir:«... pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente ...».
En el mismo artículo, en el siguiente párrafo, donde dice: «... propuesta razonada de créditos extraordinarios ...», debe decir: «... propuesta razonada de crédito extraordinario ...».
En el artículo 13, punto 13.1.9, que comienza: «No obstante lo expresado ...», debe comenzar: «No obstante lo expuesto ...»
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