El Tribunal Constitucional, por auto de 8 de febrero actual, ha acordado tener por desistida a la Junta de Galicia de la prosecución del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la totalidad y subsidiariamente contra determinados preceptos de la Ley 38/1984, de 6 de noviembre, sobre inspección, control y régimen sancionador de los transportes mecánicos por carretera, cuyo recurso se ha tramitado bajo el número 101/85.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 8 de febrero de 1989.-El Presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Tomás y Valienu.-Firmado y rubricado.
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