El Tribunal Constitucional, por auto de 8 de febrero actual, ha acordado tener por desistido al Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña, del conflicto positivo de competencia número 683/88, promovido por dicho Consejo frente al Gobierno de la Nación, en relación con el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 50/1985, de incentivos regionales para la corrección de los desequilibrios económicos interterritonales y en concreto los artículos 3.°3, 5.°l, 18 y 21.1 y 2, en conexión con estos dos últimos preceptos los artículos 19, 20 y 26.1; 23.1 y 3; 29.2; 30.2; 32.1, y 34.2 y 3.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 8 de febrero de 1989.-El Presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Tomás y Valiente.-Firmado y rubricado.
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