Está Vd. en

Documento BOE-A-1989-30336

Orden de 21 de diciembre de 1989 sobre pase a la reserva de Objetores de Conciencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 26 de diciembre de 1989, páginas 39990 a 39990 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1989-30336
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1989/12/21/(2)

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 1442/1989, DE 1 DE DICIEMBRE, HA ADICIONADO UNA DISPOSICION TRANSITORIA AL REAL DECRETO 20/1988, DE 15 DE ENERO, APROBATORIO DEL REGLAMENTO DE LA PRESTACION SOCIAL DE LOS OBJETORES DE CONCIENCIA, Y HA ESTABLECIDO, EN CONSIDERACION A SU SINGULAR SITUACION, EL PASE DIRECTO A LA RESERVA DE DETERMINADOS OBJETORES DE CONCIENCIA QUE SOLICITARON SU RECONOCIMIENTO CON ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGOR DEL REGLAMENTO DE LA PRESTACION SOCIAL.

CON EL FIN DE INSTRUMENTAR EL PASE A LA RESERVA DE LOS OBJETORES DE CONCIENCIA AFECTADOS, Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE ME CONCEDE LA DISPOSICION FINAL TERCERA DEL REAL DECRETO 20/1988, DE 15 DE ENERO, HE TENIDO A BIEN DISPONER:

ARTICULO 1. ACTUACION DE OFICIO.

1. LA OFICINA PARA LA PRESTACION SOCIAL DE LOS OBJETORES DE CONCIENCIA ACORDARA DE OFICIO EL PASE A LA RESERVA DE LOS OBJETORES DE CONCIENCIA QUE HAYAN NACIDO EL 31 DE DICIEMBRE DE 1968, INCLUSIVE, Y SE ENCUENTREN EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS SIGUIENTES:

PRIMERO. HABER SIDO LEGALMENTE RECONOCIDOS CON ANTERIORIDAD AL DIA 10 DE FEBRERO DE 1988.

SEGUNDO. HABER SIDO LEGALMENTE RECONOCIDOS A PARTIR DEL DIA 10 DE FEBRERO DE 1988, CUANDO CONSTE A LA OFICINA SER ANTERIOR A ESE DIA LA FECHA OFICIAL DE PRESENTACION DE LA SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO.

2. LAS RESOLUCIONES DE OFICIO EN ORDEN AL PASE DIRECTO A LA RESERVA SE ADOPTARAN Y COMUNICARAN CON ANTERIORIDAD AL 31 DE MARZO DE 1990.

ART. 2. ACTUACION A SOLICITUD DE LOS INTERESADOS.

ULTIMADO EL ANTERIOR PROCESO DE OFICIO, LA OFICINA PARA LA PRESTACION SOCIAL DE LOS OBJETORES DE CONCIENCIA ACORDARA A SOLICITUD DE LOS INTERESADOS EL PASE A LA RESERVA DE AQUELLOS OBJETORES LEGALMENTE RECONOCIDOS QUE HAYAN NACIDO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1968, INCLUSIVE, Y QUE ACREDITEN ESTAR EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS SIGUIENTES:

PRIMERO. HABER SOLICITADO EN SU DIA PRORROGA MILITAR DE CUARTA CLASE, CASO A) (POR RAZON DE OBJECION DE CONCIENCIA), AL AMPARO DEL REAL DECRETO 3011/1976, DE 23 DE DICIEMBRE, SOBRE LA OBJECION DE CONCIENCIA DE CARACTER RELIGIOSO AL SERVICIO MILITAR.

SEGUNDO. ENCONTRARSE EN SU DIA COMO MOZOS, RECLUTAS, SOLDADOS O MARINEROS, EN INCORPORACION APLAZADA O LICENCIA TEMPORAL EN ESPERA DE LEGALIZAR SU SITUACION POR HABER ALEGADO OBJECION DE CONCIENCIA.

TERCERO. HABER PRESENTADO SU SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO AL CONSEJO NACIONAL DE OBJECION DE CONCIENCIA CON ANTERIORIDAD AL 10 DE FEBRERO DE 1988.

DISPOSICION FINAL

LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y DEMAS EFECTOS.

MADRID, 21 DE DICIEMBRE DE 1989,

MUGICA HERZOG

ILMO.

SR. SUBSECRETARIO DE JUSTICIA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 21/12/1989
  • Fecha de publicación: 26/12/1989
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final tercera del Real Decreto 20/1988, de 15 de enero (Ref. BOE-A-1988-1267).
  • CITA:
Materias
  • Objetores de conciencia
  • Servicio Militar

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid