El Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de noviembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2.010/1989, promovida por el Juzgado de Distrito número 14 de Madrid por supuesta inconstitucionalidad del artículo 57 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, cuyo texto refundido fue aprobado por el decreto 4104/1964, de 24 de diciembre, por poder ser contrario a los artículos 14 y 33 de la Constitución.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 13 de noviembre de 1989. -El Secretario de Justicia.
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