Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 153, de fecha 28 de junio de 1989, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 20164, donde dice: «... Consejos Nacionales de Especialidades Médicas y de Especialidades Farmacéuticas...», debe decir «... Consejos Nacionales de Especialidades Médicas y de Especializaciones Farmacéuticas...».
En la página 20166, segunda columna, apartado 4 del artículo 14, donde dice: «... de las actividades comprendidas en el programa, por lo que se otorgará dispensa...», debe decir: «... de las actividades comprendidas en el programa, por lo que no se otorgará dispensa...».
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