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Documento BOE-A-1989-26733

Real Decreto 1371/1989, de 10 de noviembre, por el que se modifica parcialmente el vigente Arancel de Aduanas en lo referente a los derechos arancelarios aplicables a los magnetrones de la subpartida 8540.41.00.0.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 14 de noviembre de 1989, páginas 35509 a 35509 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1989-26733
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1989/11/10/1371

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1455/1987, de 27 de noviembre, prevé en su artículo 4.° la posibilidad de formular peticiones en materia arancelaria por los Organismos, Entidades o personas interesadas y en defensa de sus legítimos intereses, a tenor de lo previsto en el artículo 8.° de la Ley Arancelaria.

Por otra parte, el Acta de Adhesión de España a las Comunidades Europeas, en los artículos 33 y 40, reconoce la posibilidad de suspender total o parcialmente los derechos de Aduana a las importaciones de dichas Comunidades y también acelerar el proceso de adaptación al Arancel comunitario a un ritmo más rápido que el previsto en el artículo 37 del Acta.

Al amparo de estas disposiciones, se han formulado peticiones para la aplicación de dichos artículos a la importación de determinados tipos de magnetrones. En atención a dichas peticiones y teniendo en cuenta la inexistencia de fabricación nacional de los magnetrones de la subpartida 8540.41.00.0, resulta procedente suspender los derechos aplicables a dichos productos cuando se importen de la CEE y reducirlos al nivel del Arancel Aduanero Común cuando se importen de terceros países.

En su virtud, con el dictamen favorable de la Junta Superior Arancelaria, haciendo uso de la facultad reconocida al Gobierno por el artículo 6.°, 4, de la Ley Arancelaria y vistos los artículos 33 y 40 del Acta de Adhesión, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda y previa aprobación por el Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de noviembre de 1989,

DISPONGO:

Artículo único.

Se modifican los derechos arancelarios aplicables a los productos de la subpartida 8540.41.00.0 del vigente Arancel de Aduanas, en la forma que a continuación se indica:

Código NCE

Designación

de las mercancías

Dchos. Base

Dchos. aplicables

CEE

Terc.

CEE

Terc.

8540.41.00.0

Magnetrones

-

-

0

5,1 %

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 10 de noviembre de 1989.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Economía y Hacienda,

CARLOS SOLCHAGA CATALÁN

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 10/11/1989
  • Fecha de publicación: 14/11/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 15/11/1989
Referencias anteriores
  • MODIFICA parcialmente el Arancel aprobado por Real Decreto 1455/1987, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-1987-26784).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • arts. 33 y 40 del Acta de Adhesión a la CEE, de 12 de junio de 1985 (Ref. BOE-A-1986-1).
    • art. 6.4 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
Materias
  • Aduanas
  • Arancel de Aduanas

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