DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 9 DEL DECRETO-LEY DE 4 DE FEBRERO DE 1964 Y 2.1 DE LA LEY 46/1980, DE 1 DE OCTUBRE, EL COMITE SUPERIOR DE PRECIOS DE CONTRATOS DEL ESTADO HA ELABORADO LOS INDICES DE PRECIOS DE MANO DE OBRA Y LOS DE MATERIALES DE LA CONSTRUCCION APLICABLES A LA REVISION DE PRECIOS DE CONTRATOS DE OBRAS DEL ESTADO CORRESPONDIENTES A LOS MESES DE ABRIL Y MAYO DE 1989, LOS CUALES HAN SIDO PROPUESTOS PARA LOS CITADOS MESES.
APROBADOS LOS REFERIDOS INDICES POR EL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA 1 DE SEPTIEMBRE DE 1989,
ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER SU PUBLICACION EN LA FORMA SIGUIENTE:
INDICE NACIONAL MANO DE OBRA ABRIL 1989: 197,72.
INDICE NACIONAL MANO DE OBRA MAYO 1989: 197,88.
INDICES DE PRECIOS DE MATERIALES DE LA CONSTRUCCION
PENINSULA E ISLAS BALEARES: ABRIL 1989 / MAYO 1989
CEMENTO 1.093,8 / 1.095,3
CERAMICA 900,7 / 904,4
MADERAS 1.077,4 / 1.081,4
ACERO 684,7 / 688,1
ENERGIA 1.030,0 / 1.030,0
COBRE 808,0 / 743,1
ALUMINIO 787,0 / 787,0
LIGANTES 779,6 / 779,6
ISLAS CANARIAS: ABRIL 1989 / MAYO 1989
CEMENTO 861,6 / 861,6
CERAMICA 1.472,0 / 1.473,3
MADERAS 876,4 / 876,4
ACERO 1.023,3 / 1.027,3
ENERGIA 1.262,0 / 1.262,0
COBRE 848,4 / 780,2
ALUMINIO 826,3 / 826,3
LIGANTES 947,8 / 947,8
LO QUE COMUNICO A VV. EE. PARA SU CONOCIMIENTO Y DEMAS EFECTOS.
MADRID, 1 DE SEPTIEMBRE DE 1989.
SOLCHAGA CATALAN
EXCMOS. SRES. ...
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