VISTO LO DISPUESTO EN EL NUMERO 2 DEL ARTICULO 19 DE LA ORDEN DE DELEGACION DE ATRIBUCIONES EN ESTE DEPARTAMENTO, DE 15 DE OCTUBRE DE 1985, MODIFICADA POR LA DE 15 DE JULIO DE 1986, Y ANTE LAS CUESTIONES SURGIDAS EN ORDEN AL ALCANCE DE LA DELEGACION DE COMPETENCIAS QUE DICHO PRECEPTO CONTIENE, SE ESTIMA PROCEDENTE, AL AMPARO DEL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, PRECISAR, COMPLETANDOLO, EL ALCANCE DE DICHA DELEGACION,
EN SU VIRTUD, HE DISPUESTO:
ARTICULO UNICO. SE MODIFICA EL NUMERO 2 DEL ARTICULO 19 DE LA ORDEN DE 15 DE OCTUBRE DE 1985, SOBRE DELEGACION DE ATRIBUCIONES EN EL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, MODIFICADA POR LA DE 15 DE JULIO DE 1986, QUE QUEDA REDACTADO EN LOS SIGUIENTES TERMINOS:
<SE APRUEBA LA DELEGACION DEL DIRECTOR GENERAL DE REGIMEN JURIDICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, EN EL SUBDIRECTOR GENERAL DE ASISTENCIA TECNICO-JURIDICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, DE LA COMPETENCIA PARA LA RESOLUCION EN VIA DE RECURSO DE LOS EXPEDIENTES DE IMPOSICION DE SANCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y DE LOS RELATIVOS A LAS ACTAS DE LIQUIDACION DE LA INSPECCION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL>.
DISPOSICION FINAL
LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
MADRID, 19 DE JULIO DE 1989.
CHAVES GONZALEZ
ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO Y SECRETARIOS GENERALES DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES Y PARA LA SEGURIDAD SOCIAL.
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