EL SISTEMA LEGAL DE UNIDADES DE MEDIDA, ASI COMO LOS PRINCIPIOS Y NORMAS GENERALES A LOS QUE HABRAN DE AJUSTARSE LA ORGANIZACION Y EL REGIMEN JURIDICO DE LA ACTIVIDAD METROLOGICA EN ESPAÑA, VIENEN ESTABLECIDOS EN LA ACTUALIDAD POR LA LEY 3/1985, DE 18 DE MARZO, DE METROLOGIA, UNA DE CUYAS PIEZXAS CLAVES HA SIDO EL ESTABLECIMIENTO DE UN CONTROL METROLOGICO POR PARTE DEL ESTADO, AL QUE DEBERAN SOMETERSE, EN DEFENSA DE LA SEGURIDAD, DE LA PROTECCION DE LA SALUD Y DE LOS INTERESES ECONOMICOS DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS, TODOS LOS INSTRUMENTOS, APARATOS, MEDIOS Y SISTEMAS DE MEDIDA, QUE SIRVAN PARA PESAR, MEDIR O CONTAR, Y QUE HA SIDO DESARROLLADO POR EL REAL DECRETO 1616/1985, DE 11 DE SEPTIEMBRE.
PRODUCIDA LA ADHESION DE ESPAÑA A LAS COMUNIDADES EUROPEAS, POR EL REAL DECRETO LEGISLATIVO 1296/1986, DE 28 DE JUNIO, SE MODIFICA LA LEY DE METROLOGIA PARA ADAPTARLA AL DERECHO DERIVADO COMUNITARIO, ESTABLECIENDOSE, ADEMAS DEL CONTROL DEL ESTADO, UN CONTROL METROLOGICO ESPECIAL, CON EFECTOS EN EL AMBITO DE LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA, DENOMINADO CONTROL METROLOGICO CEE, QUE SERA APLICABLE, SI LOS EQUIPOS DE CONTROL DE QUE SE DISPONE POR EL ESTADO LO PERMITEN, A LOS INSTRUMENTOS DE MEDIDA Y A LOS METODOS DE CONTROL METROLOGICO REGULADOS POR UNA DIRECTIVA ESPECIFICA DE LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA, Y QUE HA SIDO REGLAMENTADO POR EL REAL DECRETO 597/1988, DE 10 DE JUNIO.
ENTRE LAS NORMAS COMUNITARIAS REGULADORAS DE INSTRUMENTOS DE MEDIDA Y METODOS DE CONTROL METROLOGICO, SE ENCUENTRA LA DIRECTIVA 71/318/CEE DE 26 DE JULIO DE 1971, MODIFICADA POR LAS DIRECTIVAS POSTERIORES 74/331/CEE DE 12 DE JUNIO DE 1974, 78/365/CEE DE 31 DE MARZO DE 1978 Y 82/623/CEE DE 1 DE JULIO DE 1982, RELATIVA A LA APROXIMACION DE LAS LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS MIEMBROS SOBRE LOS CONTADORES DE VOLUMEN DE GAS.
LA PRESENTE ORDEN NO TIENE OTRO OBJETO QUE INCORPORAR AL DERECHO INTERNO ESPAÑOL LA DIRECTIVA MENCIONADA, Y SE DICTA EN USO DE LA AUTORIZACION OTORGADA AL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO POR LA DISPOSICION FINAL PRIMERA DEL REAL DECRETO 597/1988, DE 10 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULA EL CONTROL METROLOGICO CEE,
EN SU VIRTUD, DISPONGO:
PRIMERO. LOS CONTADORES DE VOLUMEN DE GAS QUE SE DESCRIBEN EN EL ANEXO DE LA PRESENTE ORDEN SERAN OBJETO DE CONTROL METROLOGICO DE APROBACION DE MODELO Y DE VERIFICACION PRIMITIVA, QUE SE EFECTUARA
DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 597/1988, DE 10 DE
JUNIO, POR EL QUE SE REGULA EL CONTROL METROLOGICO CEE O, EN SU CASO, DE ACUERDO CON LO DETERMINADO EN EL REAL DECRETO 1616/1985, DE 15 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CONTROL METROLOGICO QUE REALIZA LA ADMINISTRACION DEL ESTADO.
SEGUNDO. EL CONTROL METROLOGICO A QUE SE REFIERE EL APARTADO ANTERIOR SE REALIZARA POR EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO, DE ACUERDO CON LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS QUE FIGURAN EN EL MENCIONADO ANEXO.
DISPOSICION FINAL
LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
MADRID, 26 DE DICIEMBRE DE 1988.
SAENZ DE COSCULLUELA
ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL.
ANEXO
ESTE ANEXO ESTABLECE LAS PRESCRIPCIONES TECNICAS DE REALIZACION Y DE FUNCIONAMIENTO QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONTADORES DE VOLUMEN DE GAS PARA PODER SER IMPORTADOS, COMERCIALIZADOS Y PUESTOS EN SERVICIO TRAS HABER PASADO LOS CONTROLES CORRESPONDIENTES Y HABERLES IMPUESTO LAS MARCAS Y SIGNOS PREVISTOS.
CAPITULO PRIMERO
TERMINOLOGIA Y DEFINICIONES
1. CAMPO DE MEDIDA: EL CAMPO DE MEDIDA DE UN CONTADOR ES LA ZONA DE CORRECTO FUNCIONAMIENTO Y ESTA DELIMITADA POR EL CAUDAL MAXIMO Q MAX Y EL CAUDAL MINIMO Q MIN.
2. VOLUMEN CICLICO DE UN CONTADOR VOLUMETRICO V: EL VOLUMEN CICLICO, V, DE UN CONTADOR VOLUMETRICO ES IGUAL AL VOLUMEN DE GAS QUE SE DESPLAZA EN UN CICLO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONTADOR, ES DECIR, EL VOLUMEN CORRESPONDIENTE AL CONJUNTO DE LOS MOVIMIENTOS DE LOS ORGANOS MOVILES DEL CONTADOR, AL FINAL DE LOS CUALES TODOS ESTOS ORGANOS, SALVO EL DISPOSITIVO INDICADOR Y LAS TRANSMISIONES INTERMEDIDAS, VUELVEN, POR PRIMERA VEZ, A LA POSICION INICIAL.
EL VOLUMEN CICLICO SE ESTABLECERA, MEDIANTE CALCULO, MULTIPLICANDO EL VALOR DEL VOLUMEN CORRESPONDIENTE A UNA VUELTA COMPLETA DEL ELEMENTO CONTROLADOR POR LA RELACION DE TRANSMISION DEL DISPOSITIVO MEDIDOR AL DISPOSITIVO INDICADOR.
3. PRESION DE FUNCIONAMIENTO Y PRESION DE REFERENCIA:
3.1 PRESION DE FUNCIONAMIENTO: LA PRESION DE FUNCIONAMIENTO DE UN CONTADOR DE GAS ES LA DIFERENCIA ENTRE LA PRESION DEL GAS A MEDIR A LA ENTRADA DEL CONTADOR Y LA PRESION ATMOSFERICA.
3.2 PRESION DE REFERENCIA: LA PRESION DE REFERENCIA P R DE UN CONTADOR DE GAS ES LA PRESION DEL GAS A LA CUAL SE REFIERE EL VOLUMEN DE GAS MEDIDO.
LA TOMA DE PRESION PARA LA PRESION DE REFERENCIA SE FIJA EN EL CAPITULO IV.
4. PERDIDA DE CARGA: LA PERDIDA DE CARGA DE UN CONTADOR DE GAS ES LA DIFERENCIA ENTRE LAS PRESIONES MEDIDAS A LA ENTRADA Y A LA SALIDA DEL CONTADOR, DURANTE EL FLUJO DEL GAS.
5. CONSTANTE DE LOS DISPOSITIVOS TRANSMISORES DE SALIDA (ARBOLES MOTORES): LA CONSTANTE DE UN ARBOL MOTOR ES EL VALOR DEL VOLUMEN REPRESENTADO POR UNA VUELTA COMPLETA DEL EJE DE DICHO ARBOL; ESTE VALOR SE CALCULA MULTIPLICANDO EL VALOR DEL VOLUMEN CORRESPONDIENTE A UNA VUELTA COMPLETA DEL ELEMENTO CONTROLADOR POR LA RELACION DE TRANSMISION DEL DISPOSITIVO INDICADOR A ESTE EJE.
CAPITULO II
PRESCRIPCIONES GENERALES PARA LOS CONTADORES DE VOLUMEN DE GAS
1. GENERALIDADES: ESTE CAPITULO FIJA LAS PRESCRIPCIONES GENERALES QUE DEBEN SATISFACER LOS CONTADORES DE GAS A LOS QUE SE REFIERE LA PRESENTE DISPOSICION, QUE SON LAS SIGUIENTES:
CONTADORES VOLUMETRICOS:
CONTADORES DE PAREDES DEFORMABLES.
CONTADORES DE PISTONES ROTATIVOS.
CONTADORES NO VOLUMETRICOS:
CONTADORES DE TURBINA.
LOS CAPITULOS III Y IV FIJAN LAS PRESCRIPCIONES PARTICULARES DE LOS MISMOS. 2. CONSTRUCCION:
2.1 MATERIALES: LOS CONTADORES DEBEN FABRICARSE CON MATERIALES SOLIDOS, QUE TENGAN POCAS TENSIONES INTERNAS, QUE SE MODIFIQUEN POCO POR ENVEJECIMIENTO Y QUE SEAN SUFICIENTEMENTE RESISTENTES A LA CORROSION Y A LOS ATAQUES DE LOS DISTINTOS GASES QUE DEBEN ATRAVESARLOS Y DE SUS EVENTUALES CONDENSACIONES.
2.2 ESTANQUIDAD DE LOS CONTADORES: LOS CONTADORES DEBERAN SER ESTANCOS A SU PRESION MAXIMA DE FUNCIONAMIENTO.
2.3 PROTECCION CONTRA MANIPULACIONES EXTERNAS: TODOS AQUELLOS ELEMENTOS O PARTES CUYA MANIPULACION ENTRAÑE LA POSIBILIDAD DE ALTERAR EL BUEN FUNCIONAMIENTO O LA LECTURA DEL CONTADOR DEBERAN PRECINTARSE.
2.4 SENTIDO DEL FLUJO DEL GAS: EN LOS CONTADORES CUYO DISPOSITIVO INDICADOR NO FUNCIONE POSITIVAMENTE NADA MAS QUE PARA UN SOLO SENTIDO DE FLUJO DEL GAS, DICHO SENTIDO SE DEBERA INDICAR CON UNA FLECHA BIEN OSTENSIBLE.
ESTA FLECHA NO SE EXIGIRA SI EL SENTIDO DE FLUJO DEL GAS VIENE IMPUESTO DE FABRICA.
2.5 CUALIDADES METROLOGICAS: A UN CAUDAL IGUAL A Q MAX , UN CONTADOR DEBERA PODER FUNCIONAR EN REGIMEN CONTINUO DURANTE EL TIEMPO QUE SE ESTABLECE EN LOS CAPITULOS III Y IV, SIN QUE LAS MODIFICACIONES DE SUS CUALIDADES METROLOGICAS SOBREPASEN LOS LIMITES FIJADOS EN DICHOS CAPITULOS.
3. DISPOSITIVOS ADICIONALES:
3.1 LOS CONTADORES PUEDEN IR PROVISTOS:
A) DE DISPOSITIVOS DE PREVIO PAGO.
B) DE GENERADORES DE IMPULSOS INCORPORADOS; LA SALIDA DE DICHOS GENERADORES DE IMPULSOS DEBERA LLEVAR INDICADO LA CORRESPONDENCIA VOLUMEN-IMPULSOS, BAJO UNA DE ESTAS FORMAS:
( FORMULAS OMITIDAS )
ESTOS DISPOSITIVOS ADICIONALES SE CONSIDERARAN COMO SI FUESEN PARTE DEL CONTADOR; DEBERAN, POR LO TANTO, ESTAR ACOPLADOS AL CONTADOR EN EL MOMENTO DE LA VERIFICACION PRIMITIVA. SU INFLUENCIA SOBRE LAS PROPIEDADES METROLOGICAS DEL CONTADOR NO ESTARA SUJETA A EXIGENCIAS ESPECIALES.
3.2 LOS CONTADORES DE GAS PODRAN ESTAR PROVISTOS DE ARBOLES MOTORES, ES DECIR, DE MECANISMOS DE SALIDA U OTROS SISTEMAS PARA ACCIONAR LOS DISPOSITIVOS ADICIONALES MOVIBLES. EL PAR DE TORSION QUE EL CONTADOR DEBERA DESARROLLAR PARA PONER EN MOVIMIENTO LOS DISPOSITIVOS ADICIONALES ACOPLADOS NO DEBERA PROVOCAR VARIACIONES EN LA INDICACION DEL CONTADOR SUPERIORES A LOS VALORES SEÑALADOS EN LOS PUNTOS III.5.2.1 Y IV.5.2.1.
3.2.1 CUANDO SOLO EXISTA UN ARBOL MOTOR, DEBERAN INDICARSE LAS CARACTERISTICAS DE ESTE:
EL VALOR DE SU CONSTANTE (C) EN LA FORMA:
(FORMULA OMITIDA)
EL PAR DE TORSION MAXIMO ADMISIBLE:
( FORMULA OMITIDA )
Y SU SENTIDO DE ROTACION.
3.2.2 CUANDO EXISTA MAS DE UN ARBOL MOTOR, CADA UNO DE ELLOS DEBERA IDENTIFICARSE POR LA LETRA M CON UN SUBINDICE <M 1 , M 2 ... M N >,
CON INDICACION DE SU CONSTANTE EN LA FORMA
(FORMULA OMITIDA)
, Y DE SU SENTIDO DE ROTACION.
EN CUANTO A LOS PARES, EN EL CONTADOR, Y PREFERENTEMENTE EN LA PLACA DESCRIPTIVA, FIGURARA LA FORMULA SIGUIENTE:
K 1 M 1 + K 2 M 2 + ... + K N M N <= ANMM.
EN LA QUE A ES EL VALOR NUMERICO DEL PAR DE TORSION MAXIMO ADMISIBLE PARA EL ARBOL MOTOR QUE TENGA LA CONSTANTE MAS ELEVADA, CUANDO SOLO DICHO ARBOL ESTE CARGADO.
ESTE ARBOL SE IDENTIFICARA MEDIANTE LA DESIGNACION M 1
K 1 (I = 1, 2, ..., N) SERA EL VALOR NUMERICO DETERMINADO POR:
(FORMULA OMITIDA)
M I (I = 1, 2, ..., N) SERA EL PAR DE TORSION APLICADO AL ARBOL MOTOR QUE LLEVE LA DESIGNACION M I
C I (I = 1, 2, ..., N) SERA LA CONSTANTE DEL ARBOL MOTOR QUE LLEVE LA DESIGNACION M I
3.2.3 LOS EJES DE SALIDAD DE LOS ARBOLES MOTORES DEBERAN PROTEGERSE CONVENIENTEMENTE CUANDO NO ESTEN ACOPLADOS A UN DISPOSITIVO ADICIONAL DESMONTABLE.
3.2.4 EL ACOPLAMIENTO ENTRE EL DISPOSITIVO MEDIDOR Y EL MECANISMO DE TRANSMISION, NO DEBERA QUEDAR INTERRUMPIDO NI MODIFICADO, POR APLICACION DE UN PAR DE TORSION IGUAL AL TRIPLE DEL PAR ADMISIBLE, DEFINIDO DE ACUERDO CON LOS PUNTOS II.3.2.1 Y II.3.2.2.
4. INSCRIPCIONES:
4.1 CADA CONTADOR DEBERA LLEVAR, EN LA PLACA DEL DISPOSITIVO INDICADOR, O EN UNA PLACA DESCRIPTIVA ESPECIAL, O DISTRIBUIDAS ENTRE LAS DOS, LAS INSCRIPCIONES SIGUIENTES:
A) EL SIGNO DE APROBACION DE MODELO O, EN SU CASO, EL DE APROBACION DEL MODELO CEE.
B) LA MARCA DE IDENTIFICACION DEL FABRICANTE O SU RAZON SOCIAL.
C) EL NUMERO DEL CONTADOR Y AÑO DE FABRICACION.
D) UNA DESIGNACION DEL CONTADOR, MEDIANTE LA LETRA MAYUSCULA G, SEGUIDA DE UN NUMERO, TAL COMO SE DETERMINA EN LOS CAPITULOS III O IV.
E) EL CAUDAL MAXIMO: Q MAX = ... M3/H.
F) EL CAUDAL MINIMO: Q MIM = ... M3/H (O DM3/H).
G) LA PRESION MAXIMA DE FUNCIONAMIENTO: P MAX = ... MPA (O KPA O PA O BAR O MBAR).
H) PARA LOS CONTADORES VOLUMETRICOS, EL VALOR NOMINAL DEL VOLUMEN CICLICO: V = ... M3(O DM3 ).
I) EN SU CASO, LAS INSCRIPCIONES SEÑALADAS EN LOS PUNTOS II.3.1 Y II.3.2; DICHAS INSCRIPCIONES, SIN EMBARGO, PODRAN FIGURAR EN EL CONTADOR MISMO O EN OTRAS PLACAS.
ESTAS INSCRIPCIONES DEBERAN SER DIRECTAMENTE VISIBLES, FACILMENTE LEGIBLES O INDELEBLES, EN CONDICIONES NORMALES DE USO DEL CONTADOR.
4.2 EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA, CUANDO CONCEDA LA APROBACION DE MODELO, PODRA FIJAR LOS CASOS EN LOS QUE LA NATURALEZA DEL GAS DEBA FIGURAR ENTRE LAS INSCRIPCIONES.
4.3 EL CONTADOR PODRA LLEVAR, ADEMAS, LA DESIGNACION COMERCIAL, UN NUMERO DE ORDEN ESPECIAL, EL NOMBRE DEL DISTRIBUIDOR DE GAS, UNA MARCA DE CONFORMIDAD CON UNA NORMA EUROPEA Y UNA INDICACION RELATIVA A LAS REPARACIONES EFECTUADAS. SALVO AUTORIZACION ESPECIAL, SE PROHIBE CUALQUIER OTRA INDICACION O INSCRIPCION.
5. DISPOSITIVOS INDICADORES Y ELEMENTO CONTROLADOR:
5.1 DISPOSITIVOS INDICADORES:
5.1.1 EL DISPOSITIVO INDICADOR DEBE ESTAR COMPUESTO DE RODILLOS, NO OBSTANTE, EL ULTIMO ELEMENTO PUEDE SER UNA EXCEPCION A ESTA REGLA. LOS RODILLOS ESTARAN NUMERADOS EN METROS CUBICOS O BIEN EN MULTIPLOS O SUBMULTIPLOS DECIMALES DEL METRO CUBICO. EN LA PLACA DEL DISPOSITIVO INDICADOR DEBE FIGURAR EL SIMBOLO <M >.
5.1.1.1 EN EL CASO DE QUE EL DISPOSITIVO INDICADOR COMPRENDA RODILLOS DESTINADOS A INDICAR LOS SUBMULTIPLOS DECIMALES DEL METRO CUBICO, ESTOS DEBEN DIFERENCIARSE CLARAMENTE DE LOS RODILLOS SITUADOS ANTES Y ESTAR SEPARADOS DE ELLOS POR UNA COMA BIEN OSTENSIBLE.
5.1.1.2 EN EL CASO DE QUE EL ULTIMO RODILLO SE NUMERE EN MULTIPLOS DECIMALES DEL METRO CUBICO, LA PLACA DEL DISPOSITIVO INDICADOR DEBERA LLEVAR:
A) BIEN UNO (O DOS, TRES, ETC.) CEROS FIJOS DESPUES DEL ULTIMO RODILLO.
B) BIEN LA INDICACION <X 10> (O <X 100>, <X 1000>, ETC.), DE MODO QUE LA LECTURA SE HAGA SIEMPRE EN M
5.1.2 EL DISPOSITIVO INDICADOR DEBERA TENER SUFICIENTES RODILLOS NUMERADOS PARA PODER INDICAR EL VOLUMEN SUMINISTRADO EN MIL HORAS DE FUNCIONAMIENTO A CAUDAL MAXIMO, CON LA APROXIMACION DE UNA UNIDAD DEL ULTIMO RODILLO.
5.2 ELEMENTO CONTROLADOR:
5.2.1 LOS CONTADORES DEBERAN CONSTRUIRSE DE TAL MODO QUE LA VERIFICACION PUEDA EFECTUARSE CON SUFICIENTE PRECISION.
CON ESTE FIN, DEBERAN LLEVAR DE FABRICA, UN ELEMENTO CONTROLADOR PROPIO, O BIEN DISPOSITIVO QUE PERMITAN ACOPLARLE UN ELEMENTO CONTROLADOR AMOVIBLE.
5.2.2 EL ELEMENTO CONTROLADOR PROPIO DEL CONTADOR PODRA ESTAR CONSTITUIDO POR EL ULTIMO ELEMENTO DEL DISPOSITIVO INDICADOR, BAJO UNA DE LAS DOS FORMAS SIGUIENTES:
A) UN RODILLO DE MOVIMIENTO CONTINUO PORTADOR DE UNA ESCALA NUMERADA.
B) UNA AGUJA QUE SE DESPLACE ANTE UN LIMBO FIJO QUE LLEVE UNA ESCALA NUMERADA O UN DISCO PROVISTO DE UNA ESCALA NUMERADA QUE SE DESPLACE ANTE UNA SEÑAL DE REFERENCIA FIJA.
5.2.3 LA UNIDAD DE NUMERACION SE DEBERA INDICAR, EN LAS ESCALAS NUMERADAS DE LOS ELEMENTOS CONTROLADORES, DE FORMA CLARA Y SIN NINGUNA AMBIGUEDAD, EN METROS CUBICOS O EN SUBMULTIPLOS DECIMALES DEL METRO CUBICO. LA ESCALA DEBE EMPEZAR POR EL NUMERO CERO.
5.2.3.1 LA LONGITUD DEL ESCALON DEBE SER CONSTANTE PARA TODA LA ESCALA Y NO INFERIOR A 1 MILIMETRO.
5.2.3.2 EL VALOR DEL ESCALON DEBE SER DE LA FORMA: 1 X 10N, 2 X 10N O 5 X 10NM ; SIENDO N UN NUMERO ENTERO, POSITIVO, NEGATIVO O CERO.
5.2.3.3 LOS TRAZOS DE LA ESCALA DEBEN SER FINOS Y UNIFORMES, Y DEBERAN DESTACARSE POR SU MAYOR LONGITUD:
CADA CINCO TRAZOS, SI EL VALOR DEL ESCALON ES DE LA FORMA 1 X 10N O 2 X 10N M3
CADA DOS TRAZOS, SI EL VALOR DEL ESCALON ES DE LA FORMA 5 X 10N M3
5.2.4 LA AGUJA O LA SEÑAL DE REFERENCIA FIJA DEBERAN SER SUFICIENTEMENTE FINAS PARA PERMITIR UNA LECTURA FACIL Y SEGURA.
5.2.5 EL ELEMENTO CONTROLADOR PODRA ESTAR PROVISTO DE UNA SEÑAL DE REFERENCIA QUE SE DESTAQUE CON NITIDEZ Y TENGA UNA DIMENSION SUFICIENTE PARA PERMITIR UN BARRIDO FOTOELECTRICO. LA SEÑAL DE REFERENCIA NO DEBE OCULTAR LA GRADUACION Y PODRA OCUPAR, EN SU CASO, EL LUGAR DE LA CIFRA CERO. ESTA SEÑAL DE REFERENCIA NO DEBERA AFECTAR A LA PRECISION DE LA LECTURA.
5.3 DIAMETROS DE LOS RODILLOS Y DE LOS DIALES: EL DIAMETRO DE LOS RODILLOS DEBER SER POR LO MENOS DE 16 MILIMETROS. EL DIAMETRO DE LAS ESCALAS NUMERADAS CITADAS EN EL PUNTO II.5.2.2.B), DEBE SER POR LO MENOS DE 32 MILIMETROS.
5.4 LECTURA DEL DISPOSITIVO INDICADOR:
EL DISPOSITIVO INDICADOR DEBERA ESTAR REALIZADO DE MANERA QUE PERMITA LA LECTURA POR SIMPLE YUXTAPOSICION.
5.5 AVANCE DE LAS CIFRAS: EL AVANCE EN UNA UNIDAD, DE UNA CIFRA DE CUALQUIER ORDEN, DEBERA PRODUCIRSE COMPLETAMENTE MIENTRAS LA CIFRA DE ORDEN INMEDIATAMENTE INFERIOR DESCRIBE LA ULTIMA DECIMA PARTE DE SU RECORRIDO.
5.6 DESMONTAJE DEL DISPOSITIVO INDICADOR: LOS CONTADORES DEBERAN CONSTRUIRSE DE MODO QUE EL DISPOSITIVO INDICADOR PUEDA DESMONTARSE FACILMENTE PARA SU VERIFICACION.
6. ERRORES MAXIMOS TOLERADOS:
6.1 LOS ERRORES DE MEDIDA SE EXPRESARAN EN VALOR RELATIVO POR LA RELACION (EN TANTO POR CIENTO), DE LA DIFERENCIA ENTRE EL VOLUMEN INDICATIVO (V) Y EL VALOR CONVENCIONALMENTE VERDADERO DEL VOLUMEN QUE REALMENTE HAYA PASADO POR EL CONTADOR (V 1 ), REPECTO A ESTE ULTIMO VOLUMEN. V - V 1
ES DECIR:
(FORM
6.2 ESTOS ERRORES SE REFERIRAN A LA MEDIDA DE VOLUMENES DE AIRE DE MASA VOLUMICA 1,2 KG/M 3 EN CONDICIONES ATOMOSFERICAS NORMALES, SE PODRA CONSIDERAR, QUE EL AIRE AMBIENTE DE UN LABORATORIO DE VERIFICACION SATISFACE ESTA CONDICION.
6.3 LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS VIENEN FIJADOS EN LOS CAPITULOS III Y IV Y SERAN VALIDOS PARA LOS SENTIDOS DE FLUJO AUTORIZADOS.
7. PERDIDA DE CARGA:
7.1 VALORES MAXIMOS TOLERADOS: LOS VALORES MAXIMOS TOLERADOS, EN PERDIDA DE CARGA, VIENEN FIJADOS EN LOS CAPITULOS III Y IV.
8. EMPLAZAMIENTO DE LAS MARCAS DE VERIFICACION Y DE LOS PRECINTOS:
8.1 LOS EMPLAZAMIENTOS DE LAS MARCAS Y PRECINTOS DEBERAN ELEGIRSE DE MANERA QUE EL DESMONTAJE DE LA PARTE SELLADA POR UNA DE ESTAS MARCAS O PRECINTOS IMPLIQUE SU DETERIORO.
8.2 CUANDO LAS INSCRIPCIONES MENCIONADAS EN EL PUNTO II.4.1 HAYAN SIDO CONSIGNADAS SOBRE UNA PLACA DESCRIPTIVA ESPECIAL Y DICHA PLACA NO HAYA SIDO FIJADA DE FORMA PERMANENTE, UNO DE LOS PRECINTOS DEBERA SITUARSE DE MODO QUE SE DETERIORE SI SE RETIRA LA PLACA.
8.3 DEBERAN PREVERSE EMPLAZAMIENTOS PARA LOS PRECINTOS EN LOS CASOS SIGUIENTES:
A) EN TODAS LAS PLACAS QUE LLEVEN UNA INDICACION PRESCRITA POR EL PRESENTE ANEXO, SALVO SI DICHAS PLACAS SE HUBIERAN FIJADO DE FORMA PERMANENTE.
B) EN TODAS LAS PARTES DEL CONTADOR QUE NO PUEDAN PROTEGERSE DE OTRA MANERA CONTRA LAS MANIPULACIONES SUSCEPTIBLES DE:
INFLUIR O MODIFICAR LA INDICACION DEL DISPOSITIVO INDICADOR DEL CONTADOR.
MODIFICAR O INTERRUMPIR LA CONEXION ENTRE EL DISPOSITIVO MEDIDOR Y EL DISPOSITIVO INDICADOR.
QUITAR O CAMBIAR DE SITIO ELEMENTOS IMPORTANTES DESDE EL PUNTO DE VISTA METROLOGICO.
C) EN EL EMPALME DE LOS DISPOSITIVOS ADICIONALES DESMONTABLES Y EN LAS PROTECCIONES PREVISTAS EN EL PUNTO II.3.2.3.
9. APROBACION DE MODELO Y VERIFICACION PRIMITIVA: LA APROBACION DE MODELO Y VERIFICACION PRIMITIVA DE LOS CONTADORES DE VOLUMEN DE GAS SE EFECTUARAN DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LOS REALES DECRETOS 957/1988, DE 10 DE JUNIO, O 1616/1985, DE 11 DE SEPTIEMBRE, SEGUN EL CASO.
9.1 APROBACION DE MODELO:
9.1.1 SOLICITUD DE APROBACION DE MODELO: LA SOLICITUD DE APROBACION DE MODELO DE UN CONTADOR DE GAS DEBERA ACOMPAÑARSE DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
UNA MEMORIA DESCRIPTIVA QUE ESPECIFIQUE LAS CARACTERISTICAS TECNICAS DEL CONTADOR Y DESCRIBA EL PRINCIPIO DE SU FUNCIONAMIENTO.
UN DIBUJO EN PERSPECTIVA O UNA FOTOGRAFIA DEL CONTADOR.
UNA NOMENCLATURA DE LAS PIEZAS, CON INDICACION DE LA NATURALEZA DE LOS MATERIALES QUE LAS COMPONEN.
UN ESQUEMA DE MONTAJE, CON LA IDENTIFICACION DE LAS PIEZAS CONSTITUTIVAS, INCLUIDAS EN LA NOMENCLATURA.
UN ESQUEMA DE VOLUMEN ACOTADO.
UN PLANO QUE MUESTRE LOS EMPLAZAMIENTOS DE LAS MARCAS DE VERIFICACION Y DE LOS PRECINTOS.
UN PLANO DEL DISPOSITIVO INDICADOR, CON SUS MECANISMOS DE REGULACION.
UN ESQUEMA ACOTADO DE LOS ELEMENTOS IMPORTANTES DESDE EL PUNTO DE VISTA METROLOGICO.
UN PLANO DE LA PLACA DEL DISPOSITIVO INDICADOR CON SUS INSCRIPCIONES.
EN SU CASO, UN PLANO DE LOS DISPOSITIVOS ADICIONALES MENCIONADOS EN EL PUNTO II.3.1.
EN SU CASO, UNA TABLA DE LAS CARACTERISTICAS DE LOS ARBOLES MOTORES, A LOS QUE SE ALUDE EN EL PUNTO II.3.1.
UNA LISTA DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS.
UNA DECLARACION PRECISANDO QUE LOS CONTADORES FABRICADOS DE ACUERDO CON EL MODELO RESPONDERAN A LAS CONDICIONES REGLAMENTARIAS DE SEGURIDAD, PARTICULARMENTE EN LO QUE SE REFIERE A LA PRESION MAXIMA
DE FUNCIONAMIENTO, INDICADA EN LA PLACA DESCRIPTIVA.
9.1.2 CERTIFICADO DE APROBACION DE MODELO: EN EL CERTIFICADO DE APROBACION DE MODELO SE HARA CONSTAR:
EL NOMBRE Y DOMICILIO DEL BENEFICIARIO DEL CERTIFICADO DE APROBACION DE MODELO.
LA DENOMINACION DEL MODELO Y/O SU DESIGNACION COMERCIAL.
LAS PRINCIPALES CARACTERISTICAS TECNICAS Y METROLOGICAS, TALES COMO EL CAUDAL MINIMO, EL CAUDAL MAXIMO, LA PRESION MAXIMA DE FUNCIONAMIENTO, EL DIAMETRO NOMINAL INTERIOR DE LAS PIEZAS DE ACOPLAMIENTO Y, EN EL CASO DE CONTADORES VOLUMETRICOS, EL VALOR DEL VOLUMEN CICLICO.
EL SIGNO DE APROBACION DE MODELO O, EN SU CASO, EL DE APROBACION DE MODELO CEE.
EL PERIODO DE VALIDEZ DE LA APROBACION DE MODELO.
PARA LOS CONTADORES EQUIPADOS CON ARBOLES MOTORES:
A) SI SOLO EXISTE UN ARBOL MOTOR, LAS CARACTERISTICAS DE ESTE, TAL COMO SE ESPECIFICA EN EL PUNTO II.3.2.1.
B) SI EXISTEN VARIOS ARBOLES MOTORES, LAS CARACTERISTICAS DE CADA UNO Y LA FORMULA MENCIONADA EN EL PUNTO II.3.2.2.
LA INDICACION, EN SU CASO, SOBRE FOTOGRAFIA O DIBUJO, DEL EMPLAZAMIENTO DEL SIGNO DE APROBACION DE MODELO, DE LAS MARCAS DE VERIFICACION PRIMITIVA Y DE LOS PRECINTOS.
EL INVENTARIO DE LOS DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑEN AL CERTIFICADO DE APROBACION DE MODELO.
CUALQUIER OTRA OBSERVACION ESPECIAL.
9.2 VERIFICACION PRIMITIVA:
9.2.1 LOS CONTADORES QUE SE PRESENTEN A LA VERIFICACION PRIMITIVA DEBERAN ESTAR EN CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO Y ESTAR DE ACUERDO CON LOS MODELOS APROBADOS. LA VERIFICACION PRIMITIVA NO GARANTIZA EL BUEN FUNCIONAMIENTO NI LA EXACTITUD DE LAS INDICACIONES RELATIVAS A LOS DISPOSITIVOS ADICIONALES QUE PUDIERAN HABERSE ACOPLADO, DE CONFORMIDAD CON LOS PUNTOS II.3.1 Y II.3.2. NO DEBERA CONSIGNARSE NINGUNA MARCA DE VERIFICACION O DE PROTECCION EN ESOS DISPOSITIVOS ADICIONALES, A EXCEPCION DE LOS EMPALMES DESCRITOS EN EL PUNTO II.8.3, C).
10. MARCAS DE VERIFICACION Y PRECINTOS:
10.1 COLOCACION: A LOS CONTADORES QUE HAYAN PASADO CON EXITO LAS PRUEBAS DE LA VERIFICACION SE LES COLOCARA:
LA MARCA DE VERIFICACION PRIMITIVA O, EN SU CASO, DE VERIFICACION PRIMITIVA CEE.
LOS PRECINTOS EN LOS EMPLAZAMIENTOS PREVISTOS EN EL PUNTO II.8.3.
10.2 ALCANCE: LA COLOCACION DE LAS MARCAS DE VERIFICACION PRIMITIVA O DE LOS PRECINTOS, EN UN CONTADOR DE GAS, CERTIFICAN EXCLUSIVAMENTE QUE DICHO CONTADOR RESPONDE A LO DISPUESTO EN EL PRESENTE ANEXO.
CAPITULO III
DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS CONTADORES DE VOLUMEN DE GAS DE PAREDES DEFORMABLES
1. CAMPO DE APLICACION: EL PRESENTE CAPITULO, JUNTO CON LAS PRESCRIPCIONES DEL CAPITULO II, SE APLICARA A LOS CONTADORES DE GAS EN LOS CUALES EL GAS SUMINISTRADO SE MIDE MEDIANTE CAMARAS CON PAREDES DEFORMABLES.
2. CAMPO DE MEDIDA Y DESIGNACION:
2.1 LOS VALORES AUTORIZADOS PARA EL CAUDAL MAXIMO Y LOS LIMITES SUPERIORES DE LOS CAUDALES MINIMOS CORRESPONDIENTES, ASI COMO LOS VALORES MINIMOS DE LOS VOLUMENES, CICLICOS, SON LOS INDICADOS EN LA TABLA SIGUIENTE, EN CORRESPONDENCIA CON CADA DESIGNACION G DE LOS CONTADORES.
G / QMAX (M3/H) / QMIN (M3/H) (VALOR MAXIMO) / V (DM3) (VALOR MINIMO)
1,6 2,5 0,016 0,7
2,5 4 0,025 1,2
4 6 0,040 2,0
6 10 0,060 3,5
10 16 0,100 6,0
16 25 0,160 10
25 40 0,250 18
40 65 0,400 30
65 100 0,650 55
100 160 1,000 100
160 250 1,600 200
250 400 2,500 400
400 650 4,000 900
650 1.000 6,500 2.000
2.2 UN TIPO DE CONTADOR QUE TENGA UNA DE LAS DESIGNACIONES G DE LA TABLA ANTERIOR PUEDE TENER UN VALOR Q MIN INFERIOR AL QUE LE CORRESPONDE EN LA TABLA, PARA ESA DESIGNACION, PERO DICHO VALOR DE Q MIN DEBE SER UNO DE LOS VALORES DE LA COLUMNA 3 DE ESTA TABLA O UN SUBMULTIPLO DECIMAL DE UNO DE ESTOS VALORES.
2.3 LOS CONTADORES QUE TENGAN UN VOLUMEN CICLICO INFERIOR AL VALOR QUE CORRESPONDE A SU DESIGNACION EN LA TABLA DEL PUNTO III.2.1 PODRAN SER APROBADOS, SIEMPRE QUE SU MODELO CUMPLA LOS REQUISITOS DEL ENSAYO DE ENVEJECIMIENTO MENCIONADO EN EL PUNTO III.7.2.5.
3. DETALLES DE CONSTRUCCION:
3.1 PARA CADA CONTADOR, LA DIFERENCIA ENTRE EL VALOR CALCULADO DE VOLUMEN CICLICO V Y EL VALOR DE DICHO VOLUMEN INDICADO SOBRE EL CONTADOR NO PODRA SER SUPERIOR AL 5 POR 100 DE ESTE ULTIMO VALOR.
3.2 LOS CONTADORES DE DESIGNACION G 1,6 A G 6, INCLUSIVE, DEBEN IR PROVISTOS DE UN MECANISMO QUE IMPIDA EL FUNCIONAMIENTO DEL DISPOSITIVO MEDIDOR, CUANDO EL GAS CIRCULE EN UN SENTIDO NO AUTORIZADO.
4. ELEMENTO CONTROLADOR:
4.1 LOS CONTADORES DE DESIGNACION G 1,6 A G 6, INCLUSIVE, DEBEN LLEVAR UN ELEMENTO CONTROLADOR PROPIO, REALIZADO TAL COMO SE SEÑALA EN EL PUNTO II.5.2.2. LOS CONTADORES DE DESIGNACION G 10 A G 650, AMBOS INCLUSIVE, PUEDEN LLEVAR UN ELEMENTO CONTROLADOR PROPIO, REALIZADO COMO SE PREVE EN EL PUNTO II.5.2.2, O UNOS DISPOSITIVOS QUE PERMITAN LA ADAPTACION DE UN ELEMENTO CONTROLADOR AMOVIBLE (PUNTO II.5.2.1).
4.2 CUANDO UN ELEMENTO CONTROLADOR SE REALICE CONFORME AL PUNTO II.5.2.2, EL VALOR DEL ESCALON DEL MISMO Y LA NUMERACION DE SU ESCALA DEBERAN CUMPLIR LAS DISPOSICIONES DE LA SIGUIENTE TABLA:
DESIGNACION DE LOS CONTADORES / VALORES MAXIMOS DEL ESCALON /NUMERACION DE LA ESG 1,6 A G 6, INCLUSIVE / 0,2 DM 3 / 1 DM 3
G 10 A G 65, INCLUSIVE / 2 DM 3 / 10 DM 3
G 100 A G 650, INCLUSIVE / 20 DM 3 / 100 DM 3
4.3 PARA LOS CONTADORES EN LOS QUE EL ELEMENTO CONTROLADOR ESTE REALIZADO COMO SE ESPECIFICA EN EL PUNTO II.5.2.2, LA DESVIACION TIPICA DE UNA SERIE DE, AL MENOS, 30 MEDICIONES SUCESIVAS, DE UN VOLUMEN DE AIRE QUE SE SEÑALA A CONTINUACION, EFECTUADAS A UN CAUDAL DEL ORDEN DE 0,1 Q MAX Y EN LAS MISMAS CONDICIONES, NO PODRA SOBREPASAR LOS VALORES MENCIONADOS EN LA TABLA SIGUIENTE:
DESIGNACION DE LOS CONTADORES / VOLUMENES DE AIRE A MEDIR / VALORES MAXIMOS TOLERADOS DE LA DESVIACION TIPICA
G 1,6 A G 4, INCLUSIVE / 20 V / 0,2 DM 3
G 6 / 10 V / 0,2 DM 3
G 10 A G 65, INCLUSIVE / 10 V / 2 DM 3
G 100 A G 650, INCLUSIVE / 5 V / 20 DM 3LOS VOLUMENES DE AIRE QUE DEBEN MEDIRSE PODRAN SUSTITUIRSE POR LOS VOLUMENES MAS PROXIMOS CORRESPONDIENTES A UN NUMERO ENTERO DE VUELTAS DEL ELEMENTO CONTROLADOR.
5. ERRORES MAXIMOS TOLERADOS:
5.1 DISPOSICIONES GENERALES:
5.1.1 EN LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL PUNTO II.6, LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS, EN VERIFICACION PRIMITIVA, SERAN LOS SIGUIENTES:
CAUDALES Q / ERRORES MAXIMOS TOLERADOS EN VERIFICACION PRIMITIVA
Q MIN <= Q < 2 Q MIN / +- 3 %
2 Q MIN <= Q <= Q MAX / +- 2 %
5.1.2 EN VERIFICACION PRIMITIVA, LOS ERRORES DE UN CONTADOR PARA LOS CAUDALES Q, COMPRENDIDOS ENTRE 2 Q MIN Y Q MAX , NO PODRAN SOBREPASAR EL 1% SI FUERAN TODOS DEL MISMO SIGNO.
5.2 DISPOSICIONES PARTICULARES:
5.2.1 SI SE APLICAN A LOS ARBOLES MOTORES LOS PARES MAXIMOS MENCIONADOS EN LOS PUNTOS II.3.2.1 Y II.3.2.2, LA INDICACION DEL CONTADOR PUEDE VARIAR COMO MAXIMO UN 1,5 %, A Q MIN , SIN PERJUICIO DE LO DISPUESTO EN EL PUNTO III.6.3.2.
6. PERDIDA DE CARGA:
6.1 PERDIDA TOTAL DE CARGA:
EL VALOR MEDIO DE LA PERDIDA TOTAL DE CARGA, CON UN FLUJO DE AIRE DE MASA VOLUMICA 1,2 KG/M 3 , A UN CAUDAL IGUAL A Q MAX , NO DEBERA SOBREPASAR LOS VALORES INDICADOS EN LA TABLA SIGUIENTE:
( CUADRO OMITIDO )
6.2 PERDIDA MECANICA DE CARGA: LA PERDIDA MECANICA DE CARGA (PERDIDA DE CARGA DURANTE UN FLUJO DE AIRE DE MASA VOLUMICA 1,2 KILOGRAMOS/METRO CUBICO, A UN CAUDAL COMPRENDIDO ENTRE Q MIN Y 2 Q MIN )
NO DEBERA SOBREPASAR, DURANTE UN CICLO COMPLETO DE FUNCIONAMIENTO, LOS VALORES INDICADOS EN LA TABLA SIGUIENTE:
( CUADRO OMITIDO )
LOS VALORES ANTERIORMENTE INDICADOS SE REFIEREN A LOS MAXIMOS DE LA PERDIDA MECANICA DE CARGA.
6.3 DISPOSICIONES PARTICULARES:
6.3.1 PARA LOS CONTADORES CUYA PRESION DE FUNCIONAMIENTO SEA SUPERIOR A 0,1 MPA (1 BAR), SE APLICARAN LAS DISPOSICIONES DEL PUNTO III.6.2 RELATIVAS A LA PERDIDA MECANICA DE CARGA, SIN TENER EN CUENTA LA PERDIDA TOTAL DE CARGA DE DICHOS CONTADORES, SEÑALADA EN EL PUNTO III.6.1.
6.3.2 EL ACOMPLAMIENTO DE DISPOSITIVOS ADICIONALES, NO DEBERA PROVOCAR UN AUMENTO DE LA PERDIDA MECANICA DE CARGA DE LOS CONTADORES SUPERIOR A 20 PA (0,2 MBAR).
7. APROBACION DE MODELO:
7.1 ADEMAS DEL EJEMPLAR DEL MODELO, EL SOLICITANTE, DESDE EL PRIMER MOMENTO, DEBERA PONER A DISPOSICION DEL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA UNA MUESTRA DE DOS O SEIS CONTADORES FABRICADOS CONFORME EL CITADO MODELO.
SI LA PETICION DE APROBACION ES PARA CONTADORES DE VALORES DIFERENTES DE G, EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA DECIDIRA COMO DEBE DE ESTAR CONFORMADA LA MUESTRA REQUERIDA.
PUEDEN EXIGIRSE MUESTRAS COMPLEMENTARIAS DE LOS CONTADORES, SEGUN EL DESARROLLO DE LOS ENSAYOS.
7.1.1 ESTA DISPOSICION PODRA ADMITIR UNA EXCEPCION, EN EL SENTIDO DE QUE LOS CONTADORES DE MUESTRA PODRAN PONERSE A DISPOSICION DEL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA CON POSTERIORIDAD AL MODELO. NO OBSTANTE, NO SE DECIDIRA SOBRE LA APROBACION DEL MODELO HASTA QUE DICHAS MUESTRAS HAYAN SIDO COMPLETAMENTE EXAMINADAS.
7.1.2 LOS CONTADORES DE MUESTRA SEGUIRAN SIENDO PROPIEDAD DEL SOLICITANTE Y LE SERAN DEVUELTOS UNA VEZ CONCEDIDA LA APROBACION DEL MODELO.
7.2 ENSAYOS:
7.2.1 EL MODELO Y LOS CONTADORES DE MUESTRA DEBEN SATISFACER LAS PRESCRIPCIONES DEL CAPITULO II Y DE LOS PUNTOS 2, 3, 4, 5 Y 6 DEL PRESENTE CAPITULO.
7.2.2 ADEMAS, EN EL CAMPO DE MEDIDA, LA DIFERENCIA ENTRE EL MAXIMO Y EL MINIMO DE LOS ERRORES, EN FUNCION DEL CAUDAL Q, NO DEBERA SER SUPERIOR AL 3 POR 100, PARA CADA UNO DE LOS CONTADORES.
7.2.3 A CONTINUACION, EL MODELO Y SUS MUESTRAS SERAN SOMETIDOS A UN ENSAYO DE ENVEJECIMIENTO. ESTE ENSAYO SE EFECTUARA DE LA SIGUIENTE FORMA:
7.2.3.1 PARA LOS CONTADORES G 1,6 A G 10, INCLUSIVE: CON AIRE Y AL CAUDAL MAXIMO DE LOS CONTADORES; NO OBSTANTE, PARA LOS CONTADORES EN CUYA PLAZA DESCRIPTIVA SE INDIQUE LA NATURALEZA DEL GAS A MEDIR, EL ENSAYO PODRA EFECTUARSE TOTAL O PARCIALMENTE CON EL GAS INDICADO.
7.2.3.2 PARA LOS CONTADORES G 16 A G 650, INCLUSIVE:
CON AIRE O CON GAS Y, SIEMPRE QUE SEA POSIBLE, AL CAUDAL MAXIMO DE LOS CONTADORES.
7.2.4 PARA LOS CONTADORES CUYO VOLUMEN CICLICO SEA IGUAL O SUPERIOR A LOS VALORES MENCIONADOS EN LA TABLA DEL PUNTO III.2.1, EL ENSAYO DE ENVEJECIMIENTO DEBE TENER UNA DURACION TAL COMO SE ESPECIFICA A CONTINUACION:
7.2.4.1 PARA LOS CONTADORES G 1,6 A G 10, INCLUSIVE: 1.000 HORAS.
EL ENSAYO PUEDE SUFRIR INTERRUPCIONES, PERO DEBE TERMINARSE EN SESENTA DIAS.
7.2.4.2 PARA LOS CONTADORES G 16 A G 650, INCLUSIVE: HASTA QUE CADA CONTADOR MIDA UN VOLUMEN DE AIRE O DE GAS CORRESPONDIENTE AL FUNCIONAMIENTO DEL MISMO CONTADOR DURANTE 1.000 HORAS, A CAUDAL MAXIMO. EL ENSAYO DEBE TERMINARSE EN SEIS MESES.
7.2.5 PARA LOS CONTADORES DE VOLUMEN CICLICO INFERIOR A LOS VALORES INDICADOS EN LA TABLA DEL PUNTO III.2.1, LA DURACION DEL ENSAYO DE ENVEJECIMIENTO DEBE SER DE 2.000 HORAS, Y REALIZARSE SOBRE UN NUMERO DE CONTADORES SUPERIOR AL PREVISTO EN EL PUNTO III.7.1, SEGUN DESIGNACION DEL CONTADOR EXAMINADO Y SUS CARACTERISTICAS GENERALES.
7.2.6 DESPUES DEL ENSAYO DE ENVEJECIMIENTO, LOS CONTADORES (EXCEPTO UNO DE ELLOS, COMO MAXIMO, SI LA PRUEBA SE EFECTUASE SOBRE TRES CONTADORES O MAS) DEBERAN SATISFACER LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
A) EN EL CAMPO DE MEDIDA, LA DIFERENCIA ENTRE LOS VALORES MAXIMO Y MINIMO DE LA CURVA DE ERROR DE CADA CONTADOR, EN FUNCION DEL CAUDAL Q, NO DEBERA SER SUPERIOR AL 4 POR 100;
B) LOS VALORES DE LOS ERRORES NO DEBERAN DIFERIR EN MAS DEL 1,5 POR 100 DE LOS CORRESPONDIENTES VALORES INICIALES; PARA EL CAUDAL Q MIN , ESTA REGLA SOLO SE APLICARA A LAS VARIACIONES DEL ERROR EN SENTIDO NEGATIVO;
C) LA PERDIDA MECANICA DE CARGA NO DEBE AUMENTAR MAS DE 20 N/
M 2 (0,2 MBAR).
7.2.7 EN EL CASO DE CONTADORES PROVISTOS DE UNO O VARIOS ARBOLES MOTORES, SE VERIFICARAN, POR LO MENOS TRES CONTADORES DE CADA DESIGNACION G, CON AIRE DE MASA VOLUMICA 1,2 KILOGRAMOS/METRO CUBICO (COMO SE ESPECIFICA EN EL PUNTO II.6.2), EN CUANTO A SU CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DEL PUNTO II.3.2.4, Y DE LOS PUNTOS III.5.2.1 Y II.6.3.2.
EN EL CASO DE CONTADORES PROVISTOS DE VARIOS ARBOLES MOTORES, LOS ENSAYOS SE EFECTUARAN EN EL ARBOL QUE DE UN VALOR MAS DESFAVORABLE.
PARA LOS CONTADORES DE LA MISMA DESIGNACION, SE ADOPTARA COMO VALOR DEL PAR DE TORSION MAXIMO ADMISIBLE EL MENOR VALOR DE LOS OBTENIDOS.
CUANDO UN MODELO ABARQUE CONTADORES DE VARIAS DESIGNACIONES, SERA SUFICIENTE REALIZAR EL ENSAYO DEL PAR DE TORSION EN EL CONTADOR DE MENOR VALOR DE G, SIEMPRE QUE ESTE PAR SEA DE APLICACION A LOS CONTADORES DE VALORES SUPERIORES DE G, Y SI EL ARBOL MOTOR DE ESTOS ULTIMOS SE CARACTERIZA POR UNA CONSTANTE IGUAL O MAYOR.
7.3 MODIFICACION DE UN MODELO YA APROBADO: SI LA SOLICITUD DE APROBACION DE REFIERE A UNA MODIFICACION DE UN MODELO YA APROBADO, EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA DECIDIRA, EN FUNCION DE LAS CARACTERISTICAS DE LA MODIFICACION, HASTA QUE PUNTO LE ES DE APLICACION LO DISPUESTO EN LOS PUNTOS 7.1, 7.2.3, 7.2.4 Y 7.2.5 DEL PRESENTE CAPITULO.
8. VERIFICACION PRIMITIVA:
8.1 ENSAYOS DE EXACTITUD: SE CONSIDERARA QUE UN CONTADOR CUMPLE LAS PRESCRIPCIONES RELATIVAS A LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS SI ESTOS SE RESPETAN A LOS CAUDALES SIGUIENTES:
A) A CAUDAL MINIMO (Q MIN );
B) A CAUDAL DE 1/5 Q MAX ;
C) A CAUDAL MAXIMO (Q MAX ).
SI EL ENSAYO SE EFECTUA EN OTRAS CONDICIONES, ESTAS DEBERAN GARANTIZAR UN RESULTADO IDENTICO AL OBTENIDO CON LOS CAUDALES MENCIONADOS ANTERIORMENTE.
CAPITULO IV
PRESCRIPCIONES PARTICULARES RELATIVAS A LOS CONTADORES DE GAS DE PISTONES ROTATIVOS Y LOS CONTADORES DE GAS DE TURBINA
1. CAMPO DE APLICACION:
EL PRESENTE CAPITULO SE APLICARA, JUNTO CON LAS PRESCRIPCIONES DEL CAPITULO II, A LOS:
1.1 CONTADORES DE GAS DE PISTONES ROTATIVOS EN LOS QUE LA MEDIDA DEL VOLUMEN DE GAS SUMINISTRADO SE EFECTUA MEDIANTE CAMARAS MEDIDORAS DE PAREDES ROTATIVAS.
1.3 CONTADORES DE GAS DE TURBINA EN LOS QUE EL FLUJO DEL GAS PONE EN MOVIMIENTO UNA RUEDA DE TURBINA, CUYO NUMERO DE VUELTAS ES PROPORCIONAL AL VOLUMEN DE GAS QUE PASA POR EL CONTADOR.
2. CAMPO DE MEDIDA Y DESIGNACION <G>:
2.1 LOS CONTADORES DEBERAN TENER UNO DE LOS CAMPOS DE MEDIDA QUE RESULTE DE LA TABLA SIGUIENTE EN FUNCION DE LA DESIGNACION G DEL CONTADOR:
( CUADRO OMITIDO )
Y LOS MULTIPLOS DECIMALES DE LAS CINCO ULTIMAS SERIES.
3.
DETALLES DE CONSTRUCCION:
3.1 CONTADORES DE PISTONES ROTATIVOS:
3.1.1 LOS CONTADORES DEBERAN TENER, A LA ENTRADA Y A LA SALIDA DEL CIRCUITO DE GAS,
UNA TOMA DE PRESION ESTATICA QUE PERMITA MEDIR LA PERDIDA DE CARGA; LA PRESION MEDIDA A LA ENTRADA DEL CONTADOR ES LA PRESION DE REFERENCIA.
3.1.2 LOS CONTADORES PUEDEN LLEVAR UN DISPOSITIVO MANUAL QUE PERMITA HACER GIRAR LOS PISTONES, SIEMPRE Y CUANDO NO SE UTILICE ABUSIVAMENTE PARA IMPEDIR EL FUNCIONAMIENTO CORRECTO DEL CONTADOR.
3.1.3 LOS COJINETES DE LOS EJES DE LOS PISTONES ROTATIVOS DE LOS CONTADORES DE DESIGNACION G 160 Y SIGUIENTES, PODRAN FABRICARSE DE TAL FORMA QUE RESULTEN ACCESIBLES SIN DETERIORAR LOS PRECINTOS DE PROTECCION.
3.2 CONTADORES DE TURBINA:
3.2.1 LOS CONTADORES DEBERAN ESTAR PROVISTOS DE UNA TOMA DE PRESION ESTATICA MEDIANTE LA CUAL SE PUEDA, INCLUSO DE MANERA INDIRECTA, DETERMINAR LA PRESION ESTATICA A LA ENTRADA DE LA RUEDA DE LA TURBINA COMO PRESION DE REFERENCIA.
3.2.1.1 SI A LA ENTRADA DE LA RUEDA EXISTE UN DISPOSITIVO DE ESTRANGULAMIENTO DEL FLUJO GASEOSO, LOS CONTADORES PODRAN LLEVAR, ADEMAS DE LA TOMA DE PRESION EXIGIDA EN EL PUNTO ANTERIOR, OTRA TOMA DE PRESION ANTES DEL CITADO DISPOSITIVO, QUE PERMITA, EN FORMA IGUAL A LA DEL PARRAFO ANTERIOR, MEDIR LA DIFERENCIA DE PRESION EN EL DISPOSITIVO DE ESTRANGULAMIENTO.
3.3 TOMAS DE PRESION:
3.3.1 LOS DIAMETROS INTERIORES DE LAS TOMAS DE PRESION DEBERAN SER POR LO MENOS DE 3 MILIMETROS. EN EL CASO DE TOMAS DE PRESION EN FORMA DE RANURA, ESTA DEBERA TENER UNA ANCHURA POR LO MENOS DE 2 MILIMETROS Y UNA SECCION RECTA POR LO MENOS DE 10 MILIMETROS CUADRADOS, EN LA DIRECCION DEL FLUJO.
3.3.2 LAS TOMAS DE PRESION IRAN PROVISTAS DE UN DISPOSITIVO DE CIERRE HERMETICO A LOS GASES.
3.3.3 LA TOMA DE PRESION PARA LA PRESION DE REFERENCIA DEBERA LLEVAR, DE FORMA VISIBLE E INDELEBLE, LA INDICACION <P R >; LA OTRA TOMA DE PRESION LA INDICACION <P>.
4. ELEMENTO CONTROLADOR: CUANDO EL ELEMENTO CONTROLADOR SE REALICE CONFORME AL PUNTO II.5.2.2, EL VALOR MAXIMO DE SU ESCALON Y LA NUMERACION DE SU ESCALA DEBERA SER, SEGUN LA DESIGNACION DEL CONTADOR:
DESIGNACION DE LOS CONTADORES / VALORES MAXIMOS DE ESCALON (M3) / LA ESCALA DEBERA IR NUMERADA AL MENOS DESPUES DE CADA (M3)
ENTRE G 16 Y G 65, AMBOS INCLUSIVE / 0,002 / 0,01
ENTRE G 100 Y G 650, AMBOS INCLUSIVE / 0,02 / 0,1
EN1000 Y G 6500, AMBOS INCLUSIVE / 0,2 / 1,0
PARA G 10000 Y SIGUIENTES / 2,0 / 1
5. ERRORES MAXIMOS TOLERADOS:
5.1 DISPOSICIONES GENERALES:
5.1.1 LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS, EN MAS O EN MENOS, SE ESPECIFICAN EN LA TABLA SIGUIENTE:
CAUDALES Q / ERRORES MAXIMOS TOLERADOS EN VERIFICACION PRIMITIVA (PORCENTAJE)
Q MIN <= Q < 0,2 Q MAX / 2
0,2 Q MAX <= Q <= Q MAX / 1
5.1.2 LOS ERRORES, SI FUEREN TODOS DEL MISMO SIGNO, NO DEBERAN SOBREPASAR LA MITAD DE LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS.
5.2 DISPOSICIONES PARTICULARES:
5.2.1 SI SE APLICAN A LOS ARBOLES MOTORES LOS PARES DE TORSION MAXIMOS, INDICADOS EN EL CONTADOR, DE ACUERDO CON LOS PUNTOS II.3.2.1 Y II.3.2.2, LAS VARIACIONES DE LA INDICACION DEL CONTADOR NO DEBEN REBASAR, FUNCIONANDO A CAUDAL MINIMO, LOS VALORES INDICADOS EN LA TABLA SIGUIENTE:
Q MAX / VARIACIONES DE LA INDICACION A Q MIN (PORCENTAJE)
0,05 Q MAX / 1
0,1 Q MAX / 0,5
0,2 Q MAX / 0,25
6.
APROBACION DE MODELO:
6.1 EL PETICIONARIO DEBE PONER, INICIALMENTE, A DISPOSICION DEL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA, ADEMAS DEL EJEMPLAR DEL MODELO, UNA MUESTRA DE DOS A SEIS CONTADORES, CONSTRUIDOS CONFORME AL CITADO MODELO.
SI LA SOLICITUD DE APROBACION ES PARA CONTADORES DE VALORES DIFERENTES DE G, EL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA DECIDIRA COMO DEBE ESTAR CONFORMADA LA MUESTRA.
PUEDEN EXIGIRSE MUESTRAS COMPLEMENTARIAS DE LOS CONTADORES, SEGUN SE DESARROLLEN LOS ENSAYOS.
6.1.1 ESTA DISPOSICION PODRA ADMITIR UNA EXCEPCION EN EL SENTIDO DE QUE LOS CONTADORES DE MUESTRA PODRAN PONERSE A DISPOSICION DEL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA POSTERIORMENTE AL MODELO. NO OBSTANTE, NO SE DECIDIRA SOBRE LA APROBACION DE MODELO HASTA QUE LA MUESTRA HAYA SIDO COMPLETAMENTE EXAMINADA.
6.1.2 LOS CONTADORES DE LA MUESTRA SEGUIRAN SIENDO PROPIEDAD DEL PETICIONARIO Y LE SERAN DEVUELTOS EN CUANTO SE HAYA CONCEDIDO LA APROBACION DE MODELO.
6.2 ENSAYOS:
6.2.1 EL ENSAYO INICIAL CONSISTE EN LA DETERMINACION DE LOS ERRORES DE CADA CONTADOR, MEDIANTE UNA PRUEBA CON AIRE DE MASA VOLUMICA 1,2 KG/M 3 CADA RESULTADO DEL ENSAYO SERA TENIDO EN CUENTA POR SEPARADO.
6.2.1.1 LA CURVA DE ERRORES DE CADA UNO DE LOS CONTADORES, DEBERA QUEDAR DENTRO DE LA BANDA DADA POR LOS LIMITES DE LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS, SEÑALADOS EN EL PUNTO IV.5.1, EN EL CAMPO DE MEDIDA PARA EL CUAL SE SOLICITA LA APROBACION.
6.2.1.2 LA DIFERENCIA ENTRE EL VALOR MAXIMO Y EL VALOR MINIMO DE LOS ERRORES, PARA CADA UNO DE LOS CONTADORES, NO DEBERA SOBREPASAR EL 1 POR 100 EN EL CAMPO DE MEDIDA COMPRENDIDO ENTRE 1/2 Q MAX Y Q MAX
6.2.2 LOS CONTADORES SE SOMETERAN A CONTINUACION A UN ENSAYO DE ENVEJECIMIENTO CON AIRE O GAS.
6.2.2.1 EL ENSAYO DE ENVEJECIMIENTO SE REALIZARA, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, AL CAUDAL MAXIMO DE LOS CONTADORES. LA DURACION DEL ENSAYO, DEBE SER TAL QUE CADA CONTADOR MIDA UN VOLUMEN DE AIRE O DE GAS, CORRESPONDIENTE A UN FUNCIONAMIENTO DE 1.000 HORAS, A CAUDAL MAXIMO, SIN QUE LA DURACION TOTAL DEL ENSAYO SOBREPASE LOS SEIS MESES.
6.2.2.2 DESPUES DEL ENSAYO DE ENVEJECIMIENTO, LOS CONTADORES SE EXAMINARAN NUEVAMENTE CON AIRE DE MASA VOLUMICA 1,2 KG/M 3 , UTILIZANDO LOS MISMOS INSTRUMENTOS PATRON, QUE LOS UTILIZADOS EN EL ENSAYO MENCIONADO EN EL PUNTO IV.6.2.1.
EN ESTAS CONDICIONES DE ENSAYO:
A) PARA LOS CAUDALES MENCIONADOS EN EL PUNTO IV.7.1, LOS VALORES DE LOS ERRORES ENCONTRADOS PARA CADA CONTADOR (EXCEPTO PARA UNO DE ELLOS, COMO MAXIMO), NO DEBEN DIFERIR EN MAS DEL 1 POR 100 DE LOS VALORES INICIALES CORRESPONDIENTES (PUNTO IV.6.2.1).
B) EN EL CAMPO DE MEDIDA COMPRENDIDO ENTRE 1/2 Q MAX Y Q MAX , LA DIFERENCIA ENTRE EL VALOR MAXIMO Y EL VALOR MINIMO DE LA CURVA DE ERROR NO DEBE SER SUPERIOR AL 1,5 POR 100, PARA CADA UNO DE LOS CONTADORES (EXCEPTO PARA UNO DE ELLOS, COMO MAXIMO).
6.2.3 CONTADORES CON ARBOLES MOTORES:
6.2.3.1 EN EL CASO DE CONTADORES PROVISTOS DE UNO O VARIOS ARBOLES MOTORES, SE VERIFICARAN POR LO MENOS TRES CONTADORES DE CADA DESIGNACION G, CON AIRE DE MASA VOLUMICA 1,2 KG/M 3 (VER PUNTO II.6.2), DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DEL PUNTO II.3.2.4 Y DEL PUNTO IV.5.2.1.
EN EL CASO DE CONTADORES PROVISTOS DE VARIOS ARBOLES MOTORES, EL ENSAYO SE EFECTUARA EN EL ARBOL QUE DE EL VALOR MAS DESFAVORABLE.
PARA LOS CONTADORES DE LA MISMA DESIGNACION SE ADOPTARA, COMO VALOR DEL PAR DE TORSION MAXIMO ADMISIBLE, EL MENOR VALOR DE LOS OBTENIDOS.
CUANDO UN MODELO CONSTE DE CONTADORES DE DESIGNACIONES DIFERENTES, SERA SUFICIENTE EFECTUAR EL ENSAYO DEL PAR DE TORSION, EN EL CONTADOR DE MENOR VALOR DE G, SIEMPRE QUE ESTE PAR SEA DE APLICACION A LOS CONTADORES DE MAYOR DESIGNACION Y SI EL ARBOL MOTOR DE ESTOS ULTIMOS SE CARACTERIZA POR UNA CONSTANTE IGUAL O MAYOR.
6.2.3.2 EN EL CASO DE CONTADORES QUE TENGAN VARIOS VALORES PARA
Q MIN , SERA SUFICIENTE EFECTUAR EL ENSAYO PREVISTO EN EL PUNTO IV.6.2.3.1 PARA EL MENOR VALOR DE Q MIN
A PARTIR DEL RESULTADO DE ESTE ENSAYO, SE PODRAN CALCULAR LOS PARES DE TORSION ADMISIBLES PARA LOS DEMAS CAMPOS DE MEDIDA.
PARA LA CONVERSION EN OTROS VALORES DE Q MIN , SE APLICARAN LAS REGLAS SIGUIENTES:
A) A CAUDAL CONSTANTE, LA VARIACION DEL ERROR ES PROPORCIONAL AL PAR DE TORSION,
B) A PAR DE TORSION CONSTANTE, LA VARIACION DEL ERROR, EN EL CASO DE LOS CONTADORES DE PISTONES ROTATIVOS, ES INVERSAMENTE PROPORCIONAL AL CAUDAL, Y EN EL CASO DE LOS CONTADORES DE TURBINA, ES INVERSAMENTE PROPORCIONAL AL CUADRADO DEL CAUDAL.
7.
VERIFICACION PRIMITIVA:
7.1 ENSAYOS DE EXACTITUD: SE CONSIDERARA ACEPTABLE UN CONTADOR CUANDO CUMPLA LO ESPECIFICADO EN EL PUNTO IV.5, REFERENTE A LOS ERRORES MAXIMOS TOLERADOS, A LOS CAUDALES SIGUIENTES:
Q MIN , 0,10 Q MAX (SI ESTE VALOR ES SUPERIOR A Q MIN ), 0,25 Q MAX , 0,40
Q MAX , 0,70 Q MAX Y Q MAX
SI EL ENSAYO SE REALIZA EN DIFERENTES CONDICIONES, ESTAS DEBERAN GARANTIZAR UN RESULTADO AL MENOS IGUAL AL DE LAS VERIFICACIONES ANTERIORMENTE MENCIONADAS.
7.2 LOS VALORES DE LOS CAUDALES MENCIONADOS EN EL PUNTO IV.7.1 PODRAN MODIFICARSE EN UN 5 POR 100 EN MAS O EN MENOS.
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