POR ORDEN DE 17 DE NOVIEMBRE DE 1988, SE MODIFICO EL PLAZO DE ENTRADA EN VIGOR DE LAS INSTRUCCIONES TECNICAS COMPLEMENTARIAS MIE-AG1 Y MIE-AG2 DEL REGLAMENTO DE APARATOS QUE UTILIZAN GAS COMO COMBUSTIBLE.
NO OBSTANTE, COMPROBADO QUE EN EL MOMENTO ACTUAL SUBSISTEN CONDICIONES OBJETIVAS QUE HAN IMPEDIDO LA REALIZACION DE LA HOMOLOGACION DE LOS QUEMADORES, ANALIZADAS Y VALORADAS LAS MISMAS, SE CONSIDERA CONVENIENTE AMPLIAR, NUEVAMENTE Y CON CARACTER EXCEPCIONAL, EL PLAZO DE ENTRADA EN VIGOR DE LAS CITADAS INSTRUCCIONES TECNICAS COMPLEMENTARIAS.
EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO HA DISPUESTO:
PRIMERO. SE AMPLIA HASTA EL 25 DE FEBRERO DE 1990 LA ENTRADA EN VIGOR DE LAS INSTRUCCIONES TECNICAS COMPLEMENTARIAS MIE-AG1 Y MIE-AG2 DEL REGLAMENTO DE APARATOS QUE UTILIZAN GAS COMO COMBUSTIBLE, APROBADAS POR ORDEN DE 7 DE JUNIO DE 1988, REFERENTES A <QUEMADORES A GAS FABRICADOS EN SERIE, CON AIRE A PRESION ATMOSFERICA> Y <QUEMADORES A GAS FABRICADOS EN SERIE, CON AIRE FORZADO>, RESPECTIVAMENTE.
SEGUNDO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
LO QUE COMUNICO A V.
I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 5 DE JULIO DE 1989.
ARANZADI MARTINEZ
ILMO. SR. SUBSECRETARIO.
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