El Tribunal Constitucional, por Auto de 4 de julio actual, ha acordado mantener la suspensión del apartado 2.2 de la disposición transitoria sexta de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, introducido en la misma por la Ley del Parlamento de Andalucía 6/1938. de 17 de octubre, cuya suspensión se dispuso por providencia de 16 de enero pasado, dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 39/89, promovido por el Presidente del Gobierno, quien invocó el artículo 161.2 de la Constitución.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 4 de julio de 1989.-EI Presidente del Tribunal Constitucional
TOMAS Y VALIENTE
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