El Tribunal Constitucional, por Auto de 4 de julio actual, ha acordado mantener la suspensión del apartado 2.3 de la disposición transitoria sexta de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía. introducido en la misma por la Ley del Parlamento de Andalucía 7/1988, de 2 de noviembre, cuya suspensión se dispuso por providencia de 16 de enero pasado, dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 38/89, promovido por el Presidente del Gobierno, quien invocó el artículo 161.2 de la Constitución.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 4 de julio de 1989.-El Presidente del Tribunal Constitucional.
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