EL REAL DECRETO 374/1989, DE 31 DE MARZO, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE EJECUCION DE LA LEY 8/1975, DE 12 DE MARZO, DE ZONAS E INSTALACIONES DE INTERES PARA LA DEFENSA NACIONAL (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 90) EN SU ARTICULO UNICO DA NUEVA REDACCION A LA DISPOSICION FINAL PRIMERA DEL CITADO REGLAMENTO.
DICHA DISPOSICION FINAL PRIMERA DESCONCENTRA EN EL MINISTERIO DE DEFENSA LA CONCESION DE AUTORIZACIONES PARA PROYECTOS DE OBRAS O CONSTRUCCIONES DE CUALQUIER TIPO, TANTO PUBLICAS COMO PRIVADAS, CUANDO ESTEN SITUADAS EN UNA PROPIEDAD DEL ESTADO AFECTA AL MINISTERIO DE DEFENSA, O SE REALICEN DENTRO DEL PERIMETRO DE LA ZONA DE SEGURIDAD DE UNA INSTALACION MILITAR O CIVIL DECLARADA DE INTERES MILITAR, EN CEUTA Y MELILLA.
ASIMISMO, DICHA DISPOSICION FINAL PRIMERA ESTABLECE DOS ATRIBUCIONES QUE CORRESPONDE AL MINISTERIO DE DEFENSA, DE UNA PARTE, EMITIR INFORME PRECEPTIVO EN LOS EXPEDIENTES DE CONCESION EN LOS SUPUESTOS DE REALIZACION DE OBRAS QUE IMPLIQUEN MODIFICACION DEL VOLUMEN DE LAS EDIFICACIONES EN CEUTA Y MELILLA, O PARA LA CONSTITUCION, TRANSMISION O MODIFICACION DE DERECHOS REALES SOBRE LOS MISMOS, SI EL PROPIETARIO O ADQUIRENTE, EN TODOS ESTOS SUPUESTOS, FUERE DE NACIONALIDAD EXTRANJERA, DE OTRA PARTE, SER NOTIFICADO DE LOS ACUERDOS QUE ADOPTEN LOS DELEGADOS DEL GOBIERNO EN ESTA MATERIA EN EL EJERCICIO DE SUS COMPETENCIAS, CON EL FIN DE PODER EJERCER LAS FACULTADES DE VIGILANCIA Y CONTROL PREVISTOS EN LA LEY 8/1975, DE 12 DE MARZO.
CON EL FIN DE LOGRAR UNA MAYOR AGILIDAD, EFICACIA Y COORDINACION EN LA GESTION DE ESTA MATERIA, PARECE CONVENIENTE DELEGAR EN EL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA, LAS ATRIBUCIONES DESCONCENTRADAS EN MI AUTORIDAD, POR EL REAL DECRETO 374/1989, DE 31 DE MARZO, ASI COMO ATRIBUIRLE LA FACULTAD DE EMITIR EL INFORME Y RECIBIR LAS NOTIFICACIONES ANTES REFERIDAS.
EN SU VIRTUD, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DEL ESTADO, DISPONGO:
PRIMERO. SE DELEGAN EN EL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA LAS ATRIBUCIONES DESCONCENTRADAS EN EL MINISTRO DE DEFENSA, QUE ESTABLECE LA DISPOSICION FINAL PRIMERA, DOS, DEL REGLAMENTO DE EJECUCION DE LA LEY 8/1975, DE ZONAS E INSTALACIONES DE INTERES PARA LA DEFENSA NACIONAL, EN LA REDACCION APROBADA POR EL ARTICULO UNICO DEL REAL DECRETO 374/1989, DE 3 DE MARZO.
SEGUNDO. CORRESPONDERA AL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA EMITIR EL INFORME PRECEPTIVO ESTABLECIDO EN LA DISPOSICION FINAL PRIMERA, CUATRO, DEL REGLAMENTO DE EJECUCION ANTES CITADO.
TERCERO. LA AUTORIDAD DEL MINISTERIO DE DEFENSA A LA QUE CORRESPONDE RECIBIR LAS COPIAS DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LOS DELEGADOS DEL GOBIERNO CONCEDIENDO O DENEGANDO AUTORIZACIONES, A LAS QUE SE REFIERE EL APARTADO 6 DE LA DISPOSICION FINAL PRIMERA, ANTES CITADA, SERA EL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA.
CUARTO. 1.
LA DELEGACION DE ATRIBUCIONES QUE SE ESTABLECE EN LA PRESENTE ORDEN TENDRA COMO EXCEPCIONES LAS PREVISTAS EN EL APARTADO 3. DEL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO Y AQUELLA SE ENTENDERA SIN PERJUICIO DE QUE EN CUALQUIER MOMENTO EL ORGANO DELEGANTE PUEDA AVOCAR PARA SI EL CONOCIMIENTO Y RESOLUCION DE CUANTOS ASUNTOS ESTIME OPORTUNOS.
2. SIEMPRE QUE SE HAGA USO DE LA DELEGACION CONTENIDA EN LA PRESENTE DISPOSICION DEBERA HACERSE CONSTAR ASI EXPRESAMENTE EN LA RESOLUCION CORRESPONDIENTE.
QUINTO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
MADRID, 3 DE JULIO DE 1989.
SERRA I SERRA
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid