SE DISPONE LA PUBLICACION DEL ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DE 26 DE MAYO DE 1989 QUE FIGURA COMO ANEXO A LA PRESENTE RESOLUCION.
MADRID, 19 DE JUNIO DE 1989. EL SUBSECRETARIO DE ECONOMIA Y HACIENDA, EL SUBSECRETARIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS.
ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS POR EL QUE, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 236/1988, DE 4 DE MARZO, SE REVISA EL IMPORTE DE LAS INDEMNIZACIONES ESTABLECIDAS EN EL MISMO
PRIMERO. EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN LA DISPOSICION FINAL CUARTA DEL REAL DECRETO 236/1988, DE 4 DE MARZO, SOBRE INDEMNIZACIONES POR RAZON DEL SERVICIO, SE REVISA EL IMPORTE DE LAS INDEMNIZACIONES ESTABLECIDAS EN DICHO REAL DECRETO QUEDANDO FIJADAS EN LAS CUANTIAS QUE SE DETALLAN EN EL ANEXO DE ESTE ACUERDO.
SEGUNDO.
ASIMISMO SE ACTUALIZA EL IMPORTE DE LA INDEMNIZACION A PERCIBIR COMO GASTO DE VIAJE POR EL USO DEL VEHICULO PARTICULAR EN COMISION DE SERVICIO A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 16.5 DEL REFERIDO REAL DECRETO 236/1988, QUEDANDO ESTABLECIDO EN 20 PESETAS POR KILOMETRO RECORRIDO SI SE TRATASE DE AUTOMOVILES Y EN 7 PESETAS SI SE TRATASE DE MOTOCICLETAS.
TERCERO. LA REVISION DEL IMPORTE DE LAS INDEMNIZACIONES QUE SE APRUEBAN POR ESTE ACUERDO NO PODRAN SUPONER INCREMENTO DEL GASTO PUBLICO.
CUARTO. EL PRESENTE ACUERDO SURTIRA EFECTOS ECONOMICOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
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