EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 5 DE JUNIO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 1030/89, PROMOVIDA POR LA SECCION CUARTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE OVIEDO, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 47, PARRAFO TERCERO, DEL TEXTO ARTICULADO DE LA LEY DE BASES DE CONTRATOS DEL ESTADO, APROBADO POR EL DECRETO NUMERO 923/1965, DE 8 DE ABRIL, POR PODER SER CONTRARIO A LOS ARTICULOS 14 Y 24.1 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 5 DE JUNIO DE 1989. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.
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