Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 288, de 2 de diciembre de 1987, páginas 35711 y 35712, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Artículo 5.°. punto dos, apartado c), donde dice: «... donaciones de entidades particulares.». debe decir: «... donaciones de entidades y particulares».
Artículo 9.°, punto uno, quinta línea, donde dice: «... el largo y ancho de dichas líneas...», debe decir: «... el largo y el ancho de dichas líneas...».
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