De orden del excelentísimo señor Ministro se publica, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, el fallo de la sentencia dictada con fecha 21 de septiembre de 1987 por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 408.781, promovido por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, contra la Orden de 25 de abril de 1984, por la que se dictan normas para la jerarquización de Instituciones Abiertas de la Seguridad Social, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo promovido por la representación procesal del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, debemos anular y anulamos la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 25 de abril de 1984, por no ser conforme a derecho, sin declaración expresa en cuanto a costas."
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 12 de febrero de 1988.- P. D., el Director general de Servicios, Miguel Marañón Barrio.
Ilmos. Sres. Secretario general de Asistencia Sanitaria y Director general de Recursos Humanos, Suministros e Instalaciones.
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