AL OBJETO DE DAR CUMPLIMIENTO AL REQUISITO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 24 DEL VIGENTE REGLAMENTO DE BOLSAS DE COMERCIO PARA QUE SEA ADMITIDA A COTIZACION OFICIAL LA DEUDA DEL ESTADO, INTERIOR Y AMORTIZABLE, ESTA DIRECCION GENERAL DEL TESORO Y POLITICA FINANCIERA HACE PUBLICAS LAS CARACTERISTICAS ESENCIALES DE LA EMITIDA EL 25 DE NOVIEMBRE DE 1987, EN VIRTUD DE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL REAL DECRETO 2640/1986, DE 30 DE DICIEMBRE; ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DE 22 DE ENERO DE 1987, Y RESOLUCIONES DE LA DIRECCION GENERAL DEL TESORO Y POLITICA FINANCIERA DE 21 DE OCTUBRE Y 18 DE DICIEMBRE DE 1987, Y FORMALIZADA EN BONOS DEL ESTADO AL 12,65 POR 100.
1. EL IMPORTE NOMINAL DE LA EMISION DE BONOS DEL ESTADO AL 12,65 POR 100, DE 25 DE NOVIEMBRE DE 1987, ASCIENDE A 80.424.330.000 PESETAS.
2. ESTA DEUDA PODRA ESTAR REPRESENTADA EN TITULOS O EN ANOTACIONES EN CUENTA, PUDIENDOSE TRANSFORMAR ESTAS ULTIMAS EN TITULOS, Y VICEVERSA, SEGUN SE PREVE EN EL REAL DECRETO 505/1987, DE 3 DE ABRIL, Y EN LA ORDEN DE 19 DE MAYO DE 1987.
3. LA NUMERACION DE LOS TITULOS DE ESTA DEUDA ESTARA COMPRENDIDA ENTRE LOS NUMEROS 1 AL 8.042.433.
4. LOS TITULOS EMITIDOS SE AGRUPAN POR LAMINAS, SEGUN EL SIGUIENTE DETALLE:
NUMERO 1, DE UN TITULO.
NUMERO 2, DE 10 TITULOS.
NUMERO 3, DE 100 TITULOS.
NUMERO 4, DE 1.000 TITULOS.
5. EN NINGUN CASO LA ADQUISICION DE LA DEUDA DEL ESTADO QUE SE EMITE DARA DERECHO A DESGRAVACIONES FISCALES EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS O EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES.
6. LA DEUDA DEL ESTADO QUE SE EMITE SE AMORTIZARA A LA PAR EL 25 DE NOVIEMBRE DE 1990. LOS CUPONES SE PAGARAN POR SEMESTRES VENCIDOS EN 25 DE NOVIEMBRE Y 25 DE MAYO POR UN IMPORTE BRUTO DE 623,50 PESETAS POR TITULO. EL PRIMER CUPON A PAGAR SERA EL 25 DE MAYO DE 1988.
7. LA TRAMITACION INHERENTE A LAS OPERACIONES DE SOLICITUD DE ABONO DE LOS INTERESES DE LOS TITULOS EMITIDOS SE REALIZARA EN LOS TERMINOS DISPUESTOS EN LAS NORMAS DICTADAS POR LAS RESOLUCIONES DE LA DIRECCION GENERAL DEL TESORO DE 6 DE SEPTIEMBRE Y 27 DE NOVIEMBRE DE 1978, Y POR LA ORDEN DE 19 DE MAYO DE 1987.
MADRID, 14 DE ENERO DE 1988. EL DIRECTOR GENERAL, PEDRO MARTINEZ MENDEZ.
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