EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 22 DE NOVIEMBRE ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 1837/1988, RELATIVA A LOS ARTICULOS 4. 5. (REGLA PRIMERA), 7. 23 (EN RELACION CON EL 24.7), 31.2 Y 34.3, Y 6. DE LA LEY 44/1978, TENIENDO EN CUENTA LA REFORMA OPERADA POR LA LEY 48/1985, SOBRE EL <IMPUESTO DE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS>, CON REFERENCIA A LOS ARTICULOS 14, 18, 31 Y 39 DE LA CONSTITUCION, SOMETIDA AL PLENO DE ESTE TRIBUNAL POR SENTENCIA DEL MISMO DE 10 DE NOVIEMBRE ACTUAL, RECAIDA EN EL RECURSO DE AMPARO NUMERO 752/1985, PROMOVIDO POR DON JESUS GARCIA GOMBAU, CONTRA SENTENCIA DE LA SALA SEGUNDA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE LA AUDIENCIA TERRITORIAL DE BARCELONA, DE 19 DE JUNIO DE 1985, ASI COMO CONTRA PROVIDENCIA DE DICHA SALA DE 12 DE JULIO DEL MISMO AÑO.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 22 DE NOVIEMBRE DE 1988. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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