EL REAL DECRETO 408/1988, DE 29 DE ABRIL (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 104), DE MODIFICACION PARCIAL DEL REAL DECRETO 1/1987, DE 1 DE ENERO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 2), QUE DETERMINA LA ESTRUCTURA ORGANICA BASICA DEL MINISTERIO DE DEFENSA, CREA LA SUBDIRECCION GENERAL DE COSTES DE PERSONAL Y PENSIONES MILITARES, ORGANO ENCARGADO DE DESARROLLAR LA POLITICA DE RETRIBUCIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE PERSONAL, EN LA QUE SE INTEGRA, ASI COMO DE ASUMIR LAS COMPETENCIAS QUE EN MATERIA DE PENSIONES CAUSADAS POR PERSONAL MILITAR TENIA ATRIBUIDAS EL DESAPARECIDO CONSEJO SUPREMO DE JUSTICIA MILITAR.
LAS FUNCIONES ASIGNADAS A AQUELLA SUBDIRECCION GENERAL ACONSEJAN QUE SU TITULAR FORME PARTE DE LA COMISION DE RETRIBUCIONES DEL MINISTERIO DE DEFENSA Y DE SU COMISION EJECUTIVA, EJERCIENDO COMO SECRETARIO DE ELLAS, ENCARGADO DE PREPARAR EL DESPACHO DE LOS ASUNTOS A TRATAR, LO QUE EXIGE LA MODIFICACION PARCIAL DE LA COMPOSICION DE AMBAS COMISIONES, ESTABLECIDAS POR ORDEN 57/ 1987, DE 13 DE NOVIEMBRE (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 279).
EN SU VIRTUD, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL REAL DECRETO 469/1987, DE 3 DE ABRIL (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 85), QUE CREA EN CADA DEPARTAMENTO UNA COMISION MINISTERIAL DE RETRIBUCIONES Y PREVIA APROBACION DEL MINISTRO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, DISPONGO:
PRIMERO. EL ARTICULO 1. DE LA ORDEN 57/1987, DE 13 DE NOVIEMBRE, PUBLICADA EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 279, DE 21 DE NOVIEMBRE, QUEDA REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:
LA COMISION DE RETRIBUCIONES DEL MINISTERIO DE DEFENSA TENDRA LA SIGUIENTE COMPOSICION:
PRESIDENTE: EL SUBSECRETARIO DE DEFENSA.
VICEPRESIDENTE: EL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL.
VOCALES: EL SECRETARIO GENERAL TECNICO, LOS DIRECTORES GENERALES DEL DEPARTAMENTO, UN OFICIAL GENERAL EN REPRESENTACION DE CADA UNO DE LOS CUARTELES GENERALES, LOS DIRECTORES DE LOS ORGANISMOS AUTONOMOS DEL DEPARTAMENTO, EL INTERVENTOR GENERAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA Y EL JEFE DE LA OFICINA PRESUPUESTARIA.
SECRETARIO: EL SUBDIRECTOR GENERAL DE COSTES DE PERSONAL Y PENSIONES MILITARES.
SEGUNDO. EL ARTICULO 2. DE LA CITADA ORDEN 57/1987, DE 13 DE NOVIEMBRE, QUEDA REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:
BAJO LA DEPENDENCIA INMEDIATA DE LA COMISION MINISTERIAL DE RETRIBUCIONES SE CREA UNA COMISION EJECUTIVA CUYA COMPOSICION ES LA SIGUIENTE:
PRESIDENTE: EL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL.
VOCALES: EL INTERVENTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO Y EL JEFE DE LA OFICINA PRESUPUESTARIA.
SECRETARIO: EL SUBDIRECTOR GENERAL DE COSTES DE PERSONAL Y PENSIONES MILITARES.
A LAS REUNIONES DE LA COMISION EJECUTIVA PODRAN ASISTIR AQUELLOS REPRESENTANTES QUE SE CONSIDERE OPORTUNO EN FUNCION DE LOS ASUNTOS A TRATAR.
TERCERO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
MADRID, 2 DE NOVIEMBRE DE 1988.
SERRA I SERRA
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