Advertidos errores en la Resolución de 20 de agosto de 1988, de esta Dirección General, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 207, de fecha 29 de agosto de 1988, a continuación se formula la oportuna rectificación:
En la página 26259, norma 7.ª, línea 5.ª, donde dice: «..., ni formuladas en boletos actuales ...», debe decir: «..., ni las formuladas en boletos actuales ...».
En la norma adicional primera, que figura en la misma página, el párrafo segundo deberá quedar redactado de la siguiente forma:
«Esta apuesta múltiple podrá jugarse solamente en boletos del nuevo formato validados mecánicamente, en los que también se autoriza la apuesta múltiple de 28 para la modalidad de Bono-Loto.»
Madrid, 1 de septiembre de 1988.-El Director general, P. S. (artículo 6.°, Real Decreto 904/1985), el Gerente de la Lotería Nacional, Gregorio Máñez Vindel.
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