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Documento BOE-A-1988-20806

Resolución de 18 de agosto de 1988, de la Secretaría de Estado para la Seguridad, Dirección de la Seguridad del Estado, por la que se delega al Gobernador Civil de Córdoba las facultades sobre expulsión de extranjeros.

Publicado en:
«BOE» núm. 205, de 26 de agosto de 1988, páginas 26153 a 26153 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1988-20806
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1988/08/18/(1)

TEXTO ORIGINAL

EXCMO. SR.:

LA EXISTENCIA DE UN GRAN NUMERO DE EXTRANJEROS RESIDENTES EN CORDOBA Y SU PROVINCIA DE FORMA IRREGULAR, SIN CUMPLIR LAS NORMAS ESTABLECIDAS, HA ORIGINADO UNA INCIDENCIA NEGATIVA EN LA SEGURIDAD CIUDADANA; ESTIMANDO QUE LA AGILIZACION DE LOS TRAMITES CONDUCENTES A LA URGENTE RESOLUCION DE LOS EXPEDIENTES QUE SE INSTRUYAN AL EFECTO HA DE FACILITAR LA SOLUCION DE LA REFERIDA PROBLEMATICA, SE CONSIDERA NECESARIO HACER USO DE LA AUTORIZACION CONFERIDA PARA DELEGAR LAS FACULTADES RELATIVAS A LA EXPULSION DE LOS EXTRANJEROS DEL TERRITORIO NACIONAL.

EN SU VIRTUD, A TENOR DE LO PRECEPTUADO EN EL ARTICULO 26 DE LA LEY ORGANICA 7/1985, DE 1 DE JULIO, Y, EN RELACION CON LA MISMA, EN EL ARTICULO 87.4 DE SU REGLAMENTO DE EJECUCION, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1119/1986, DE 26 DE MAYO, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, PREVIA APROBACION DEL MINISTRO DEL INTERIOR, HE RESUELTO:

PRIMERO. DELEGAR EN EL GOBERNADOR CIVIL DE CORDOBA LAS FACULTADES QUE ME ESTAN CONFERIDAS PARA LA TRAMITACION Y RESOLUCION DE LOS EXPEDIENTES DE EXPULSION DE EXTRANJEROS DEL TERRITORIO NACIONAL EN EL AMBITO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA.

SEGUNDO. SIEMPRE QUE SE HAGA USO DE LA DELEGACION CONTENIDA EN ESTA RESOLUCION, DEBERA HACERSE CONSTAR ASI EXPRESAMENTE, DEBIENDO COMUNICAR A ESTA SECRETARIA DE ESTADO, EN CADA CASO QUE SE DECRETE LA EXPULSION, EL USO MOTIVADO DE DICHA FACULTAD.

TERCERO. LA PRESENTE DELEGACION ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>, PUDIENDO SER AVOCADOS POR MI AUTORIDAD EL CONOCIMIENTO Y RESOLUCION DE ALGUNOS DE ESTOS EXPEDIENTES Y REVOCADA LA DELEGACION CONFERIDA CUANDO LAS CIRCUNSTANCIAS LO REQUIERAN.

LO QUE COMUNICO A V. E.

PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 18 DE AGOSTO DE 1988. EL SECRETARIO DE ESTADO PARA LA SEGURIDAD-DIRECTOR DE LA SEGURIDAD DEL ESTADO, RAFAEL VERA FERNANDEZ-HUIDOBRO.

EXCMO. SR. GOBERNADOR CIVIL DE CORDOBA.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/08/1988
  • Fecha de publicación: 26/08/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 27/08/1988
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 87.4 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1119/1986, de 26 de mayo (Ref. BOE-A-1986-15311).
    • art. 26 de la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12767).
    • art. 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, de 26 de julio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-10111).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Extranjeros
  • Gobiernos civiles
  • Ministerio del Interior
  • Secretaría de Estado para la Seguridad Dirección de la Seguridad del Estado

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