Está Vd. en

Documento BOE-A-1988-14250

Resolución de 30 de mayo de 1988, de la Dirección General de Transportes Terrestres, por la que se dictan normas de procedimiento en los expedientes de sustitución de concesiones de transporte regular de viajeros por carretera, regulada por Orden de 14 de abril de 1988.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 10 de junio de 1988, páginas 18193 a 18194 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1988-14250
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1988/05/30/(1)

TEXTO ORIGINAL

LA ORDEN DE 14 DE ABRIL DE 1988, DICTADA PARA DAR CUMPLIMIENTO A LAS PREVISIONES LEGALES ESTABLECIDAS EN LA DISPOSICION TRANSITORIA SEGUNDA DE LA LEY 16/1987, DE 30 DE JULIO, DE ORDENACION DE LOS TRANSPORTES TERRESTRES, SOBRE LA SUSTITUCION DE CONCESIONES DE TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS POR CARRETERA, ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO Y LAS REGLAS DE ACTUACION QUE HABRAN DE SEGUIRSE EN LA TRAMITACION DE LOS EXPEDIENTES QUE SE INSTRUYAN CON DICHA FINALIDAD, CONTEMPLANDOSE EN LA MISMA LA POSIBILIDAD QUE TIENEN LAS EMPRESAS CONCESIONARIAS DE COMUNICAR A ESTA DIRECCION GENERAL LAS MODIFICACIONES QUE ESTIMEN PROCEDENTE INTRODUCIR EN LA EXPLOTACION DE LOS SERVICIOS, TENDENTES A UNA MAYOR RACIONALIZACION DE LA RED DE TRANSPORTE Y SU ADECUACION A LAS NECESIDADES DE LOS USUARIOS.

DETERMINADO EL CAUCE REGLAMENTARIO QUE HABRA DE SEGUIRSE PARA TRAMITAR LA EXPRESADA SUSTITUCION DE CONCESIONES, EN CUYO DESARROLLO HABRA DE TENERSE EN CUENTA LA ESTRUCTURACION DEFINITIVA DE LOS SERVICIOS PARA EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS APUNTADOS, NO PARECE COHERENTE NI OPORTUNO TRAMITAR AISLADAMENTE, FUERA DEL INDICADO PROCEDIMIENTO DE SUSTITUCION CONCESIONAL, AQUELLAS PETICIONES RELATIVAS A MODIFICACIONES O AMPLIACIONES DE LOS SERVICIOS REGULARES QUE PUDIERAN SER SOLICITADAS POR LAS EMPRESAS TITULARES DE LOS MISMOS CON ANTERIORIDAD A LA INICIACION DEL PROCEDIMIENTO DE CONVALIDACION A QUE ANTES SE HA HECHO REFERENCIA.

POR OTRA PARTE, Y RESPECTO A LOS EXPEDIENTES ACTUALMENTE EN TRAMITACION SOBRE MODIFICACIONES DE LOS SERVICIOS CONCESIONALES INSTADAS POR LAS EMPRESAS TRANSPORTISTAS, SE ESTIMA LA CONVENIENCIA, A FIN DE EVITAR LA DUPLICIDAD Y EL PARALELISMO DE ACTUACIONES, DE ACUMULAR LAS PETICIONES DEDUCIDAS AL EXPEDIENTE UNICO QUE SE INSTRUYA CON MOTIVO DE LA PRECEPTIVA SUSTITUCION DE LA CONCESION, EN EL QUE HABRA DE DEFINIRSE, DE FORMA GENERAL Y GLOBALIZADA, LA CONFIGURACION DE LOS SERVICIOS Y LAS MODIFICACIONES QUE RESPECTO A LOS ACTUALES EN EXPLOTACION PROCEDA AUTORIZAR, YA QUE SE HACE PRECISA UNA VISION DE CONJUNTO QUE PERMITA EL ESTUDIO COORDINADO DE LA RED RESULTANTE, A FIN DE CONSEGUIR UN PLAN ARMONICO Y ESTRUCTURADO, DE ACUERDO CON LAS DIRECTRICES EXPUESTAS EN LA LEY DE ORDENACION DE LOS TRANSPORTES TERRESTRES, Y EVITAR, POR TANTO, LA TRAMITACION INDIVIDUAL DE MODIFICACIONES QUE PUDIERAN CONDUCIR A RESULTADOS OPUESTOS A LA PRETENDIDA ARMONIZACION.

ESTA DIRECCION GENERAL, DE ACUERDO CON LA FACULTAD CONFERIDA EN LA DISPOSICION ADICINAL DE LA ORDEN DE 14 DE ABRIL DE 1988, HA RESULETO:

PRIMERO. LAS EMPRESAS CONCESIONARIAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS POR CARRETERA QUE PRETENDAN SOLICITAR MODIFICACIONES EN LA EXPLOTACION DE LOS MISMOS FORMULARAN LAS RESPECTIVAS PETICIONES DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE SUSTITUCION DE LA CONCESION REGULADO POR LA ORDEN DE 14 DE ABRIL DE 1988.

SEGUNDO. LOS EXPEDIENTES QUE SE ENCUENTREN ACTUALMENTE EN TRAMITACION SOBRE MODIFICACIONES O AMPLIACIONES DE SERVICIOS AMPARADOS POR LA ACTUAL CONCESION SERAN ACUMULADOS, PARA SU RESOLUCION DEFINITIVA, AL EXPEDIENTE QUE SE INSTRUYA EN EL PROCEDIMIENTO DE SUSTITUCION DE LA CONCESION, PREVISTO EN LA CITADA ORDEN DE 14 DE ABRIL DE 1988.

MADRID, 30 DE MAYO DE 1988. EL DIRECTOR GENERAL, MANUEL PANADERO LOPEZ.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/05/1988
  • Fecha de publicación: 10/06/1988
Referencias anteriores
Materias
  • Empresas
  • Transportes terrestres
  • Vehículos de motor

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid