EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 23 DE MAYO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NUMERO 857/1988, PROMOVIDO POR EL CONSEJO EJECUTIVO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA FRENTE AL GOBIERNO, EN RELACION CON EL ARTICULO 2, PARRAFO PRIMERO, LA NORMA I, APARTADO G), Y LA NORMA II DEL ANEXO I DEL REAL DECRETO 1728/1987, DE 23 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS TECNICO-SANITARIAS QUE REGULAN LAS PRESCRIPCIONES EXIGIBLES PARA EL COMERCIO INTERCOMUNITARIO E IMPORTACION DE TERCEROS PAISES DE CARNES FRESCAS, ASI COMO LAS QUE DEBEN REUNIR LOS MATADEROS, SALAS DE DESPIECE Y ALMACENES FRIGORIFICOS AUTORIZADOS PARA DICHO COMERCIO.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 23 DE MAYO DE 1988.
EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid