EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 18 DE ABRIL ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 556/1988, PROMOVIDO POR EL GOBIERNO BALEAR, CONTRA LOS ARTICULOS 118, 119 Y 121 DE LA LEY 33/1987, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1988, ASI COMO CONTRA EL ARTICULO 153, REGLAS SEGUNDA Y QUINTA, DE LA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA, EN LA REDACCION DADA POR EL ARTICULO 123 DE LA INDICADA LEY 33/1987, Y CONTRA LAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS SIGUIENTES: SERVICIO 19.12 DIRECCION GENERAL DE ACCION SOCIAL. PROGRAMA 31.1. ACCION SOCIAL. 313.A PENSIONES Y PRESTACIONES DE ASISTENCIA SOCIAL.
SECCION 17.07. DIRECCION GENERAL DE ARQUITECTURA Y VIVIENDA. PROGRAMA 4.3.
VIVIENDA Y URBANISMO, SE IMPUGNA EL PROGRAMA 431.A. 431.B, 432.B.
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION. PROGRAMA 712.A. PROMOCION COOPERATIVA SOCIAL Y ORDENACION Y FOMENTO DE LA PRODUCCION AGRARIA Y PESQUERA.
712.D. REESTRUCTURACION DE LOS SECTORES PRODUCTIVOS AGRARIOS Y PESQUEROS.
SECCION 23.09 DIRECCION GENERAL DE POLITICA TURISTICA. PROGRAMA 7.51.A. TURISMO. ORDENACION Y PROMOCION TURISTICA.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 18 DE ABRIL DE 1988. EL SECRETARIO DE JUSTICIA, FIRMADO Y RUBRICADO.
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