EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 11 DE MARZO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 267/1987, PROMOVIDA POR EL PLENO DE LA AUDIENCIA TERRITORIAL DE OVIEDO, CONSTITUIDO EN SALA DE JUSTICIA, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 39 DE LA LEY DE 5 DE JULIO DE 1984 DE LA JUNTA GENERAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, QUE CONFIERE FUERO PRIVILEGIADO A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE GOBIERNO DEL PRINCIPADO, POR PODER INFRINGIR LOS ARTICULOS 9.3, 14, 147.3 Y 149.5 Y 6, DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 11 DE MARZO DE 1987. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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