EL ARTICULO 15.1 DEL REAL DECRETO-LEY 2/1986, DE 23 DE MAYO, SOBRE EL SERVICIO PUBLICO DE ESTIBA Y DESESTIBA DE BUQUES, DISPUSO QUE EL CONTRATO CORRESPONDIENTE A LA RELACION LABORAL DE CARACTER ESPECIAL DE LOS ESTIBADORES PORTUARIOS SE FORMALIZARIA POR ESCRITO, ADOPTANDO EL MODELO OFICIAL QUE APROBASE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAS SOCIAL.
MEDIANTE LA PRESENTE ORDEN SE DA CUMPLIMIENTO AL MANDATO LEGAL EXPRESADO, PROCEDIENDO A LA APROBACION DEL MODELO OFICIAL DE CONTRATO DE TRABAJO DE LA RELACION LABORAL ESPECIAL DE LOS ESTIBADORES PORTUARIOS, HABIENDO TENIDO EN CUENTA AL RESPECTO LOS CRITERIOS DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES Y EMPRESARIALES MAS REPRESENTATIVAS EXPRESADOS EN LAS NEGOCIACIONES QUE DIERON COMO RESULTADO EL ACUERDO TRIPARTITO PARA EL DESARROLLO DEL REAL DECRETO-LEY 2/1986, SUSCRITO POR LAS REPRESENTACIONES DE CEOE-CEPYME, UGT, ELA-STV Y CC.OO., Y LA ADMINISTRACION.
EN SU VIRTUD HE TENIDO A BIEN DISPONER:
ARTICULO UNICO. SE APRUEBA EL MODELO OFICIAL DE CONTRATO DE TRABAJO DE LA RELACION LABORAL ESPECIAL DE ESTIBADORES PORTUARIOS, QUE FIGURA COMO ANEXO DE LA PRESENTE ORDEN.
DISPOSICION FINAL
LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
MADRID, 13 DE MARZO DE 1987.
CHAVES GONZALEZ
ILMO. SR. SECRETARIO GENERAL DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES.
ANEXO
MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO DE LA RELACION LABORAL ESPECIAL DE ESTIBADORES PORTUARIOS EN ............. A ............. DE ............. DE 19 .............
REUNIDOS, DE UNA PARTE, Y COMO EMPLEADOR, DON .............,EN SU CALIDAD DE (1) ............., CON DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD ............., EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE LA SOCIEDAD ESTATAL ............., CON DOMICILIO SOCIAL EN ............., DE OTRA, COMO TRABAJADOR DON .............,CON DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD .............
Y DOMICILIO EN ............., CALLE .............,INCLUIDO EN EL CENSO DE LA ORGANIZACION DE TRABAJOS PORTUARIOS (OTP), EN LA FECHA DE CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD O EN EL REGISTRO ESPECIAL DE ESTIBADORES PORTUARIOS CON EL NUMERO ............. (2),ACUERDAN OTORGAR EL PRESENTE CONTRATO DE TRABAJO QUE REGULARA ESTA RELACION LABORAL DE CARACTER ESPECIAL, CON SUJECION A LAS SIGUIENTES CLAUSULAS PRIMERA. EL CONTRATO DE TRABAJO SE CONCIERTA POR TIEMPO INDEFINIDO.
SEGUNDA. EL TRABAJADOR ES CONTRATADO CON LA CATEGORIA PROFESIONAL Y O GRUPO PROFESIONAL DE .............
.............
TERCERA. EL TRABAJADOR DEBERA REALIZAR LOS TRABAJOS DE CARACTER TEMPORAL QUE LE SEAN ASIGNADOS EN CUALQUIERA DE LAS EMPRESAS ESTIBADORAS Y CUMPLIENDO LAS ORDENES IMPARTIDAS POR ESTAS, SIN PERJUICIO DE PERMANECER VINCULADO LABORALMENTE A LA SOCIEDAD ESTATAL, DEBIENDO PRESENTARSE EN TODO CASO A LOS LLAMAMIENTOS QUE SE EFECTUARAN EN LA SEDE DE AQUELLA.
CUARTA. LA RETRIBUCION ESTARA CONSTITUIDA (3) POR UN SALARIO BASE DE............. PESETAS Y LOS SIGUIENTES COMPLEMENTOS DE CARACTER PERSONAL ............
..........................
EL SALARIO GARANTIZADO SERA ..........................
.............
LA RETRIBUCION DEL PERIODO DE VACACIONES CONSISTIRA EN EL PROMEDIO DE LO EFECTIVAMENTE PERCIBIDO EN LOS ULTIMOS SEIS MESES.
QUINTA. LA JORNADA DE TRABAJO, VACACIONES, DESCANSOS Y DEMAS CONDICIONES LABORALES SE REGIRAN POR LO DISPUESTO EN EL CONVENIO COLECTIVO APLICABLE EN VIGOR O SUBSIDIARIAMENTE POR LAS NORMAS DE GENERAL APLICACION.
SEXTA. DURANTE EL TIEMPO QUE EL TRABAJADOR DESARROLLE TAREAS EN EL AMBITO DE UNA EMPRESA ESTIBADORA CORRESPONDERA A LA MISMA EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE DIRECCION Y CONTROL DE SU ACTIVIDAD LABORAL.
SEPTIMA. EL PRESENTE CONTRATO SE SUSPENDERA CUANDO EL TRABAJADOR SUSCRIBA CONTRATO LABORAL CON UNA EMPRESA ESTIBADORA, TENIENDO OPCION A REANUDAR ESTA RELACION ESPECIAL CUANDO SE EXTINGA EL CONTRATO CON LA EMPRESA ESTIBADORA, SALVO QUE DICHA EXTINCION SE PRODUZCA POR MUTUO ACUERDO DE LAS PARTES, POR DIMISION DEL TRABAJADOR O POR DESPIDO DISCIPLINARIO DECLARADO PROCEDENTE.
OCTAVA. EN TODO LO NO REGULADO EN EL PRESENTE CONTRATO LAS PARTES SE SOMETEN EXPRESAMENTE A LO PREVISTO EN EL REAL DECRETO-LEY 2/1986, DE 23 DE MAYO, Y SUS NORMAS DE DESARROLLO, AL CONVENIO COLECTIVO VIGENTE EL CADA MOMENTO Y, SUBSIDIRIAMENTE, AL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Y DEMAS NORMAS DE GENERAL APLICACION.
EL PRESENTE CONTRATO SE EXTIENDE POR TRIPLICADO Y SERA REGISTRADO EN LA OFICINA DE EMPLEO CORRESPONDIENTE, FIRMANDO LAS PARTES EN EL LUGAR Y FECHA SUPRA INDICADOS. EL TRABAJADOR, EL REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD ESTATAL(1) INDICAR EL CARACTER DE LA REPRESENTACION CON LA QUE ACTUE (2) TACHESE LO QUE NO PROCEDA.(3) DE NO PACTARSE EXPRESAMENTE SE ENTENDERA DE APLICACION LO ESTABLECIDO EN EL CONVENIO COLECTIVO APLICABLE A LA SOCIEDAD ESTATAL.
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