Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 38, de fecha 13 de febrero de 1987, páginas 4382 a 4386, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Artículo 2.°, 1, en el primer párrafo, sexta línea, donde dice: «... completado la Enseñanza General Básica ...», debe decir: «... completado la Educación General Básica ...»; en la séptima línea, donde dice: «... acceso a cursos de formación compensatoria ...», debe decir: «... acceso a cursos de educación compensatoria ...».
En el párrafo segundo, segunda línea, donde dice: «... completado la Enseñanza General Básica ...», debe decir: «... completado la Educación General Básica ...».
Artículo 2.°, 2, en la primera línea, donde dice: «... y ejecución de los recursos de formación ...», debe decir: «... y ejecución de los cursos de formación ...».
Artículo 7.º, 1, en la segunda línea, donde dice: «... podrán recibir formación compensatoria ...», debe decir: «... podrán recibir educación compensatoria ...».
Artículo 7.º, 2, en la última línea, donde dice: «... formación compensatoria y decidan ...», debe decir: «... educación compensatoria y decidan ...».
Artículo 7.°, 3, en el primer párrafo, segunda línea, donde dice: «... compensatoria prevista en este ...», debe decir: «... compensatoria previstas en este ...».
En el segundo párrafo, séptima línea, donde dice: «... correspondiente salario del Convenio ...», debe decir: «... correspondiente salario de Convenio ...».
Artículo 8.°, 4, en el tercer párrafo, tercera línea, donde dice: «... accidentes de trabajo ...», debe decir «... accidente de trabajo ...».
En el título de la sección sexta, donde dice: «... Nacional de Formación e inspección ...», debe decir: «... Nacional de Formación e Inserción ...».
Articulo 20, 2, en la quinta línea, donde dice: «... asistencia no justificada ...», debe decir: «... asistencia no justificadas ...».
Artículo 22, 4, en la línea séptima, donde dice: «En el caso de los Centros privados de formación ...», debe decir: «En el caso de los Centros privados concertados de formación ...».
Artículo 23, 3, en la quinta línea, donde dice: «... en sus propios Centro y en los Centros ...», debe decir: «... en sus propios Centros y en los Centros ...».
Artículo 27, 1, en la tercera línea, donde dice: «... exigencias técnico-Pedagógicas», debe decir: «... exigencias técnico-pedagógicas».
En la disposición adicional, en la tercera línea, donde dice: «... colaboradoras de dicho Instituto ...», debe decir: «... colaboradores de dicho Instituto ...».
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