EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 10 DE NOVIEMBRE ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 1411/1987, PROMOVIDA POR LA SALA QUINTA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUP REMO, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ARTICULOS 3, 4.2, 5.2, 6.2, DISPOSICION TRANSITORIA Y DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA DE LA LEY 4/1986, DE 8 DE ENERO, DE CESION DE BIENES DEL PATRIMONIO SINDICAL ACUMULADO, POR PODER INFRINGIR LOS ARTICULOS 14 Y 28 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 10 DE NOVIEMBRE DE 1987. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.
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