EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 10 DE NOVIEMBRE ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 1.367/1987, PROMOVIDO POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO CONTRA LOS ARTICULOS 35.2 EN CONEXION CON EL ARTICULO 14.3, D), Y 38, APARTADOS 1 Y 2, DE LA LEY DEL PARLAMENTO DE CATALUÑA 17/1987, DE 17 DE JULIO, REGULADORA DE LA ADMINISTRACION HIDRAULICA DE CATALUÑA. Y SE HACE SABER QUE POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO SE HA INVOCADO EL ARTICULO 161.2 DE LA CONSTITUCION, LO QUE PRODUCE LA SUSPENSION DE LA VIGENCIA Y APLICACION DE LOS MENCIONADOS PRECEPTOS IMPUGNADOS DESDE EL DIA 27 DE OCTUBRE PASADO, FECHA DE INTERPOSICION DEL RECURSO.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 10 DE NOVIEMBRE DE 1987. EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, FRANCISCO TOMAS Y VALIENTE. FIRMADO Y RUBRICADO.
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