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Documento BOE-A-1987-24819

Orden de 2 de noviembre de 1987 por la que se amplían los plazos establecidos por Orden de 21 de febrero de 1985 para ejecutar por trabajadores desempleados obras y servicios objeto de Convenios entre el Instituto Nacional de Empleo y las Corporaciones Locales.

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 5 de noviembre de 1987, páginas 33149 a 33149 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1987-24819
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1987/11/02/(2)

TEXTO ORIGINAL

LA ORDEN DE 21 DE FEBRERO DE 1985, PUBLICADA EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 26 DEL MISMO MES Y AÑO, ESTABLECE LAS BASES GENERALES DE LOS CONVENIOS DE COLABORACION ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO Y LAS CORPORACIONES LOCALES, PARA REALIZAR OBRAS Y SERVICIOS MEDIANTE CONTRATACION DE TRABAJADORES DESEMPLEADOS.

EN LA CITADA ORDEN SE ESTABLECEN LAS BASES POR LAS QUE DEBERAN REGIRSE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE SE REALICEN AL AMPARO DE ESTA COLABORACION, SIENDO UNO DE LOS REQUISITOS QUE LAS OBRAS Y SERVICIOS SE PUEDAN EJECUTAR EN SU TOTALIDAD DENTRO DEL AÑO NATURAL DEL EJERCICIO PRESUPUESTARIO EN EL QUE SE PRODUCE LA COLABORACION.

LO AVANZADO DEL AÑO EN CURSO, SUPONE QUE MUCHAS OBRAS O SERVICIOS QUE PODRIAN REALIZARSE EN BENEFICIO DE LOS TRABAJADORES DESEMPLEADOS NO PODRAN SER APROBADAS A PESAR DE CONTAR CON FONDOS PARA ELLO, POR LA IMPOSIBILIDAD MATERIAL DE QUEDAR TOTALMENTE FINALIZADAS ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DEL PRESENTE AÑO.

CON OBJETO DE OBVIAR ESTOS PROBLEMAS, HE TENIDO A BIEN DISPONER:

ARTICULO 1.

EL PLAZO DE FINALIZACION DE LAS OBRAS O SERVICIOS QUE, AL AMPARO DE LA ORDEN DE 21 DE FEBRERO DE 1985, SE APRUEBEN DESDE EL DIA 1 DE OCTUBRE DE 1987, Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL MISMO AÑO, ASI COMO LA DURACION MAXIMA DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO QUE SE CELEBREN PARA SU EJECUCION, SE ESTABLECE EN EL 30 DE ABRIL DE 1988.

NO OBSTANTE LO ANTERIOR, PODRA PRORROGARSE IGUALMENTE HASTE EL 30 DE ABRIL DE 1988, EL PLAZO DE FINALIZACION DE LAS OBRAS Y SERVICIOS Y LA DURACION MAXIMA DE LOS CONTRATOS DE AQUELLAS APROBADAS CON ANTERIORIDAD AL 1 DE OCTUBRE DE 1987, CUANDO ASI LO SOLICITE LA CORPORACION LOCAL POR CAUSA DEBIDAMENTE JUSTIFICADA.

ART. 2.

LA CANTIDAD TOTAL DESTINADA A SUBVENCIONAR LAS OBRAS O SERVICIOS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO ANTERIOR, DEBERA SER TRANSFERIDA A LAS CORPORACIONES LOCALES POR LA DIRECCION PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO RESPECTIVA DE UNA SOLA VEZ Y ANTES DEL PROXIMO DIA 31 DE DICIEMBRE, DEBIENDO PRESENTARSE PREVIAMENTE POR LAS CORPORACIONES LOCALES LA DOCUMENTACION QUE ACREDITE LA INICIACION DE LA OBRA O SERVICIO A QUE SE REFIERE LA BASE SEPTIMA, PUNTO 1, DE LA CITADA ORDEN DE 21 DE FEBRERO DE 1985.

ART. 3.

A LAS SOLICITUDES A QUE SE REFIERE LA PRESENTE ORDEN LES SERA DE APLICACION LO ESTABLECIDO EN LA YA ANTES MENCIONADA ORDEN DE 21 DE FEBRERO DE 1985, EN TODO AQUELLO QUE NO SE OPONGA A CUANTO SE SEÑALA EN LOS ARTICULOS ANTERIORES.

LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

LO QUE DIGO A VV. II.

MADRID, 2 DE NOVIEMBRE DE 1987.

CHAVES GONZALEZ

ILMOS. SRES. SECRETARIO GENERAL DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES, DIRECTOR GENERAL DE EMPLEO Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 02/11/1987
  • Fecha de publicación: 05/11/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 06/11/1987
Referencias anteriores
  • AMPLÍA los Plazos establecidos por Orden de 21 de febrero de 1985 (Ref. BOE-A-1985-3201).
Materias
  • Administración Local
  • Ayuntamientos
  • Cabildos Insulares
  • Comunidades Autónomas
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Desempleo
  • Diputaciones Provinciales
  • Empleo
  • Instituto Nacional de Empleo
  • Obras y Servicios de las Corporaciones Locales
  • Subvenciones
  • Trabajadores

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